Ayuda para el apoyo a proyectos de aceleración cultural. - JUNTAEX
Ayuda para el apoyo a proyectos de aceleración cultural. - JUNTAEX
Ayuda para el apoyo a proyectos de aceleración cultural.
Solicitud de ayudas públicas para el apoyo a aceleradoras culturales, al amparo de los fondos de Nextgeneration EU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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Plazo de presentación
Desde: 28/07/2023 Hasta: 18/08/2023 -
Finalidad
Las ayudas tendrán las siguientes finalidadess: a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC. b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de nuevas tecnologías en las ICC. c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de éstas con otros sectores económicos. d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC. -
Destinatarios
a) Los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, así como las PYMES y las microempresas en los términos previstos en los artículos 1 y 2 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
b) Las personas físicas con el compromiso de constituirse como empresas o autónomos al recibir la ayuda.
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Requisitos
a. Pertenecer al sector de las industrias culturales y creativas, desarrollando una actividad económica vinculada con alguna de las fases de la cadena de valor de las industrias culturales y creativas (ICC): creación, producción, distribución, exhibición o comercialización.
b. Dada la directa vinculación de las presentes ayudas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, los beneficiarios sólo podrán ser aquellos que tengan residencia fiscal permanente en territorio español. Asimismo, los beneficiarios deberán desarrollar su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c. La persona beneficiaria de la subvención, deberá ser, el ejecutante en términos económicos, de la inversión presentada en el proyecto.
d. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e. Estar dado/a de alta, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades subvencionadas. -
Cuantía
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 543.632,00 euros, que se imputarán con cargo al presupuesto del ejercicio 2023.
El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 80% del coste total del proyecto ni la cantidad máxima de 90.000 euros por proyecto y beneficiario.
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Documentación
1.- La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
1.1 En caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
a) Copia digitalizada de escritura de constitución inscrita en los correspondientes registros, así como acta fundacional y estatutos vigentes actualizados e inscritos.
b) La solicitud debe ser firmada con el certificado digital de representación de administrador, en caso de administrador único o solidario, o bien mediante certificado de representación de persona jurídica en cualquier otro caso.
c) Copia digitalizada de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF).
d) En el documento de solicitud, se incluye un apartado en el que, en su caso, las entidades podrán declarar haber aportado con anterioridad, tanto las escrituras de constitución y los estatutos de la entidad, como el documento acreditativo del poder del representante legal de la misma, debiendo a tal efecto la persona interesada indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó la citada documentación que, en este caso, se recabará de oficio por el órgano gestor. De la misma forma se incluye un apartado en el que se hará constar que estos extremos no han sufrido variación alguna.
1.2 En el caso de personas físicas no constituidas como empresas o autónomos en el momento de presentar la solicitud, compromiso de constituirse como empresas o autónomos al recibir la ayuda.
1.3 En el caso de no autorizarse a que el órgano gestor los recabe de oficio:- Certificados actualizados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
- Certificado de situación de actividad en la Agencia Tributaria que acredite la actividad económica desarrollada. Los solicitantes deberán acreditar estar dados de alta en el correspondiente epígrafe de actividades empresariales o profesionales relacionados con actividades culturales y creativas, en su caso.
- Certificado de vida laboral, que acredite la inclusión del solicitante en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a la fecha de finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria (en caso de que el solicitante sea persona física sujeta al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
1.4 Copia digitalizada del Proyecto.
1.5 Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos, según el modelo que figura en el anexo I.
1.6 A efectos de su valoración conforme al artículo 12 de las presentes bases, se deberán presentar los informes que se detallan a continuación (en caso de que no se presenten el proyecto se puntuará con cero puntos en el criterio correspondiente):
1. Adecuación del proyecto al logro de las finalidades previstas, para cada uno de los subapartados.
2. Originalidad, singularidad y carácter innovador del proyecto, para cada uno de los subapartados
3. Viabilidad técnica, económica y presupuestaria del proyecto, para cada uno de los subapartados
4. Solvencia técnica y organizativa de la entidad, para cada uno de los subapartados
5. Realización del proyecto o de una parte significativa de la actividad (75 %) en sectores, territorios o ámbitos de actividad prioritarios para la comunidad autónoma de Extremadura para cada uno de los subapartados
6. Incorporación de herramientas de medición y evaluación de los distintos impactos del proyecto: cultural, económico, social, demográfico, territorial, calidad de vida, sostenibilidad medioambiental y otros. para cada uno de los subapartados
1.7 Anexo IV.C)
1.8 Anexo IV.B
1.9 Anexo II.
1.10 Anexo VI.
1.11 Anexo VII.
1.12 Anexo VIII -
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Decreto 72/2023, de 5 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para el apoyo a aceleradoras culturales, al amparo de los fondos de Next Generation EU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
- Extracto de la convocatoria de ayudas públicas para el apoyo a aceleradoras culturales, al amparo de los fondos Next Generation (UE) y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Secretaría General de Cultura
Servicio de Promoción Cultural
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
