Cambio de régimen intensivo/extensivo de las explotaciones porcinas - JUNTAEX
Cambio de régimen intensivo/extensivo de las explotaciones porcinas - JUNTAEX
Cambio de régimen intensivo/extensivo de las explotaciones porcinas
Solicitud de cambio de régimen intensivo/extensivo en el Registro de Explotaciones Porcinas.

Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Cambio del régimen extensivo/intensivo del registro de explotaciones porcinas. Para ello, se seguirá el siguiente procedimiento: 1.- Recepción de la solicitud y estudio del expediente 2.- Visita de inspección 3.- Remisión de mejoras (en su caso) 4.- Visita de comprobación del fin de las mejoras (en su caso) 5.- Cambio de régimen mediante Resolución de la Dirección General -
Destinatarios
Todas las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que pretendan el cambio de régimen de las explotaciones porcinas existentes en Extremadura.
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Requisitos
Adaptación de la explotación porcina a la normativa zootécnico-sanitaria vigente: Decreto 158/1999, de 14 de septiembre y Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio (para cambios a régimen extensivo) ó Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero (para cambios a régimen intensivo).
Autorización Ambiental (en caso necesario)
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Documentación
Se solicitará mediante escrito (no hay modelo establecido) por el titular del registro porcino, aportando documentación acreditativa de la propiedad de todos los Polígonos y parcelas que constituirán el Registro Porcino, así como autorización ambiental integrada, unificada o informe de impacto ambiental (en determinados casos)..
En el escrito deberán figurar los siguientes datos:
- Número de registro porcino
- Nombre y apellidos del titular del registro porcino
- D.N.I. del titular del registro porcino
- Dirección de envío
- Teléfono de contacto
- Tipo de cambio solicitado: de intensivo a extensivo, o viceversa
- Plan de manejo extensivo o intensivo.
Modelo de consentimiento del interesado para la consulta de datos.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Decreto 158/1999, de 14 de septiembre, por el que se establece la regulación zootécnico-sanitaria de las explotaciones porcinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
- Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Contra cualquier Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de Alzada ante el titular de la Consejería en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la Resolución (según se dispone en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común). Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Servicio de Sanidad Animal
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida