Ayuda para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - JUNTAEX
Ayuda para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - JUNTAEX
Ayuda para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Solicitud de ayudas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
-
Plazo de presentación
Desde: 02/01/2023 Hasta: 30/01/2023El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles computados a partir
del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la convocatoria y el extracto de
la misma en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
20.8.a) de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en el Diario Oficial
de Extremadura. -
Finalidad
Fomentar la inversión en la modernización y desarrollo sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, como medida para el apoyo a un sector muy castigado por la crisis sanitaria, con unos recursos mermados para afrontar las reformas necesarias para modernizar y aumentar la eficiencia de sus infraestructuras desde el punto de vista ecológico y digital y atender a la demanda social de respeto y protección de la ecología y el medio ambiente y a la necesaria transformación digital de sus herramientas de funcionamiento. Las ayudas tendrán las siguientes finalidades: Inversiones enmarcadas en la transformación medioambiental Inversiones enmarcadas en la transformación digital Inversiones enmarcadas en la mejora de la gestión -
Destinatarios
Las personas físicas, entidades públicas o privadas, fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales que posean la propiedad de la infraestructura donde se vayan a llevar a cabo las inversiones, o dispongan de contrato de cesión o alquiler del mismo. En ningún caso podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las propias entidades autonómicas convocantes, pero sí las fundaciones u organismos públicos dependientes de las mismas con personalidad jurídica propia.
-
Requisitos
1. Los solicitantes de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos a fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes:
a. La persona beneficiaria de la subvención, deberá ser, el ejecutante en términos económicos, de la inversión presentada en el proyecto.
b. Deberán encontrarse legalmente constituidas con personalidad jurídica privada o pública.
c. En el caso de solicitantes privados, estar dado/a de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y, en caso de Entidades Públicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades escénicas.
d. En el caso de solicitantes de carácter público, disponer de una persona responsable que coordine todos los aspectos técnicos del programa.
e. Deberán desarrollar la actividad para la que solicitan subvención en la Comunidad Autónoma de Extremadura y tener actividad habitual en artes escénicas y música. El espacio escénico para el que se solicita la subvención debe estar radicado en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
f. Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
g. Dada la directa vinculación de las presentes ayudas al Plan de modernización, transformación y resiliencia de la economía española, los beneficiarios sólo podrán ser aquellos que tengan residencia fiscal permanente en territorio español.
2. Para ser beneficiario de la ayuda, el importe mínimo de la inversión aprobada deberá ser de al menos 25.000,00 euros.
3. Como mínimo, el 20% del proyecto debe financiarse con fondos propios o con otras aportaciones públicas o privadas, distintas de las propias de la UE.
-
Cuantía
- La cantidad máxima de la ayuda no superará los 100.000 euros por proyecto y beneficiario.
- Para ser beneficiario de la ayuda, el importe mínimo de la inversión aprobada deberá ser de al menos 25.000,00 euros.
- El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 80% del coste total del proyecto.
-
Documentación
1. Solicitud, que deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
En caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
- Copia digitalizada de la Escritura de constitución inscrita en el correspondiente registro así como acta fundacional y estatutos vigentes actualizados.
- Copia digitalizada de la escritura de apoderamiento inscrita en el correspondiente registro, en el supuesto de que el representante legal no figure en la escritura pública de constitución de la empresa.
- Copia digitalizada del Documento nacional de identidad del representante de la entidad que solicita la ayuda.
- Copia digitalizada de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF).
- Copia digitalizada del DNI del solicitante en caso de ser persona física (En el caso de oposición de la consulta por la propia administración)
- Certificados de hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social y Hacienda estatal y autonómica. (sólo procederá si la Administración no tiene autorización en el caso de la agencia tributaria, o salvo oposición expresa en el caso de la seguridad social y hacienda autonómica).
- Certificado de situación de actividad en la Agencia Tributaria que acredite la actividad económica desarrollada. (En caso de no autorización por parte del solicitante a la consulta de oficio)
- Copia digitalizada del proyecto (memoria descriptiva de las inversiones a realizar valorada), y de la previsión de objetivos a conseguir con estas inversiones. Adicionalmente podrá anexarse a un documento que incluya exclusivamente material gráfico del proyecto para el que se solicita la ayuda.
En la memoria mencionada se justificarán los distintos apartados que componen los criterios de valoración expresados en el artículo 13 del Decreto regulador.
- Cronograma previsto de desarrollo del proyecto por fases.
- Facturas proforma o presupuesto de las inversiones por las que solicita la subvención.
- Aquellos solicitantes que posean la propiedad de la infraestructura donde se lleven a cabo las inversiones, deberán aportar la escritura de propiedad. En caso contrario, deberán aportar contrato de cesión o alquiler del mismo, así como documento firmado por la propiedad por el que quede constancia del permiso de la misma para llevar a cabo las inversiones propuestas.
- Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos, según el modelo que figura en el anexo I.
- Certificado de vida laboral, que acredite la inclusión del solicitante en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a la fecha de finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria (En caso de que el solicitante sea persona física sujeta al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
- Declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), entre las que se encuentra el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) en el sentido del Artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 (Según modelo anexo II)
- En el caso de solicitantes de carácter público, designación de la persona responsable que coordine todos los aspectos técnicos del programa.
- Impreso de alta de tercero de la Junta de Extremadura, en el caso de que la persona o entidad beneficiaria de la ayuda no esté registrada o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del de la Junta de Extremadura.
-
Solicitud y Anexos
-
Normativa
- DECRETO 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
- CORRECCIÓN de errores del Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
- RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas públicas para la modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondiente al año 2022, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-
- EXTRACTO de la convocatoria de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente al año 2022, financiado por la Unión Europea (Next Generation EU).
- Resolución de modificación de la Convocatoria y del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución de crédito asignado a la convocatoria para el año 2022, de las ayudas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Cultura, Turismo y Deportes
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
-
Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Secretaría General de Cultura
Servicio de Promoción Cultural
Avenida Valhondo,
06800, Mérida