Ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada - Juntaex.es
Ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada - Juntaex.es
Ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada
Ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1750197600000 - Jun 17, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1752011940000 - Jul 8, 2025 9:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 18/06/2025 Hasta: 08/07/2025 -
Finalidad
Impulsar el desarrollo de las artes escénicas mediante la financiación de gastos que se generen para la programación, gestión y actividades adicionales de las salas de gestión privada. -
Destinatarios
Las personas físicas y jurídicas que tengan la naturaleza de empresas privadas del sector de las artes escénicas o de la música, establecidas en cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), así como los Estados miembros de la Unión Europea, que ejerzan una actividad económica acorde a la naturaleza de las subvenciones, tales como exhibición de espectáculos, producción escénica, creación, formación o residencia artística, antes de la fecha de publicación de la convocatoria y que cumplan los requisitos.
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Requisitos
- Disponer de un espacio escénico para que el que se solicita la ayuda en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura con las siguientes características:
- Tener un aforo igual o inferior a 350 localidades. En el caso de que el espacio disponga de varias salas, todas y cada una de ellas deberán cumplir este requisito.
- Disponer de un espacio escénico mínimo disponible de 48 m2 en planta y 4 m de altura, así como el equipamiento mínimo necesario equivalente a:
- 4 varas móviles, de las que 3 estarán electrificadas.
- Dimmers de 24 canales.
- Cámara negra.
- Camerinos.
- Facilidad de carga y descarga más posibilidad de sala a oscuras.
- Focos: 12 recortes, más 12 PC, más mangueras correspondientes, más mesa de 24 canales.- Sonido:
- Mesa de 16 canales.
- 2.000 W de potencia más cajas.
- 2 reproductores de CD.
- Microfonía: dos de mano.
- 2 monitores.2. Disponer de un plan detallado de actividades y de programación estable del espacio escénico para el que se formula la solicitud de ayuda, que abarque el año 2025 y hasta el 1 de noviembre de 2026.
Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica
b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. -
Cuantía
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad total de trescientos veinte mil euros (320.000 euros) con cargo a los ejercicios y aplicaciones presupuestarias siguientes:
a) Aportación correspondiente al año 2025: Ciento sesenta mil euros (160.000,00 euros)
b) Aportación correspondiente al año 2026: Ciento sesenta mil euros (160.000,00 euros) -
Documentación
La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
Opcional:
En el caso de no haberse aportado con anterioridad, escritura de constitución y los estatutos vigentes en caso de sociedades.
En el caso de no autorizarse a que el órgano gestor los recabe de oficio:
- Certificados actualizados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
- Certificado de situación de actividad en la Agencia Tributaria que acredite la actividad económica desarrollada.
- Certificado de vida laboral (en caso de empresarios individuales).
Obligatoria:
- Acreditación de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español.
- Proyecto de programación y gestión de actividades adicionales debidamente valorado en todos sus apartados.
- Presupuesto desglosado de gastos e ingresos a dos años, de forma independiente, los correspondientes al periodo subvencionable.
- Plano de planta acotado y distribución con cuadro de superficies, alzado y secciones transversales y longitudinales del edificio, donde figure la altura libre en todas la estancias.
- Documentación acreditativa de la propiedad, arrendamiento o cesión de la sala.
- Certificación actualizada del Ayuntamiento donde esté establecida la actividad sobre el permiso de apertura de la sala.
- Memoria de actividades que incluya la programación de las dos temporadas.
- Fotocopia del código o número de identificación fiscal de la empresa.
- Copia del documento que acredite que la empresa ejerce su actividad en el ámbito territorial de Extremadura y su fecha de constitución.
- Declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en el artículo 12.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Declaración responsable sobre subvenciones solicitadas o concedidas por otras Administraciones o Entidades públicas o privadas para realizar la misma actividad, debidamente firmada por el representante.
- Certificado de la Seguridad Social actualizado sobre plantilla media anual de la empresa en situación de alta en el año anterior a la convocatoria.
- Declaración de subvenciones y de otras ayudas públicas solicitadas o concedidas durante los últimos tres años para cualquier actividad acogida al régimen de minimis.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- DECRETO 141/2013, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada
- DECRETO 110/2017, de 18 de julio, por el que se modifica el Decreto 141/2013, de 30 julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2025.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Secretaría General de Cultura
Servicio de Promoción Cultural
Avenida Valhondo,
06800, Mérida