Licencia de pesca

Licencia de pesca

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
10/7/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1785007202504 - Jul 25, 2026 7:20:02 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 213100

  • Plazo de presentación

    Abierto todo el año

  • Finalidad

    Obtener la licencia que autoriza la práctica de la pesca en Extremadura
  • Destinatarios

    Personas que deseen practicar la pesca en Extremadura.

  • Requisitos

    1. No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la pesca por sentencia judicial firme o resolución sancionadora ejecutiva.

    2. Abono de la tasa correspondiente. 

  • Documentación

    Documentación obligatoria para la solicitud de licencia:

    1. DNI o equivalente (en caso de oposición a la consulta de datos personales).

    2. Documentación que acredite el derecho a bonificación (en caso de oposición a la consulta de datos personales).

    3. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)

    • El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria. 
    • Código: 023031-6

    Pago con tarjeta. En caso de pago con tarjeta debe descargarse el impreso pagado y adjuntarlo a la solicitud. 

    4. Solicitud en modelo oficial. 

    5. Acreditación de la representación, en su caso. 

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada

  • Más información

    Obtención de la licencia mediante declaración responsable.

    De forma alternativa a la solicitud de licencia de pesca, se implanta el sistema de obtención mediante declaración responsable. Este sistema permite que se pueda pescar desde el momento de presentación. La forma de proceder es la siguiente:

    1. Cumplimentación de la declaración responsable.

    2. Abono de la tasa correspondiente. 

    3. Envío de la declaración responsable y del resguardo de la tasa a través del formulario electrónico o bien, registro en un registro oficial.

    4. El justificante de presentación electrónica o de registro de la solicitud debe portarse durante el ejercicio de la pesca junto con el resguardo de pago de la tasa. 

    Obtención de la licencia de forma telemática

    Puede obtenerse la licencia de forma telemática a través de ARADO

    Bonificaciones y exenciones:

    1. Gozarán de una bonificación del 25% en el importe de la tasa los siguientes grupos:

       a) Pescadores federados en la Federación Extremeña de Pesca.

       b) Personas menores de 30 años.

       c) Mujeres pescadoras.

       d) Personas con discapacidad igual o superior al 33%.

       e) Miembros de familia numerosa.

    2. Gozarán de exención en el pago de la tasa las personas mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura.

    La licencia de pesca es única para todas las modalidades. 

    Es nominal, intransferible e imprescindible para la práctica de la pesca en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Las personas menores de 14 años pueden pescar con su propia licencia o bien pueden incluirse en la licencia de una persona mayor de edad.

    Puede encontrar más información relacionada con la pesca en PESCA Y RIOS EN EXTREMADURA

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural

    Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural

    Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)

    Avenida Luis Ramallo,

    06800, Mérida

  • Preguntas frecuentes