Subvención para proyectos generadores de empleo en Centros Especiales de Empleo

Solicitud de subvención para la creación de puestos de trabajo estables para personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

En plazo

Fecha de actualización
:
12/3/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 03/11/2023 Hasta: 04/11/2024

    Un mes desde la fecha de inicio de las contrataciones indefinidas iniciales o de las transformaciones, en su caso.

  • Finalidad

    Financiar la inversión fija de un Proyecto Generador de Empleo que suponga la creación de nuevos puestos de trabajo estables en centros especiales de empleo mediante la realización de contratos indefinidos iniciales o la transformación de contratos temporales en indefinidos.
  • Destinatarios

    Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación.

  • Requisitos

    Requisitos generales de las entidades beneficiarias:

    1. Los centros especiales de empleo deberán estar calificados e inscritos en el Registro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    2. Que el centro de trabajo donde la persona objeto de subvención preste sus servicios habitualmente, o al que quede adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo), esté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
    3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, con carácter previo a la emisión de la propuesta de resolución favorable de concesión de la ayuda, así como en el momento en que se vaya a proceder al pago de la ayuda concedida.
    4. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    5. Tener implantado un plan de Igualdad de Género cuando el centro especial de empleo solicitante esté obligado a ello, según el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
       

    Requisitos específicos para el Programa I de Subvenciones para el fomento del empleo en centros especiales de empleo:

    1. En relación con el empleo: 

    - El proyecto deberá suponer la generación de empleo estable. Se entenderá generado empleo estable cuando la persona trabajadora con discapacidad sea contratada con carácter indefinido, o bien cuando se transforme en indefinido un contrato temporal o formativo celebrado y transformado en los términos establecidos en la legislación vigente.

    - La contratación indefinida o la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos por la que se solicita subvención deberá representar un incremento neto del número de las personas trabajadoras con discapacidad del centro especial de empleo, con respecto al número de personas trabajadoras indefinidas con discapacidad existentes en los 12 meses anteriores a la formalización de cada contrato objeto de subvención.

    - Cuando se trate de centro especial de empleo ya en funcionamiento, la contratación indefinida inicial, o la transformación de un contrato de duración determinada en indefinido, que sea objeto de la subvención, deberá suponer, además, un incremento de la plantilla fija de personas con discapacidad que se alcanzó en el centro en el último expediente de ayudas aprobadas para otro proyecto generador de empleo, siempre que este se haya producido en los últimos 3 años

    1. En relación con el proyecto de inversión: 

    -El proyecto deberá tener viabilidad técnica, económica y financiera, que se acreditará mediante la presentación de la memoria contenida en el formulario de solicitud.
    -La inversión se debe realizar en los términos previstos en el artículo 28 de la presente orden.
     

  • Cuantía

    La subvención podrá alcanzar hasta el 90 % de la inversión realizada, excluidos impuestos.

    Teniendo en cuenta el porcentaje subvencionable con respecto a la inversión realizada, la cuantía de la ayuda será hasta 12.000 euros por cada nueva contratación inicial con carácter indefinido o transformación de contrato temporal en indefinido.

    Cuando las contrataciones indefinidas subvencionables se suscriban a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.

     

  • Documentación

    La solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación: 
    1.    Anexo de autorización para el acceso a datos personales debidamente cumplimentado por cada una de las contrataciones realizadas objeto de solicitud de ayuda. (pdf), que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, en el supuesto de que conste oposición expresa a la consulta de los datos, deberá aportarse la correspondiente documentación.
    2.    Comunicación de los contratos de las personas trabajadoras con discapacidad por las que se solicita subvención, en formato electrónico (pdf), cuando la persona trabajadora no autorice expresamente en el anexo de autorización para el acceso a datos personales a que sean consultadas de oficio.
    3.    Informe expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de cada persona trabajadora con discapacidad por la que se solicita la subvención en formato electrónico (pdf), cuando la persona trabajadora no autorice expresamente en el anexo de autorización para el acceso a datos personales a que sean consultadas de oficio.
    4.    Certificado de discapacidad completo de las personas trabajadoras objeto de las nuevas contrataciones, o documento acreditativo de tal condición emitido por el órgano competente a los efectos del artículo 4 y 35.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en formato electrónico (pdf), cuando la persona trabajadora no autorice expresamente en el anexo de autorización para el acceso a datos personales a que sean consultadas de oficio.
    5.    Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
    6.    Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos. 
    7.    Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos. 
    8.    Acreditación de la representación legal la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de cambio de titularidad, en formato electrónico (pdf). Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de cambio de titularidad. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación.
    9.    Informe expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la entidad solicitante de la ayuda desde los doce meses anteriores a la fecha de la contratación por la que se solicita subvención, de todos los códigos de cuenta cotización de todos los códigos de cuenta cotización del centro especial de Empleo, cuando se oponga expresamente en la solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
    10.    Relación nominal de todas las personas trabajadoras de la plantilla del centro especial de empleo en los doce meses anteriores la fecha de la contratación por la que se solicita subvención, según el ¿Anexo de plantilla del centro especial de empleo¿, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite.
    11.    Relación de las facturas desglosadas mediante número de factura, proveedor, importe, IVA, fecha de emisión y fecha de pago.
    12.    Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior.
    13.    Documentación acreditativa del pago mediante extracto o certificaciones bancarias que acrediten el/la destinatario/a del pago.
     

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Empleo
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/centros_especiales_empleo_programai


  • Órgano gestor

    Consejería de Educación y Empleo
    Dirección General de Calidad en el Empleo
    Servicio de Fomento del Empleo
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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