Funciones
La Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ejercerá, además de las atribuciones conferidas en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del artículo 7 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal, las siguientes tareas:
a) Jefatura superior de la Consejería después de quien ostente la titularidad de la Consejería.
b) Asesoramiento y régimen jurídico interno.
c) La coordinación de planes y programas que se desarrollen en materias de la competencia de la Consejería.
d) Prestar asistencia técnica y administrativa a la persona titular de la Consejería en cuantos asuntos ésta considere conveniente.
e) Elaboración y, en su caso, estudio, informe y tramitación de disposiciones generales en materias de la competencia de la Consejería.
f) Elaborar, conjuntamente con las Direcciones Generales, el anteproyecto de Presupuestos de la Consejería, así como la tramitación del correspondiente a los organismos y entidades adscritas a la Consejería, además de dirigir y controlar la gestión del Presupuesto de la misma.
g) Dirigir y gestionar los Servicios comunes del departamento, así como los órganos y unidades administrativas que se encuentren bajo su dependencia.
h) Gestionar los medios materiales adscritos al funcionamiento de la Consejería.
i) Desempeñar la jefatura superior de todo el personal de la Consejería y resolver cuantos asuntos se refieran al mismo, salvo los atribuidos expresamente a otros órganos de la Consejería.
j) Coordinar, dirigir y organizar el régimen interno de los centros, dependencias y órganos adscritos a la Consejería, asumiendo su control, seguimiento e inspección, sin perjuicio de las atribuciones de la Inspección General de Servicios.
k) La superior dirección de los servicios y sistemas de control y auditoría interna, especialmente los derivados de la normativa comunitaria.
l) En general, la superior coordinación de la actividad de la Consejería en sus aspectos técnico-jurídicos.
m) Recopilación, estudio y análisis de datos estadísticos, en orden a la consecución de una información adecuada y precisa en materias de la competencia de la Consejería.
n) Coordinar, dirigir y organizar los asuntos relativos al Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito de la Consejería.
o) La dirección y coordinación de las políticas que faciliten el acceso a la ciudadanía a la información y gestión en el ámbito competencial de la Consejería, así como, en general, el establecimiento de todos los medios necesarios para lograr un mayor acercamiento de la gestión de la Administración a los propios administrados y administradas.
p) La contabilidad de los pagos vinculados a las actuaciones de la Consejería como Organismo Pagador de los créditos del FEAGA y del FEADER.
q) Cuantas otras le sean encomendadas por la persona titular de la Consejería.