Programa de inspección gratuita de la vivienda - Juntaex.es
Programa de inspección gratuita de la vivienda - Juntaex.es
Programa de inspección gratuita de la vivienda
Solicitud de inspección gratuita de la vivienda por parte de los técnicos de la Junta de Extremadura.
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Este trámite permite solicitar una inspección gratuita de la vivienda por parte de los técnicos de la Junta de Extremadura, con el fin de hacer cumplir la Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura. El objetivo es mejorar la calidad de las viviendas y de las garantías de acceso a las mismas, consiguiendo unos edificios de bajo consumo de energía, libres de defectos constructivos, técnicamente resistentes, accesibles a todos, de larga vida y adaptado a las exigencias de una sociedad moderna, que satisfagan el interés del usuario, de una forma compatible con los intereses del promotor y otros agentes del proceso edificatorio. -
Destinatarios
Propietarios y arrendatarios de todo tipo de viviendas.
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Requisitos
Los inmuebles para los que se solicite la inspección cumplirán lo siguiente:
- La antigüedad no será superior a diez años en ningún caso, contados a partir de la fecha de expedición del Certificado Final de Obra.
- Deben haber sido entregados al usuario. En el caso de viviendas de protección pública deben estar habitadas y ser vivienda habitual y permanente.
- En el caso de reformas, éstas deben cumplir con todos los requisitos necesarios de obtención de la Licencia de Obras y Cédula de Habitabilidad.
- En el caso de alquileres, el inmueble debe contar con Cédula de Habitabilidad en vigor y contrato de arrendamiento.
- Los daños reclamados deben estar dentro de los plazos establecidos de responsabilidades y garantías que describe el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación.
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Documentación
Para realizar la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:
a) En todos los casos:
- Fotocopia del escrito de Solicitud de Licencia de Obra.
- Fotocopia de Certificado Final de Obra o del Acta de Recepción.
A éstas se deberá añadir además lo siguiente:- Cuando la solicitud la realicen particulares (para inspección de viviendas y elementos privativos), una fotocopia de las Escrituras y Memoria de Calidades (si existe) o en su defecto, del contrato de compraventa.
- En caso de comunidades de propietarios (para inspección de zonas o elementos comunes de los edificios), una fotocopia del Acta de la Asamblea de la Comunidad de Propietarios en la que se acuerda solicitar la Inspección Gratuita de las Zonas Comunes.
- Para solicitar la inspección de viviendas en alquiler por parte de los inquilinos, una fotocopia del Contrato de Alquiler y Cédula de Habitabilidad.
Nota importante: El día que se realice la visita de inspección el solicitante tendrá a disposición del técnico una copia del Libro del Edificio, según lo siguiente:
- En caso de comunidades de propietarios se facilitará el ejemplar del conjunto del edificio (volúmenes I y II), para su entrega al técnico. Si el técnico considera necesario llevárselo para su cotejo, será devuelto a la comunidad en un plazo no superior a un mes.
- En caso de particulares se facilitará el Libro del Edificio de la unidad de ocupación (volúmenes I y II), para su entrega al técnico. Si el técnico considera necesario llevárselo para su cotejo, será devuelto al particular en un plazo no superior a un mes. -
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación (BOE 266, de 6-11-1999)
- Ley 2/2017, de 17 de febrero, de emergencia social de la vivienda de Extremadura ¿modifica la Ley 3/2001, de calidad, promoción y acceso de la vivienda- . (DOE de 22 de febrero de 2017)
- Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura (DOE Nº 75, de 17-04-19) - deroga las Leyes 3/2001, 6/2002 y 7/20-.09.
- Decreto 165/2006, de 19 de septiembre, por el que se determina el modelo, las formalidades y contenido del Libro del edificio (DOE 116, de 3-10-2006)
- Corrección de errores al Decreto 165/2006, de 19 de septiembre, por el que se determina el modelo, las formalidades y contenido del Libro del Edificio (DOE 40, de 7-04-2007)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Arquitectura, Calidad y Eficiencia Energética
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Según artículos correspondientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE Nº236, de 2 octubre de 2015)
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Más información
Es necesario haber realizado las "Jornadas sobre inspección gratuita de viviendas", adjuntar curriculum e indicar la zona preferente de actuación.
*Nota: Las instrucciones de uso y mantenimiento exigibles a los edificios se describen en el Decreto 165/2006, de 19 de septiembre, por el que se determina el modelo, las formalidades y contenido del Libro del edificio.
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
Servicio de Arquitectura, Calidad y Eficiencia Energética
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida