Concesión de subvenciones para la redacción y tramitación de planes generales municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Convocatoria para concesión de subvenciones para la realización de los trabajos de asistencia técnica para la redacción y tramitación de planes generales municipales de urbanismo y ordenación del territorio.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
21/11/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    La concesión de subvenciones a los Ayuntamiento para la realización de los trabajos de asistencia técnica para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de urbanismo y ordenación del territorio, y facilitar su tramitación y aprobación.
  • Destinatarios

    Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Requisitos

    El Municipio deberá contar con una población igual o inferior a 20.000 habitantes, según los datos actualizados por el Instituto Nacional de Estadística disponibles en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria.

     

    No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria, aquellos en los que concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por ello, de conformidad con el artículo 12.7 de la citada Ley, los municipios interesados deberán justificar no estar incursos en las prohibiciones para optar a la condición de beneficiario mediante la presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo II de esta Orden.

     

    Los Ayuntamientos beneficiarios podrán contratar con terceros la realización de la totalidad de las actividades subvencionadas, en los términos previstos en el artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Cuantía

    Con carácter general, el importe de la ayuda para la redacción y tramitación de un PGM se establece en 50.000,00 €.

    Si la población total del término municipal es superior a 5.000 habitantes, o si en el mismo se encuentra un núcleo de relevancia territorial, el importe de la ayuda será de 75.000,00 €.

    Para la realización de Estudios de Inundabilidad, se concederá una ayuda de 2.000,00 € por cauce a considerar, con un máximo de 6.000,00 € por Municipio.

    La fuente de financiación de las ayudas es la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura.

     

  • Documentación

    1. Las solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas, acompañadas de los siguientes documentos, en original o copia auténtica por funcionario habilitado o mediante actuación administrativa automatizada:

      1. Certificación expedida por quien ejerza la titularidad de la Secretaría Municipal en la que conste los acuerdos del órgano municipal competente aprobando:
        1. La solicitud de subvención.
        2. La redacción del instrumento de planeamiento objeto de solicitud de subvención.

    Para la solicitud de ayudas para la Redacción de Estudios de Inundabilidad, de manera adicional, habrá que entregar:

        1. Copia del informe del Órgano de Cuenca correspondiente, en que se muestre su necesidad.
        2. Presupuesto de ejecución de los trabajos.

      1. Copia del NIF del Ayuntamiento.

      1. Declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de la entidad beneficiaria, recogidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según el modelo establecido en el Anexo II.

      1. Certificado de estar al corriente con la Hacienda Estatal, en el caso de que la persona interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención para que el órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

      1. Declaración responsable de estar al corriente con la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica, según el modelo establecido en el Anexo III.
  • Solicitud y Anexos

    Enlace externo a solicitud:

    No aplica.

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Urbanismo
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: Sí
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada

  • Órgano gestor

    Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
    Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
    Servicio de Urbanismo
    Avenida de las Comunidades, S/N
    06800, Mérida

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