Como consecuencia del Decreto del Presidente 10/2008, de 23 de septiembre, la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, deja de ser titular de las competencias relacionadas con los incentivos y la promoción de la agroindustria, la acuicultura, la producción y transformación de productos agroalimentarios, incluidas las de control de fraude agroalimentario, las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas Protegidas y el control del fraude agroalimentario, que ahora pasan a corresponder a la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, lo que requiere la consecuente supresión de las mismas dentro del elenco de competencias de los Centros Directivos de la Consejería.
Así mismo, se aprovecha este texto para introducir algunas otras modificaciones que, dada la experiencia acumulada en los meses trascurridos desde la aprobación de la estructura orgánica hasta ahora vigente, se considera que mejorarán la calidad con la que se ha venido desempeñando las competencias atribuidas a la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación y con la que se ha venido prestando el servicio público a los ciudadanos.
La Consejería de Economía, Comercio e Innovación, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos directivos:
Resolución Óptima 1024x768 px.
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