Premios Tomás García Verdejo a las buenas prácticas educativas

Premios Tomás García Verdejo a las buenas prácticas educativas

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
23/5/2025
Actual (long): 1749935648628 - Jun 14, 2025 9:14:08 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1748210400000 - May 25, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1749247140000 - Jun 6, 2025 9:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 26/05/2025 Hasta: 06/06/2025

    Se inicia el plazo el 26 de mayo de 2025 hasta el 6 de junio de 2025.

  • Finalidad

    Reconoce, destaca y da visibilidad a la trayectoria educativa de aquellos centros educativos sostenidos con fondos públicos no universitarios que se han distinguido por sus buenas prácticas y la búsqueda de la mejora de la calidad educativa, cuya innovación y experimentación sirvan de modelo e Inspiración a otras comunidades educativas.
  • Destinatarios

    1. Podrán participar los centros educativos sostenidos con fondos públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Educación de Personas Adultas, Enseñanzas de Régimen Especial y Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica que hayan desarrollado, individual o conjuntamente, planes, actuaciones y prácticas dirigidas a la mejora y desarrollo de la calidad y equidad de la educación, en relación con los ejes establecidos en el artículo 2 del Decreto 15/2025.

    2. Los centros y los equipos de orientación educativa y psicopedagógica participantes podrán concurrir de forma individual o conjuntamente con otros centros formando un equipo de trabajo.

  • Requisitos

    Para poder participar en estos premios, los centros aspirantes deberán elaborar experiencias, trabajos o proyectos de investigación que contribuyan al ejercicio de buenas prácticas educativas en los centros y en las aulas conforme a los principios que ordena la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura y que son la igualdad efectiva de oportunidades y la equidad; la atención individualizada al alumnado y el reconocimiento de la diversidad en el marco de una escuela inclusiva; el respeto a los valores democráticos; la valoración del profesorado; el compromiso de participación de la comunidad educativa y de la sociedad; la autonomía de los centros; la adquisición de las competencias básicas (clave) en cada etapa educativa; la permanencia de todo el alumnado en el sistema educativo y una formación profesional que redunde en la mejora de la empleabilidad. 

  • Cuantía

    El importe total para esta convocatoria es de 30.000 euros, que se imputarán con cargo al proyecto 20240085 denominado "Premios a las buenas prácticas en centros educativos" con aplicación presupuestaria 13002/222G/48000 de la Ley de Presupuestos de Extremadura para 2025.

    a) Modalidad A. Cinco premios, de 2.500 euros cada uno de ellos, para proyectos de centros docentes que impartan Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, de los cuales cuatro serán para centros públicos y uno para centros privados concertados.

    b) Modalidad B. Cinco premios, de 2.500 euros cada uno de ellos, para proyectos de centros docentes que impartan Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Educación de Personas Adultas y Enseñanzas de Régimen Especial, de los cuales cuatro serán para centros públicos y uno para centros privados concertados.

    c) Modalidad C. Dos premios, de 2.500 euros cada uno de ellos, para proyectos de Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

  • Documentación

    Anexo I-A. Centros públicos/equipos de orientación educativa y psicopedagógica:

    • Certificado de la Secretaría del centro/dirección del equipo de orientación educativa y psicopedagógica de participación en los Premios, conforme al anexo II. Obligatoria.
    • Memoria descriptiva de la actividad en formato PDF cuyas características se describen en el Artículo 9 de este decreto. Obligatoria.
    • Vídeo descriptivo de la actividad en el formato, características y modalidad de presentación determinado en la resolución de convocatoria. Obligatoria.

    Anexo I-B. Centros privados concertados:

    • Certificado de la Secretaría del centro de participación en los Premios, conforme al anexo II. Obligatoria.
    • Memoria descriptiva de la actividad en formato PDF cuyas características se describen en el Artículo 9 del decreto. Obligatoria.
    • La justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso del interesado, debiendo para ello la persona solicitante marcar la opción de autorización en la solicitud. En otro caso, deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo. Obligatoria si no autorizan a recabar de oficio.
    • Vídeo descriptivo de la actividad en el formato, características y modalidad de presentación determinado en la resolución de convocatoria. Obligatoria.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Coordinación Educativa
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional

    Secretaría General de Educación y Formación Profesional

    Servicio de Coordinación Educativa

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida