Ayudas a la señalización y comunicación accesible en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada (Programa 4) - Juntaex.es
Ayudas a la señalización y comunicación accesible en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada (Programa 4) - Juntaex.es
Ayudas a la señalización y comunicación accesible en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada (Programa 4)
Ayudas destinadas a fomentar la señalización y comunicación accesible en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1759874400000 - Oct 7, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1767823140000 - Jan 7, 2026 9:59:00 PM
-
Plazo de presentación
Desde: 08/10/2025 Hasta: 07/01/2026 -
Finalidad
Este programa tiene por objeto la mejora o implementación de la señalización y comunicación accesible en edificios de titularidad pública o privada. Quedan excluidos los edificios de uso residencial, salvo los que ubiquen establecimientos que ofrezcan servicios para el público en general. -
Destinatarios
Podrán ser destinatarios de las ayudas:
a) Los municipios y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Empresas privadas que cuenten con centro de trabajo y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Entidades con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura. -
Requisitos
De acuerdo con lo señalado en el artículo 5, apartado 4.2 del decreto por el que se establecen las bases reguladoras y en consonancia con lo regulado en el artículo 2 del mismo, podrán ser entidades beneficiarias:
- Los municipios y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Empresas privadas que cuenten con centro de trabajo y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Entidades con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
-
Cuantía
1. El importe del crédito destinado a esta convocatoria es de novecientos sesenta mil euros (960.000 euros) financiado con fondos Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente ampliación presupuestaria y programa de financiación: 110080000/G/262A/CAG0000001/20120187, ¿Accesibilidad en edificios y espacios públicos ¿presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.
2. Este crédito presupuestario se distribuirá entre las distintas anualidades y aplicaciones económicas de la siguiente forma:
Aplicación económica 2026
11008 262A 760 310.000
11008 262A 770 500.000
11008 262A 780 150.000
3. Se consideran subvencionables los costes de ejecución de la actuación. No se consideran costes subvencionables los correspondientes a los servicios de redacción de la documentación técnica y dirección técnica de ejecución, los gastos de gestión, licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.
La intensidad de la ayuda será del 100% hasta un límite de 3.000€.
En el caso que la solicitud objeto de este programa contenga varios tipos de actuaciones la cuantía de la ayuda será la suma de las cuantías correspondientes a cada tipo.
-
Documentación
Se deberán adjuntar los siguientes documentos:
1. Solicitud modelo programa 4 (obligatorio).
2. Presupuesto del gasto de la actuación (obligatorio).
3. Documentación técnica, en soporte informático, necesaria para la ejecución de la actuación y suscrita por persona facultativa competente según el caso, que deberá incorporar como contenido mínimo en materia de accesibilidad (obligatorio):
a) La memoria descriptiva, que contendrá una justificación pormenorizada del cumplimiento de las determinaciones exigibles en materia de accesibilidad de la actuación, de forma que pueda verificarse su cumplimiento. En el caso de que no sea posible garantizar el cumplimiento de alguna de las condiciones de accesibilidad, la memoria incluirá, expresamente, justificación técnica de los condicionantes que lo impiden, así como las soluciones alternativas para garantizar el mayor grado de adecuación a los parámetros incumplidos, sin que ello exima del cumplimiento del resto de condiciones exigibles.
b) En la documentación gráfica, se incluirá la necesaria para representar y definir los espacios, servicios y dotaciones con relevancia en la consecución de las condiciones de accesibilidad. Como mínimo contará con los planos acotados que representen las áreas e itinerarios peatonales accesibles (acotando anchos de paso, giros, pendientes de rampas, espacios de maniobra y acercamiento, etc), así como los elementos accesibles (espacios reservados, productos de apoyo, mobiliario y señalización accesible, etc), según corresponda.
c) El presupuesto de la actuación contendrá los costes de accesibilidad
4. Documentación fotográfica suficiente para definir con todo detalle el ámbito de actuación y sus condiciones de accesibilidad (obligatorio).
5. Informe de la Oficina de Accesibilidad Cognitiva de Extremadura (en adelante OACEX) sobre la idoneidad de la solución propuesta para llevar a cabo la actuación subvencionable, cuando la intervención contenga acciones específicas en beneficio de la accesibilidad cognitiva (obligatorio).
6. Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, hacienda autonómica y con la Seguridad Social, en el que caso de que la persona interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con el artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (opcional).
7. Escritura de constitución de las personas jurídicas, según la normativa que les resulte de aplicación o declaración expresa en su solicitud que se encuentran debidamente constituidas (solo en caso de que en el apartado 4 se seleccione: empresa o entidad sin ánimo de lucro). (opcional)
8. Documento acreditativo del poder del representante legal y documento de identificación personal (opcional).
9. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad del colegio profesional, según el tipo de solicitante (opcional).
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- DECRETO 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación de espacios públicos urbanizados de titularidad pública y edificios o establecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio económico 2025
- EXTRACTO de la convocatoria del Programa 4 de ayudas a las actuaciones de señalización y comunicación accesible en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2025
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Accesibilidad y Centros
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
-
Más información
-
Órgano gestor
Consejería de Salud y Servicios Sociales
Dirección General de Accesibilidad y Centros
Servicio de Accesibilidad y Centros
Avenida de las Américas, 2
06800, Mérida