Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnologia y la Innovación
NATURALEZA JURÍDICA: El Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura se configura como órgano específico en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación de la Comunidad Autónoma extremeña.
REGULACIÓN:
- Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura
- Decreto 5/2013, de 5 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura
FUNCIONES:
Son funciones del Pleno del Consejo Asesor las siguientes:
a) Asesorar a la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura en las materias de su competencia.
b) Conocer el grado de cumplimiento del Plan Regional de I+D+i y proponer las modificaciones que estime oportunas.
c) Proponer a la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura la adopción de medidas concretas para la promoción de la investigación científica y técnica, el desarrollo tecnológico y la innovación en Extremadura.
d) Informar el anteproyecto de los sucesivos Planes Regionales de I+D+i.
e) Emitir cuantos informes y dictámenes le sean solicitados por la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.
f) Elaborar y proponer su propio reglamento de funcionamiento interno para su aprobación por el Consejo de Gobierno.
g) Aquellas otras funciones que le sean atribuidas por el decreto 5/2013 la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, y demás normas que la desarrollen.
COMPOSICIÓN:
De acuerdo con lo previsto en la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, el Consejo Asesor está integrado por un total de quince miembros distribuidos de la siguiente forma:
— Presidencia: El titular de la Consejería con competencias en materia de I+D+i.
— Vicepresidencia: El titular del órgano directivo que desempeñe las competencias en materia de I+D+i de la Consejería competente en esta materia.
— Trece Vocales, de los cuales:
a) Dos vocales en representación de las centrales sindicales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de estas, que se identificarán como vocales 1 y 2.
b) Dos vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de estas, que se identificarán como vocales 3 y 4.
c) Nueve vocales nombrados, de entre personas de reconocido prestigio, en el campo de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación pertenecientes a los Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia Tecnología e Innovación, a propuesta del titular de la Consejería con competencias en I+D+i, que se identificarán como vocales del 5 al 13, ambos inclusive.