Artículo 1. Naturaleza.
La Presidencia de la Junta Extremadura está constituida por el conjunto de órganos de apoyo directo al Presidente de la Junta, concebido éste como una de las instituciones de ejercicio de los poderes de la Comunidad en los términos del artículo 15 del Estatuto de Autonomía y con las facultades establecidas en los Capítulos II y III del Título II de dicha norma, desarrollada a su vez por los Títulos II y III de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Estructura de la Presidencia de la Junta de Extremadura
1. La Presidencia de la Junta de Extremadura está integrada por el Presidente y el siguiente conjunto de órganos:
1. Vicepresidencia y Portavocía.
2. Secretaría General.
3. Coordinador General de la Presidencia y relaciones Institucionales.
4. Dirección General de Deportes.
2. Bajo la supervisión directa del Presidente, corresponde a la Presidencia de la Junta de Extremadura el ejercicio de las competencias en materia de juventud y deportes, que serán desempeñadas a través del Instituto de la Juventud, el Consejo de la Juventud de Extremadura y la Dirección General de Deportes.
Artículo 3. Organismos autónomos adscritos.
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 45/2008, de 28 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de la Juventud de Extremadura, queda adscrito a la Presidencia de la Junta de Extremadura, en cuanto responsable de las políticas dejuventud, el citado organismo autónomo.
2. En los términos establecidos en la Ley 13/2010, de 24 de noviembre, del Consejo de la Juventud de Extremadura, en cuanto responsable de las competencias en materia de juventud se adscribe dicho organismo autónomo a la Presidencia de la Junta de Extremadura, el cual se regirá por lo establecido en su ley de creación, en sus Estatutos y demás normas que lo desarrollen, en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la Ley de Gobierno y Administración, en la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el resto de la legislación aplicable a los Organismos autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.