Funciones
1. Corresponderá a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio las siguientes funciones:
a) El ejercicio de las funciones en materia de ordenación territorial y urbanística, para el aprovechamiento racional de la utilización del suelo, de acuerdo con su función social.
b) Coordinar, gestionar y asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en cuyo seno se hará el seguimiento de la agenda urbana extremeña en los términos que dispone la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS).
c) Coordinar, gestionar y asegurar el funcionamiento del Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura y del Consejo de Información Cartográfica y Territorial del Extremadura.
d) Promover, mantener y coordinar la Infraestructura de Datos Espaciales de Extremadura (IDEEX), y su geoportal, impulsando la difusión y reutilización de información y servicios geográficos y la gestión y mantenimiento del Sistema de Información Territorial Extremeño.
e) Elaborar la cartografía oficial básica de la Administración de la Comunidad Autónoma y su suministro a la IDEEX.
f) Coordinar la producción de información geográfica en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
g) Gestionar y asegurar el funcionamiento de la Comisión de Coordinación Intersectorial.
h) Gestionar y asegurar el funcionamiento del Registro único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
i) Promover, elaborar y tramitar los instrumentos de ordenación del territorio, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Administración.
j) La planificación y desarrollo de la ordenación del territorio y la política territorial y urbanismo.
k) En coordinación con el órgano competente en materia de Administración Local, el asesoramiento a las entidades locales en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
l) Asegurar la colaboración y la concertación con las diversas Administraciones Públicas y agentes sociales para el adecuado desenvolvimiento de la política territorial de la Comunidad y la armonización del desarrollo del planeamiento municipal.
m) La cooperación y asistencia urbanística a los municipios.
n) La tramitación de subvenciones y concesiones administrativas, así como el impulso y elaboración de propuestas para la suscripción de convenios de colaboración en su ámbito competencial. En especial la elaboración de los planes generales municipales y de las oficinas técnicas urbanísticas, tal como se establece en la LOTUS.
o) El estudio y difusión de los datos, documentos, proyectos urbanísticos, trabajos de investigación, y cualquiera otra documentación análoga sobre la evolución territorial y urbanística de la Comunidad que, mediante publicaciones, boletines, bases de datos o cualquier otro sistema, permita un mejor conocimiento de la misma, así como los premios de urbanismo de Extremadura.
p) El impulso y fomento de la sostenibilidad urbana y el desarrollo de acciones para un urbanismo más eficiente e inteligente, en el marco de la Agenda Urbana. Así mismo, le corresponderá la incorporación en el seno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura del seguimiento y coordinación para el cumplimiento de la Agenda Urbana Extremeña.
q) Las especialmente asignadas por la persona titular de la Consejería.
2. A la Dirección General se adscribe el Jurado Autonómico de Valoraciones.