1) Secretaría General.
2) Dirección General de Política Educativa.
3) Dirección General de Calidad y Equidad Educativa.
4) Dirección General de Personal Docente.
5) Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente.
Formarán parte de la Consejería de Educación los siguientes órganos de deliberación y coordinación:
El Consejo de Dirección, presidido por la titular de la Consejería, estará formado por los altos cargos de la misma y por el Jefe del Gabinete.
Corresponde la Vicepresidencia al titular de la Secretaría General, asumiendo la presidencia en ausencia de su titular. Podrán asistir a las reuniones del Consejo de Dirección los asesores y titulares de unidades administrativas, cuando la naturaleza de los asuntos aconseje a la presidencia la necesidad de convocarlos.