Admisión y matriculación en Ciclos Formativos de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales - Juntaex.es
Admisión y matriculación en Ciclos Formativos de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales - Juntaex.es
Admisión y matriculación en Ciclos Formativos de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales
Admisión y matriculación en Ciclos Formativos de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Actual (long): 1780178070775 - May 30, 2026 9:54:30 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1780351200000 - Jun 1, 2026 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1782511140000 - Jun 26, 2026 9:59:00 PM
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 3200779
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Plazo de presentación
Desde: 02/06/2026 Hasta: 26/06/2026Para mas información sobre el calendario de actuaciones consultar el Anexo I y el Anexo II.
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Finalidad
Convocar el procedimiento de admisión y matriculación en Ciclos Formativos de Grado Básico, en modalidad dirigida a persona con necesidades educativas o formativas especiales, para el presente curso académico, siendo de aplicación a todos los centros sostenidos con fondos públicos que tengan autorizada estas enseñanzas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. -
Destinatarios
1. Serán destinatarias de esta modalidad, las personas que presentan necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad u otras dificultades específicas, que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo y que afronta barreras que limitan su presencia, participación y progreso en las modalidades ordinarias.
2. Esta circunstancia debe ser compatible con un grado de autonomía personal y social suficiente como para incorporarse al mundo laboral y desarrollar competencias básicas, profesionales y para la empleabilidad propias de estándares de competencia profesional de nivel 1 del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
3. No será destinatario de esta enseñanza el alumnado que presente trastornos de conducta, cualquiera que sea su causa y/o gravedad, si dicha circunstancia no está asociada a discapacidad cognitiva debidamente acreditada.
4. Las personas destinatarias de estas enseñanzas, ya sea en centros ordinarios o en centros de educación especial, podrán permanecer en el sistema educativo hasta, al menos, los veintiún años de edad cumplidos en el año natural en que finalice el curso, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.3 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. Este plazo podrá ampliarse excepcionalmente por un año más si el equipo docente considera que ello facilitará la consecución de los resultados de aprendizaje.
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Requisitos
Podrán solicitar admisión a los primeros cursos de los ciclos formativos de Grado Básico en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales que se impartan en el curso académico 2026/2027 las personas que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos en el período de presentación de solicitudes de admisión:
a. Ser mayor de dieciséis años en el momento de incorporación a la formación o excepcionalmente, quince años. En este último caso será necesario el informe favorable del equipo docente con el visto bueno de la persona responsable de la orientación educativa del centro, en el que se indique ésta como la opción formativa más idónea, conforme al anexo IV.
b. Contar con el consentimiento y compromiso de incorporación del alumno o alumna y, en su caso, de los tutores o representantes legales, conforme al anexo V.
c. No haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o bien, haberlo obtenido con las correspondientes adaptaciones significativas del currículo.
d. Acreditar la condición general de destinatario establecido en el apartado primero del resuelvo sexto mediante, al menos, alguna de la siguiente documentación:
- Informe psicopedagógico y/o dictamen de escolarización emitido por las administraciones públicas con competencia en materia de orientación educativa y psicopedagógica.
- En el caso de alumnado escolarizado, propuesta de incorporación firmada por la persona responsable de la orientación educativa según anexo IV, a la que deberá adjuntarse informe psicopedagógico y/o dictamen de escolarización emitido por las administraciones públicas con competencia en materia de orientación educativa y psicopedagógica.
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Documentación
Toda la documentación recogida en este apartado, junto a la solicitud de admisión tendrá carácter obligatorio salvo que se autorice al órgano gestor a la consulta de dichos datos , siempre y cuando la consulta pueda realizarse de oficio.
1. La solicitud de admisión deberá ir acompañada de la documentación acreditativa correspondiente a cada una de las circunstancias alegadas, la cual deberá justificarse conforme a lo indicado a continuación:
Conforme a lo establecido en el artículo 28 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y al artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, el órgano gestor recabará de oficio la siguiente documentación salvo que conste oposición expresa manifestada por la persona interesada en la solicitud:
a. Acreditación de la identidad de la persona solicitante. La identidad del alumnado solicitante se consultará a través del Servicio de Consulta de Datos de Identidad, disponible en la plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado. Si el so licitante no desea que sus datos sean consultados, podrá oponerse expresamente en la solicitud. En caso de oposición, deberá acreditar su identidad presentando su DNI, Pasaporte o TIE, según corresponda. La documentación requerida deberá presentarse en la forma indicada en el resuelvo noveno, ya sea en original, copia auténtica o copia con código seguro de verificación.
b. Acreditación de la condición de persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela del menor. En caso de que dicha relación no conste en la plataforma educativa Rayuela, deberá aportarse copia del libro de familia o documento legal equivalente que acredite la condición de padre, madre o persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela del menor.
c. Propuesta de incorporación firmada por los Servicios de Orientación correspondientes, conforme al anexo IV.
d. Consentimiento y compromiso de incorporación según modelo que figura en el anexo V.
e. Acreditación de la condición de alumnado con necesidades educativas especiales.
Si el solicitante no desea que esta documentación sea consultada, podrá oponerse expresamente en la solicitud. En caso de oposición, deberá aportar junto a la solicitud la siguiente documentación. Podrá realizarse mediante uno de los siguientes documentos, o ambos, en su caso:
i. Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad emitido por las administraciones públicas con competencia en materia de promoción de la autonomía y atención a la dependencia.
ii. Resolución administrativa emitida por la autoridad educativa competente que certifique su condición de alumnado con necesidades educativas especiales.
2. La aportación de datos o documentos falsos puede dar lugar a la pérdida de los derechos de prioridad que puedan corresponderle, o incluso, la plaza obtenida, independientemente del momento en el que se detecten.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:- Calendario de actuaciones primer curso
- Calendario de actuaciones segundo curso
- Solicitud de admisión
- Propuesta de incorporación
- Consentimiento y compromiso de incorporación
- Listado provisional y definitivo de admitidos
- Listado provisional y definitivo de excluidos
- Solicitud de reclamación listado provisional
- Listado adjudicación primer curso
- Impreso de matrícula
- Lista de espera
- Solicitud de adhesión a lista de espera
- Lista de admitidos y excluidos para adhesión a lista de espera
- Solicitud de admisión o traslado de matrícula segundo curso
- Listado de admisión y traslado de matrícula segundo curso
- Solicitud de traslado de matrícula primer y segundo curso
- Solicitud de renuncia de matrícula durante el proceso de admisión
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia
- Plazo para resolver: Según Normativa aplicable
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden: <p>Recurso de alzada
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DIR3: A11044887)
Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa (DIR3: A11027482)
Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia (DIR3: A11005375)
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
