CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la pyme extremeña a través de su mejora competitiva

Ayudas para la puesta en marcha de CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la pyme extremeña a través de su mejora competitiva

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
14/5/2025
Actual (long): 1747252374637 - May 14, 2025 7:52:54 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1705615200000 - Jan 18, 2024 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1713477540000 - Apr 18, 2024 9:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 19/01/2024 Hasta: 18/04/2024

     

  • Finalidad

    Es una subvención a fondo perdido para financiar proyectos empresariales relacionados con ayudas: Para mejorar los procesos productivos. Para implantar y certificar normas y sistemas de gestión. Para herramientas tecnológicas avanzadas. ECOPYME para la transición de las empresas a la economía verde y circular. Para el desarrollo de nuevos productos y diseño de envases y embalajes.
  • Destinatarios

    Pymes con centro productivo en Extremadura, de cualquier forma jurídica, incluido  autónomos, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica.

    Recuerda que para determinadas líneas de ayudas, se exigirá que la empresa cuente con un mínimo de plantilla media de trabajadores en Extremadura.

    * Exclusiones:

    • Los sectores de acuicultura, pesca, producción primaria de productos agrícolas, (Reglamento UE nº 1407/2013).
    • Las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas, actividades financieras y a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco o de productos para la industria tabaquera.
  • Requisitos

    Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir las siguientes obligaciones:

    1. Ejecutar el proyecto objeto de la ayuda y destinar la misma a la finalidad para la que ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.

    2. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la ayuda, en el plazo establecido para ello.

    3. Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión.

    4. Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, en su caso, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

    5. Comunicar al órgano concedente la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o ente público, nacional o internacional. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación del destino dado a los fondos percibidos.

    6. Hacer constar la cofinanciación de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), incluyéndose el logotipo de ambas en las medidas de difusión llevadas a cabo por la entidad beneficiaria.

    7. Conservar la documentación original de la justificación de la subvención, incluidos los documentos electrónicos, durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación en los términos del artículo 82 del Reglamento (UE) número 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

    8. Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto del proyecto subvencionado, sin perjuicio de disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

    9. Cumplir con la normativa medioambiental que resulta aplicable por razón de la actividad de la empresa.

    10. Cualquier otra obligación prevista en el texto de este decreto, en la resolución de concesión de ayudas y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

    Mantenimiento de la actividad y del proyecto:

    Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a mantener en Extremadura tanto la actividad de su empresa, como la operatividad del proyecto subvencionado, durante al menos tres años consecutivos, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de liquidación de la ayuda.

    El incumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la ayuda concedida. En los supuestos de incumplimiento de la obligación de mantenimiento de la actividad, el órgano gestor tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad en la determinación de la parte de ayuda a devolver por el beneficiario, siendo el importe a reintegrar directamente proporcional al tiempo transcurrido desde la presentación de la solicitud de liquidación hasta el cese de la actividad, siempre y cuando haya transcurrido al menos el 60% del total del periodo de mantenimiento de la actividad. Si no se alcanza dicho porcentaje procederá la revocación y reintegro total de la ayuda.

  • Cuantía

    LÍNEA 1. Ayudas para mejorar los procesos productivos

    ¿En qué consiste?

    Esta ayuda te permite implantar mejoras y eliminar procesos ineficientes, excesos de tiempo, sobreproducciones, tareas innecesarias, o reducir gastos.  Para ello podrás contar con una consultora especializada en el análisis empresarial para evaluar el estado actual de tus procesos.

    Te subvencionamos proyectos dirigidos a la reorganización y optimización de los procesos productivos, organizacionales y/o de gestión basados en las metodologías Lean o en cualquier otra. Dirigidos a:

    • Analizar los procesos de tu empresa y recopilar información sobre su estado actual.  
    • Identificar puntos de mejora, flujos de proceso ineficientes, tareas redundantes e innecesarias y Layouts ineficientes.
    • Diseñar mejoras para eliminar pasos que no aportan valor añadido, simplificar o modificar procesos y cambiar procesos lineales por paralelos.
    • Implantar mejoras.

    *Requisito: 

    Las empresas deben contar con una plantilla media de al menos 10 trabajadores.  

    En el caso del sector industrial, una plantilla media de al menos 3 trabajadores. 

    Conceptos subvencionables: Se subvencionan los gastos de consultoría externa especializada, (IVA excluido).

    Cuantía

    • Empresa entre 3 y 5 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 6.000 €.
    • Empresa de entre más de 5 y 10 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000 €.
    • Empresa de entre más de 10 y 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 €.
    • Empresa de más de 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 30.000 €.

    LÍNEA 2. Ayudas para implantar y certificar normas y sistemas de gestión

    ¿En qué consiste?

    Ayuda para implantar y certificar cualquier norma reconocida institucionalmente relacionada con:

    • 1. Sistemas de gestión de la calidad mediante la Norma ISO 9001, de gestión medioambiental mediante la Norma ISO 14001 o un sistema integrado
      de ambas.
      2. Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con la norma ISO 45001.
      3. Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) basado en la norma ISO 27001 y Esquema Nacional de Seguridad.
      4. Sistema de gestión de la I+D+i, mediante la Norma UNE 166002, y sistema de Vigilancia Tecnológica, mediante la Norma UNE 166006.
      5. Normas o protocolos dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria, tales como BRC, IFS, ISO 22000, FSSC 22000 u otras de naturaleza similar que estén referidas a la seguridad alimentaria, que tengan cierto reconocimiento en los mercados y que permitan una mayor expansión comercial a las empresas beneficiarias.
      6. Sistemas de gestión de Compliance basados en las normas UNE 19600, UNE 19601 y UNE 19602.
      7. Proyectos en Transformación Digital: implantación y certificación de las Normas Especificación UNE 0060:2018 y UNE 0061:2019 de sistemas de gestión para la digitalización.
      8. UNE EN ISO 19650 BIM: Gestión de la información.
      9. ISO 13485 Productos Sanitarios.
      10. ISO 14046 Huella hídrica/Huella de Agua.
      11. UNE EN ISO 50001 Gestión Energética.
      12. Acreditación conforme a los estándares de carácter internacional basados en las normas ISO del cálculo de la Huella de Carbono, a los efectos de medir la emisión de los Gases de Efecto Invernadero (GEI).
      13. Implantación y certificación de un Sistema de Gestión de Calidad bajo la norma PECAL/AQAP Requisitos OTAN de aseguramiento de la calidad.
      14. Certificación de Sistemas Gestión de Responsabilidad Social Empresarial basados en los modelos IQNET SR10 y SGE21, así como los gastos de validación por entidad externa homologada de las memorias para la calificación e inscripción en el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura.
      15. Certificación igualdad de género, según ISO 53800.
      16. Cualquier otra norma reconocida institucionalmente que venga referida a alguno de los ámbitos indicados en los puntos anteriores, o que venga a suponer una optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la competitividad de la empresa, o que sea requisito necesario por exigencias del mercado internacional o del sector
      *Exclusiones: Adaptaciones de normas, implantación de normas ya subvencionadas en los 5 años anteriores.

    Conceptos subvencionables: Se subvencionan los gastos de consultoría externa especializada para implantación y gastos de certificación realizada por entidad acreditada, (IVA excluido).

    Cuantía

    • 80% de la inversión subvencionable con los siguientes límites: 

    a. Para la norma ISO 9001 o la norma ISO 14001 la inversión subvencionable máxima será de 4.000 euros (IVA excluido) por norma. Si el proyecto contemplase la implantación y certificación de un sistema integrado de ambas normas la inversión subvencionable máxima sería de 6.000 euros (IVA excluido).
    b. Por la implantación y certificación de los protocolos BRC o IFS la inversión subvencionable sería de 10.000 euros (IVA excluido) por norma. Si el proyecto
    contemplase un proyecto integrado de dos normas la inversión subvencionable máxima es de 13.000 euros (IVA excluido).
    c. Respecto a la norma PECAL/AQAP ¿Requisitos OTAN de aseguramiento de la calidad¿ la inversión subvencionable máxima sería de 11.000 euros (IVA
    excluido).
    d. Para los gastos de validación por entidad externa homologada de las memorias para la calificación e inscripción en el Registro de Empresas Socialmente
    Responsables de Extremadura se establece un límite máximo de inversión subvencionable de 1.000 euros (IVA excluido).
    e. Para el resto de normas la inversión subvencionable es de 6.000 euros (IVA excluido), salvo que se trate de un proyecto que integre dos normas, en cuyo
    caso el límite sería de 9.000 euros (IVA excluido).
    f. Si el proyecto presentado superase el límite máximo establecido, a los efectos de determinar la inversión subvencionable, se reducirá en todo caso el importe
    de los gastos de implantación.

    LÍNEA 3. Ayudas para herramientas tecnológicas avanzadas

    ¿En qué consiste?

    Ayuda para desarrollar e implantar soluciones tecnológicas avanzadas para mejorar la eficiencia y optimización en la gestión de los procesos de una empresa.

    a. Sistemas avanzados que optimicen la gestión de la cadena de suministro, control de la producción, datos, planificación y/o vida útil del producto, adquisición de datos de producción, recopilación de datos de las máquinas, así como la gestión de recursos humanos, almacén y logística.
    b. Sistemas avanzados de gestión de proyectos, incluido BIM (Building Information Modeling) orientados a la gestión integral de los proyectos de construcción.
    c. Y en general, cualquier tipo de desarrollo a medida, al no existir soluciones de mercado, de proyectos orientados a la optimización empresarial para la
    mejora de la competitividad, así como otras aplicaciones de naturaleza similar orientadas al desarrollo e implementación de soluciones de digitalización o que
    introduzcan mejoras en el sistema de gestión, así como en los procesos productivos, no incluidas en los apartados anteriores y que la empresa justifique
    que resulten más adecuadas a sus características particulares.
    d. Quedan excluidos, en todo caso, el desarrollo y/o implantación de soluciones ERP o CRM, y proyectos basados en Inteligencia Artificial, al existir otros programas de ayudas para este tipo de tecnologías promovido por la Junta de Extremadura.

    *Requisito: Las empresas solicitantes deberán contar con una plantilla media de al menos 3 trabajadores. 

    Conceptos subvencionables: Te subvencionamos los gastos de:

    • Consultoría especializada para implantar la solución tecnológica, incluido, en su caso, la formación asociada.
    • Gastos de contratación de servicios de alojamiento en la nube, por un período máximo de 12 meses. 
    • Adquisición de licencias, o suscripción hasta 12 meses.
    • Adquisición de herramientas hardware específico y de uso exclusivo y necesario para el proyecto.

    Cuantía

    • Empresa entre 3 y 10 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000 €.
    • Empresa de entre más de 10 y 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 20.000 €.
    • Empresa de más de 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 €.

    LÍNEA 4. Ayudas ECOPYME para la transición de las empresas a la economía verde y circular

    ¿En qué consiste?

    Ayudas dirigidas a empresas del sector industrial y de la construcción para realizar proyectos que favorezcan la transición a la economía circular de procesos y/o productos. Se incluye la realización de análisis y de ensayos de materiales y residuos. 

    Proyectos que tengan por objeto:

    • Reducir el consumo de materias primas en el proceso productivo, 
    • Reducir el consumo de cualquier otro tipo de recurso productivo, incluidos los energéticos.
    • Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los mismos, facilitar su reutilización o reciclaje. 
    • Utilizar subproductos en el proceso productivo en sustitución de materias primas. 
    • Identificar oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de productos y los servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos. 
    • Recuperar recursos a través de la minería de vertederos.

    El estudio debe contener obligatoriamente propuestas de actuación concretas y cuantificadas económicamente, así como una previsión de los resultados ambientales de su aplicación. 

    *Requisitos: 

    • Las empresas deberán desarrollar una actividad cuyo CNAE corresponda a la Industria Manufacturera o a la Construcción ( CNAE corresponda al Grupo C Industria Manufacturera o al Grupo F Construcción).
    • Las empresas deberán contar con una plantilla media de, al menos 5 trabajadores, asociados al código de actividad subvencionable.

    Conceptos subvencionables

    Te subvencionamos los gastos de: 

    • Colaboraciones externas, por parte de consultoras, centros tecnológicos o cualquier entidad especializada. 
    •  Los costes de análisis y ensayos técnicos directamente relacionados con la calidad ambiental del producto o servicio y/o de sus prestaciones técnicas y ambientales. 

    Cuantía

    80 % para colaboraciones externas, con un límite de 15.000 €.

    LÍNEA 5. Ayudas para el desarrollo de nuevos productos y diseño de envases y embalajes

    ¿En qué consiste?

    Esta ayuda apoya tres tipos de proyectos:

    • Diseño de nuevos productos que presenten un componente innovador respecto al mercado. 
    • Asistencia tecnológica para la mejora y optimización de la cartera de productos: Control de calidad, análisis y ensayos, homologaciones, diseño y solución de problemas puntuales de rápida ejecución.
    • Diseño de nuevos envases o embalajes que supongan una novedad respecto a la empresa solicitante. 

    Conceptos subvencionables: Te subvencionamos la contratación de colaboraciones externas, por parte de consultoras de diseño, centros tecnológicos, laboratorios o cualquier entidad especializada. Además de la auditoría previa para el diseño de nuevos productos o nuevos envases o embalajes.

    Cuantía

    Diseño de nuevos productos innovadores.  El 80 % de inversión subvencionable, con un límite 12.000 € para el diseño conceptual,  prototipado,  pruebas, identidad gráfica e implementación comercial y productiva. Para esta ayuda es obligatorio una auditoría previa que justifique el grado de innovación respecto al mercado, para lo cual se contará con una ayuda extra de hasta 1.500 €. 

    Asistencia tecnológica para la mejora y optimización de la cartera de productos. El 80% de inversión subvencionable, con un límite de 6.000 €. Para la elaboración de ensayos, análisis sensoriales, informe de viabilidad técnica, rediseño de producto, soluciones tecnológicas a problemas puntuales de rápida ejecución, estudios y propuestas de envasado óptimo. 

    Diseño de nuevos envases o embalajes que supongan una novedad para la empresa solicitante.  El 80 % de inversión subvencionable, con un límite 12.000 € para el diseño conceptual,  prototipado,  pruebas, identidad gráfica e implementación comercial y productiva. Para esta ayuda es obligatorio una auditoría previa que justifique el grado de novedad respecto a la empresa, para lo cual se contará con una ayuda extra de hasta 1.500 €. 

  • Documentación

    Las solicitudes, irán dirigidas a la Dirección General de Empresa y deberán venir acompañadas de la siguiente documentación (carácter obligatorio):

    a. Memoria explicativa de las actividades realizadas que hayan sido financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos debidamente ordenados y numerados, con especificación de los perceptores y los importes correspondientes.

    b. Evidencias físicas y fácilmente constatables del cumplimiento de todas y cada una de las medidas que el proyecto presentado inicialmente recogía como acciones a desarrollar.

    c. Copias de las facturas justificativas de los gastos subvencionados y ejecutados, suficientemente detalladas y desglosadas por los diferentes conceptos que contempla el proyecto, así como de los justificantes bancarios acreditativos de sus pagos. No se entenderán justificados los gastos, en el caso de que las facturas que los sustentan no hayan sido abonadas íntegramente mediante pagos bancarios.

    d. Justificación documental que acredite el cumplimiento de requisitos de publicidad exigidos en la resolución de concesión.

    e. Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI) firmada electrónicamente por la entidad solicitante, con el contenido previsto en el modelo que se establezca en las convocatorias.

    f. Certificado de Titularidad Real expedido por Notario, de los datos relativos a los perceptores de la financiación de la Unión Europea.

    En el caso de que no autorice expresamente en el formulario de solicitud de la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:

    Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.

    Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

    Certificado que acredite que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Informes relativos a la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa, expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, correspondientes al periodo de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse desde que se produjo el alta en la Seguridad Social.

    Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Economía, Empleo y Transformación Digital
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital

    Dirección General de Empresa

    Servicio de Promocion Empresarial

    Paseo De Roma,

    06800, Mérida