Subvención destinada a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas para el año 2023 - JUNTAEX
Subvención destinada a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas para el año 2023 - JUNTAEX
Subvención destinada a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas para el año 2023
Solicitud de subvención para la realización de programas de prevención en conductas adictivas desarrollados por ayuntamientos y mancomunidades.
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Plazo de presentación
Desde: 11/04/2023 Hasta: 02/05/2023 -
Finalidad
Programa y contratacion de técnicos para la prevención de conductas adictivas, especialmente destinadas a jóvenes y adolescentes, aunque los programas están dirigidos a toda la población en general. -
Destinatarios
Mancomunidades y ayuntamientos.
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Requisitos
Podrán solicitar la subvención los municipios y las mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura salvo la capital autonómica y las provinciales cuando se les haya otorgado una subvención en el marco del Plan Nacional Sobre Drogas por el Estado. No podrán ser beneficiarioslos municipios integrados en una mancomunidad que haya solicitado la subvención.
Se consideran gastos subvencionables los siguientes:
a) Para la Modalidad A: Gastos derivados de la contratación del personal técnico de prevención de conductas adictivas; la contratación podrá realizarse desde el 1 de enero de 2023 y como máximo hasta transcurridos dos meses desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención.
b) Para la Modalidad B:Gastos derivados de la adquisición de material fungible necesario para el desarrollo de las actividades de prevención de conductas adictivas.
Gastos derivados de la realización de campañas de información, sensibilización, promoción, prevención a través de los medios de comunicación social (campañas en prensa, programas periódicos de radio y televisión, o similares).
Gastos de celebración de actividades, jornadas, seminarios, conferencias, o similares relacionadas con las actividades financiadas del programa, así como gastos relacionados con la elaboración, edición y publicación de material bibliográfico o audiovisual.
2. No serán subvencionables los gastos destinados a la adquisición de material inventariable tales como ordenadores, proyectores, cámaras fotográficas, mobiliario, electrodomésticos y cualquier otro bien inventariable, los gastos realizados en empresas de restauración y
bares, gastos para la obtención de ticket de ocio, gastos de estancias y alojamiento así como los regalos, gastos de inversión, gastos para el transporte de personas y gastos para el transporte de materiales excepto los originados por el trasporte de equipos o materiales alquilados necesarios para la realización de las actividades del proyecto.
3. Los gastos deberán realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Octavo. -
Cuantía
El importe global aplicable a la convocatoria es de 155.000 euros.
Financiación: Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Para la modalidad A:En caso de continuidad del personal técnico, copia del contrato de trabajo y titulación.
b) Para ambas modalidades:Programa de prevención de conductas adictivas a desarrollar, conforme al anexo III
de esta resolución.Certificado de la Mancomunidad indicando los municipios que la integran.
Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, cuando no se haya autorizado de forma expresa en el anexo de solicitud al órgano gestor para que recabe
de oficio esos datos.Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, cuando no se haya autorizado de forma expresa en el anexo de solicitud al órgano gestor para que recabe de oficio esos datos.
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando no se haya autorizado de forma expresa en el anexo de solicitud al órgano gestor para que recabe de oficio esos datos.
Documento de alta de terceros debidamente cumplimentado, en caso de no estar dado de alta, o de modificación de la cuenta de ingreso.
Si la documentación a adjuntar a esta solicitud ya obra en poder de esta Administración bastará con indicar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados, así como el número de expediente que le fue comunicado entonces, y será comprobado de oficio, de conformidad con los previsto por los artículos 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, siempre que no han transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que corresponda.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente requerirá al solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento. -
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Salud Pública
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden: <p>Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Salud y Servicios Sociales
Servicio Extremeño de Salud (SES)
Dirección General de Salud Pública
Secretaría Técnica de Drogodependencias
Avenida de las Américas, 2
06800, Mérida