Licencia interautonómica de caza

Licencia interautonómica para cazar en todas las comunidades autónomas firmantes del convenio de colaboración para el establecimiento de la licencia interautonómica

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
17/3/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1775467929447 - Apr 6, 2026 9:32:09 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 687396

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

    Para la tramitación en línea es necesario disponer de certificado electrónico o DNI electrónico para la firma y presentación de la solicitud.

  • Finalidad

    Obtener la licencia para cazar en todas las comunidades autónomas firmantes del convenio. De esta manera se evita que los ciudadanos que cazan en varias comunidades autónomas tengan que obtener una licencia para cada una de ellas.
  • Destinatarios

    Personas que deseen practicar la caza en las comunidades autónomas firmantes del convenio. 

  • Requisitos

    1. Haber abonado la tasa exigida para la obtención de la licencia interautonómica de caza. 

    2. No estar inhabilitado para el ejercicio de la actividad de caza o para obtener la licencia de caza, por resolución administrativa ejecutiva o por sentencia judicial firme en cualquiera de las Comunidades Autónomas signatarias. 

    3. Y asímismo, una de las siguientes condiciones:

    a) Tener una licencia en vigor expedida por cualquiera de las Comunidades Autónomas firmantes del convenio.

    b) En caso de ser nuevo cazador, haber superado la prueba de aptitud correspondiente en cualquiera de las Comunidades Autónomas firmantes. 

    Declaración responsable:

    La solicitud incluye una declaración responsable que debe firmar el interesado, o en el caso de los menores de edad, su tutor legal. En dicha declaración se indica lo siguiente:

    - que el interesado no se encuentra inhabilitado para la obtención de la licencia de caza por resolución administrativa ejecutiva o por sentencia judicial firme en cualquiera de las Comunidades Autónomas firmantes. 

    - en caso de ser nuevo cazador, que ha superado el examen del cazador o sistema equivalente. 

    - que dispone del correspondiente seguro obligatorio de responsabilidad civil. 

  • Documentación

    Documentación obligatoria:

    1. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)

       El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria. 

        Pago con tarjetaEn caso de pago con tarjeta debe descargarse el impreso pagado y adjuntarlo a la solicitud.

       Código de la tasa: 23073-6

    2. Solicitud oficial. 

    3. Acreditación de la representación, en su caso. 

    Documentación no obligatoria:

    Al presentar la solicitud no será necesario que los interesados acrediten los requisitos de los puntos 2 y 3 del apartado "requisitos". La comprobación se realizará a través de los medios autonómicos o estatales disponibles. 

    Documentación a presentar en caso de oposición a la consulta de datos:  

    - NIF o NIE

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Comunidades autónomas firmantes del convenio de licencia interautonómica:

    Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Principado de Asturias y Región de Murcia. 

    El ejercicio de la actividad queda sometido a la normativa autonómica correspondiente. 

    La licencia interautonómica de caza es única para todas las modalidades de caza.

    La validez de la licencia interautonómica es de un año desde la fecha de expedición. 

  • Órgano gestor

    Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

    Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia

    Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida