Subvenciones directas sin convocatoria periódica - Juntaex.es
Subvenciones directas sin convocatoria periódica - Juntaex.es
Subvenciones directas sin convocatoria periódica
Subvenciones directas sin convocatoria, para fundaciones y distintos proyectos de acción social, igualdad, lucha contra la pobreza y actividades de concienciación social y difusión de los valores sociales de las víctimas del terrorismo
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1735682400000 - Dec 31, 2024 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1767218340000 - Dec 31, 2025 9:59:00 PM

Lea los requisitos y tramite
Código SIA: -

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Plazo de presentación
Desde: 01/01/2025 Hasta: 31/12/2025 -
Finalidad
Conceder subvenciones directas y nominativas, sin convocatoria previa, para el ejercicio de las actividades que constituyen los fines de fundaciones y distintos proyectos para impulsar, fomentar y apoyar la realización de aquellas actuaciones, de interés público o social, que tengan un carácter excepcional o singular, que promuevan el desarrollo económico y social o sean debidos a necesidades imprevistas o urgentes, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la Comunidad Autónoma. -
Destinatarios
Fundaciones, asociaciones y administraciones públicas para la financiación de las actividades que constituyen los fines de dichas fundaciones y distintos proyectos de acción social, igualdad, lucha contra la pobreza y actividades de concienciación social y difusión de los valores sociales de las víctimas del terrorismo, que promuevan el desarrollo económico y social o sean debidos a necesidades imprevistas o urgentes, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la Comunidad Autónoma.
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Requisitos
a) Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida.
b) Asumir la aportación económica por la diferencia entre el importe de la cantidad concedida y el coste total de la actividad para la que se solicita la subvención, para el caso de que éste último finalmente resultase mayor que la subvención obtenida. Sólo así se garantizará que la
misma se haga efectiva en los términos y condiciones tenidas en cuenta a la hora de otorgar la subvención.Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la presente subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a la actividad subvencionada.
c) Justificar, ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la Resolución de concesión.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan efectuar el órgano concedente y/o cualesquiera otros órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida.
e) Adoptar las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública de la financiación obtenida de la Junta de Extremadura a través de la presente subvención.
A estos efectos, la entidad deberá instalar una placa o cartel informativo, en los términos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.La entidad beneficiaria deberá remitir a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social la documentación escrita o gráfica acreditativa de haber adoptado las medidas correspondientes, al objeto de poder proceder al pago de la subvención concedida.
El período de exposición mínimo de las medidas adoptadas no podrá ser inferior a un año tras la finalización de la actividad subvencionada.
f) Conservar los originales de las facturas y demás documentos justificativos de la subvención percibida, que estarán a disposición de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior, y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, de la Intervención General de la Junta
de Extremadura, así como de cuantos órganos fiscalizadores y/o de control, nacionales o comunitarios, pudieran requerirlos.g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos normativamente previstos.
h) Comunicar, al órgano concedente de la subvención, la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para dicha concesión, así como la obtención concurrente de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o Ente Público o Privado, nacional o internacional.
i) Aportar certificados de hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social y Hacienda Estatal y Autonómica, extremos que serán comprobados de oficio por el órgano gestor de la subvención, siempre que conste la autorización expresa del interesado.
En caso contrario, la entidad beneficiaria deberá aportar los certificados oportunos. -
Cuantía
Con cargo a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogados durante el ejercicio 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su caso, la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025. La cuantía depende de el proyecto para el que se solicita la subvención. La fuente de financiación son fondos de la Comunidad Autónoma.
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Documentación
Documentación obligatoria:
Solicitud de ayuda presentada conforme modelo normalizado (Anexo I) se acompaña la siguiente documentación:
- Memoria Descriptiva de la Subvención (Anexo II).
- Estatutos. - N.I.F. de la Fundación u Asociación, N.I.F. de la Presidente/a de la Fundación u Asociación y Poder Notarial de representación del Presidente/a.
- Resolución de Inscripción en el Registro de Asociaciones del cambio de miembros que integran el Patronato de la entidad.
- Certificado de los acuerdos sociales de la reunión del Patronato de la Fundación u Asociación.
En dicha solicitud, la entidad realiza una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, y de que no ha solicitado y/o obtenido otras subvenciones para la misma finalidad. Asimismo, autoriza al órgano gestor a que solicite y recabe de otros organismos públicos el certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Presidencia, Interior y Diálogo Social
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
Secretaría General - C. de Presidencia, Interior y Diálogo Social
Servicio de Tramitación y Apoyo Administrativo
Paseo de Roma,
06800, Mérida