La Junta publica la orden por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores para simplificar la presentación de documentación


Fecha de publicación: 27/5/2024 13:31

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La Consejería de Hacienda y Administración Pública ha publicado la orden por la que se regula el funcionamiento del registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, un instrumento que facilita el acceso a las licitaciones por parte de las empresas, simplificando la presentación de documentos ante la Administración regional. En el citado registro pueden inscribirse de forma voluntaria las personas físicas o jurídicas con capacidad para contratar con la Administración Pública, con el fin de simplificar las cargas administrativas asociadas a los procedimientos de contratación pública y reducir el número de documentos a aportar por las empresas licitadoras. Desde la creación del Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura como instrumento auxiliar de la contratación administrativa, a través del Decreto 6/2003, de 28 de enero, su normativa reguladora ha sufrido una consecuente evolución para adaptarse al actual funcionamiento de la Administración, enfocado a la simplificación y racionalización administrativa, de tal modo que se consigue así descargar a los administrados de procesos tediosos y complejos en sus relaciones con la Administración. Actualmente es el Decreto 75/2021, de 30 de junio, el que regula el Registro Oficial de Licitadores y el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La integración del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (en adelante ROLECSP) ha supuesto la gestión totalmente electrónica del procedimiento de inscripción, la visualización inmediata de sus contenidos por los órganos de contratación, la expedición de certificaciones en soporte informático así como el acceso al mismo por las personas interesadas a través de Internet. El objetivo es fomentar la agilidad, simplificación, modernización y racionalización administrativa, así como regular la nueva forma de proceder a la hora de llevar a efecto las funciones atribuidas por el citado Decreto 75/2021, de 30 de junio.

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