Ayuda a personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo acogido al Mecanismo Red

Ayudas a personas trabajadoras afectadas los expediente de regulación temporal de empleo, acogidos al mecanismo RED de flexibilidad y estabilización del empleo o por causas de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En plazo

Fecha de actualización
:
13/12/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 31/05/2023 Hasta: 30/05/2024

     

    Si no dispones de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve pin, tramita tu solicitud a través de este formulario.

    1. La tramitación del procedimiento se realizará a través de medios electrónicos si lo decide el interesado de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    2. Las solicitudes, se formalizarán de acuerdo con los formularios de solicitud de la ayuda, que se establecen como Anexo I, y deberán adjuntar los documentos que correspondan, e irán dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, pudiendo presentarse:


    a) De forma electrónica, a través del registro electrónico general de la sede electrónica de la Junta de Extremadura, en la siguiente dirección: 

    https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/sede.jsf, junto con la documentación que deba acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas.

    La información del trámite estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.


    b) De forma presencial en cualquiera de los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. En este caso los modelos estarán disponibles en https://www.juntaex.es, dentro del correspondiente trámite donde se tendrá acceso a los modelos para su cumplimentación.


    3. Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria y durante el periodo de vigencia de la misma, que será de un año, contados a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, la resolución de convocatoria y el extracto de la misma, conforme a lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


    Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las personas interesadas deberán solicitar la ayuda dentro del plazo de dos meses a contar desde la finalización del expediente de regulación temporal de empleo.


    La resolución de convocatoria podrá habilitar un plazo extraordinario para la presentación de solicitudes relativas a expedientes de regulación temporal de empleo finalizados con anterioridad al plazo devigencia de la convocatoria y que no hayan sido objeto de solicitud.

  • Finalidad

    La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas destinadas a compensar a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la autorización de expedientes de regulación temporal de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por fuerza mayor o sujetos al Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, regulados en los artículos 47.5, 47.6 y 47.bis del Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.
  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta ajena que se hayan visto afectadas por un expediente de regulación de empleo de carácter temporal mediante el que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral y a consecuencia del mismo tengan reconocido por el Servicio Público de Empleo Estatal el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo siempre que dicho expediente de regulación temporal de empleo deberá estar acogido al Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.

     

    Asimismo, serán beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta ajena afectados por un expediente de regulación de empleo mediante el que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral por causa derivada de fuerza mayor temporal de la empresa.

  • Requisitos

    Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a) No estar afectadas por cualquiera de los motivos de exclusión establecidos en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este requisito se acreditará por la persona solicitante mediante la presentación de declaración responsable suscrita en el modelo de solicitud, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuida la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo.


    b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, con carácter previo a la emisión de la propuesta de resolución favorable de concesión de la ayuda, así como en el momento en que se vaya a proceder al pago de la ayuda concedida. Asimismo, las personas beneficiarias deberán hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. La justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será recabada de oficio por el órgano instructor, siempre que conste el consentimiento expreso del
    solicitante en el modelo de solicitud. De no existir el consentimiento expreso para su consulta de oficio, deberá el interesado presentar las oportunas certificaciones de estar al corriente junto con la solicitud para su incorporación al expediente.


    2. Igualmente las personas solicitantes de las ayudas previstas en este capítulo habrán de cumplir los siguientes requisitos a fecha de solicitud de la misma: 

    a) Que estén afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo solicitado con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía.


    b) Que la aplicación del expediente de regulación temporal de empleo haya determinado la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción de la jornada de trabajo.


    c) Que dicho expediente de regulación temporal de empleo se haya sujetado a la normativa laboral vigente y demás normativa que resultare de aplicación.


    d) Que la persona beneficiaria tenga reconocida una prestación contributiva por desempleo a consecuencia de la suspensión temporal del contrato de trabajo o de la reducción de la jornada por un ERTE.


    e) Que la duración de ese expediente de regulación temporal de empleo sea de al menos de 90 días.


    f) Que los ingresos medios totales brutos de la persona beneficiaria no superen el salario mínimo interprofesional (SMI) durante los primeros 90 días en que la persona haya estado en situación de ERTE. En la contabilización de dichos ingresos, se incluirán tanto las prestaciones por desempleo a las que tenga derecho como cualquier otro ingreso que tenga la persona incluyendo los que pueda aportar la empresa en virtud de los acuerdos a los que hayan podido llegar con los trabajadores.


    g) Que las personas solicitantes tengan residencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Cuantía

    La cuantía de la ayuda será de 1.000€  para personas cuya permanencia en ERTE ocupe el 100 % de la jornada laboral de un contrato a jornada completa.


    En el caso de que la jornada estipulada en el contrato sea inferior al 100 % se prorrateará el importe de la ayuda en función de la jornada laboral y siempre que el ERTE sea de suspensión del contrato.

    En el supuesto de que el ERTE sea por reducción de jornada, la ayuda se calculará en función del porcentaje de reducción de la misma y de la jornada del contrato. 

    Según lo indicado anteriormente, se tendrán en cuenta los datos de los primeros 90 días en que la persona haya estado en situación de ERTE y cuyos registros consten en la base de datos del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.

    El abono de la ayuda se realizará en un pago único por el importe total de la subvención concedida, una vez dictada y notificada la resolución de concesión.

    3. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y frente a la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público, o se haya dictado contra la persona beneficiaria resolución de procedencia de reintegro, mientras no se satisfaga o se garantice la deuda de la manera prevista en la legislación vigente.

    Las ayudas reguladas en la presente orden se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También se podrán financiar las subvenciones reguladas en la presente orden con fondos del Estado a través de los recursos procedentes de las órdenes anuales por las que se distribuyen territorialmente, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

  • Documentación

    Junto con la solicitud, se aportará declaración responsable relativa a los siguientes extremos:

    a) Que cumple los requisitos establecidos en la normativa laboral para tener derecho a una prestación contributiva por desempleo derivada de un expediente de regulación temporal de empleo con reducción o suspensión temporal del contrato de trabajo.

    b) Que cumple las obligaciones tributarias ante el Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura y las obligaciones ante la Seguridad Social en todo momento o que dispone de la resolución de prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición respecto de dichas obligaciones.

    c) Que se compromete a comunicar la solicitud o percepción de cualquier otra ayuda, prestación, subsidio, o subvención de carácter público destinada a esta misma finalidad.

    d) Que no se encuentra en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiaria de esta ayuda. 

    El interesado deberá aportar el modelo de alta a terceros de la cuenta en la que desea el ingreso en el caso de no tener ésta dada de alta en el sistema alta a terceros de la Comunidad Autónoma de Extremadura

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Contra la resolucion, que no pone a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería competente en materia de empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

¿Qué te ha parecido? ¿Qué te ha parecido este contenido?