Contratación de personas participantes en Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura - JUNTAEX
Contratación de personas participantes en Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura - JUNTAEX
Contratación de personas participantes en Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura
Subvenciones de la línea II del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Extremadura, dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos que hayan obtenido evaluación positiva.

Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Desde: 15/09/2023 Hasta: 14/06/2024 -
Finalidad
Ofrecer una experiencia profesional en las empresas privadas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la contratación de personas participantes que hayan obtenido evaluación positiva en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo. -
Destinatarios
Empresas privadas, personas autónomas o profesionales colegiados, con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya sean personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.
Se excluyen como beneficiarias de estas ayudas:
- Asociaciones o entidades sin a¿nimo de lucro
- Empresas de trabajo temporal, salvo cuando realicen contrataciones de personas trabajadoras para prestar servicios bajo su dirección que no sean cedidos a empresas usuarias.
- Administraciones públicas, organismos púbñicos, entidades y sociedades vinculadas o dependiente de las mismas.
- Entidades que operen en sectores de la pesca o la acuicultura, a estos efectos se considerará que las entidades realizan actividades en las que se encuentran dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Entidesdes que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones.
- Los puestos de trabajo objeto de la subvención que hayan sido ocupados en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación, por personas trabajadoras que hubieran reunido los mismos requisitos de titulación y hubieran causado baja no voluntaria en la empresa.
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Requisitos
No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las contrataciones se llevarán a cabo en el plazo de tres meses desde la finalización del proyecto en centros de trabajo radicados la Comunidad Autónoma de Extremadura y en ocupaciones relacionadas con la familia profesional a la que pertenezca la correspondiente especialidad formativa, a personas participantes que hayan superado con evaluación positiva la totalidad del itinerario formativo, debiendo informarse de las contrataciones, en su caso, a la representación legal de los trabajadores en la empresa.
La jornada de trabajo será a tiempo completo y la duración del contrato será como mínimo de 6 meses. -
Cuantía
La cuantía de la ayuda por cada contratación será igual al resultado de multiplicar por seis el importe mensual del salario mínimo interprofesional o de la retribución establecida en el convenio colectivo de aplicación (incluyendo la parte proporcional de una paga extraordinaria) y de las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador, vigentes en el momento de la contratación.
Esta cuantía se incrementará en 1000 euros por la tutorización de cada contratación.
Estas ayudas se financian con fondos transferidos del estado
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Documentación
La solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación:
- En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación.
- En caso de Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles, Uniones Temporales de Empresas, agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas y, en general, entidades sin personalidad jurídica copia del documento de constitución y posibles modificaciones de la misma, en formato electrónico (pdf).
- Informe original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la persona trabajadora por la que se solicita la subvención cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que sea consultado de oficio, en formato electrónico (pdf).
- Comunicación del contrato de la persona trabajadora por la que se solicita subvención, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que sean consultadas de oficio.
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
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Solicitud y Anexos
Enlace externo a solicitud:La solicitud se cumplimentará en el formulario disponible en la web https: //sede.gobex.es/SEDE/.
La solicitud debe completarse mediante la firma electrónica del solicitante o su representante.
La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez registrada por el solicitante o su representante a través del registro electrónico habilitado al efecto.
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Normativa
- ORDEN de 26 de noviembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financaicón del programa de escuelas profesionales duales de empleo de Extremadura
- ORDEN de 26 de mayo sde 2023 por la que se modifica la Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Calidad en el Empleo
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación y Empleo (a extinguir. Dto. Pres. 16/23)
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
Dirección General de Calidad en el Empleo
Servicio de Programas Innovadores de Empleo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida -
Preguntas frecuentes
Empresas privadas (no se considerarán como tales a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro), personas autónomas o profesionales colegiados, con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya sean personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.
Las contrataciones derivadas de los compromisos de contratación se llevarán a cabo en el plazo de tres meses desde la finalización del proyecto o cuando haya transcurrido más del 80 % de la duración del proyecto que hayan superado con evaluación positiva la totalidad del itinerario formativo, con una duración de al menos seis meses a jornada completa. Existe la posibilidad de solicitar ampliación del plazo, hasta un mes y medio más por causas justificadas.
La modalidad contractual entre la empresa y la persona participante podrá ser cualquiera de las recogidas en el ordenamiento jurídico vigente para las que se cumplan los requisitos y las retribuciones salariales mínimas que serán las del salario mínimo interprofesional o las del convenio colectivo de aplicación.
La actividad laboral se desarrollará en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en ocupaciones relacionadas con la familia profesional a la que pertenezca la correspondiente especialidad formativa.
- El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de nueve meses a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la presente resolución. La resolución y el extracto de la misma, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura conforme a lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Los interesados deberán solicitar las subvenciones, durante el periodo de vigencia de la convocatoria, en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la contratación. En el caso de que en el plazo anterior no se hubiere aprobado la convocatoria, el citado plazo de un mes se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la misma y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
- La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido, dará lugar a la inadmisión de las mismas sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, con la información requerida y adjuntar los documentos que correspondan en el plazo establecido.
- La solicitud debe completarse mediante la firma electrónica del solicitante o su representante.
- La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea registrada por el solicitante o su representante a través del registro electrónico habilitado al efecto.
La información del trámite estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
- Se presentará una solicitud de ayuda por cada persona contratada participante en el correspondiente proyecto del Programa Colaborativo Rural.
- Las solicitudes de las ayudas se presentarán obligatoriamente mediante el anexo de solicitud, debidamente cumplimentado y que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda a través del Portal Juntaex.es de la Junta de Extremadura.
- La solicitud firmada y cumplimentada en todos sus extremos, se acompañará de la siguiente documentación:
- En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante. En caso de oposición de a consulta para la comprobación de oficio, la entidad deberá indicar el código Seguro de verificación (CSV).
- En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles o uniones temporales de empresas, copia del documento de constitución de la misma, en formato electrónico (pdf).
- En caso de oponerse en el anexo de solicitud a que sea consultado de oficio, informe original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la persona trabajadora. (pdf).
- En caso de oponerse expresamente en el anexo de solicitud a que sea consultado de oficio, comunicación del contrato de la persona trabajadora por la que se solicita subvención, en formato electrónico (pdf).
- En caso que no conste la autorización expresa en el anexo de solicitud a que se recabe de oficio esos datos:
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado en formato electrónico (pdf).
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf).
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf)
La cuantía de la ayuda por cada contratación será igual al resultado de multiplicar por seis el importe mensual del salario mínimo interprofesional o de la retribución establecida en el convenio colectivo de aplicación (incluyendo la parte proporcional de una paga extraordinaria) y de las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador vigentes en el momento de la contratación.
Esta cuantía se incrementará en 1.000 euros por la tutorización de cada contratación.
El abono de la subvención se realizará en un pago único, por el importe total de la subvención concedida, una vez dictada la resolución de concesión, y previa comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el decreto que la regula.
Mantener el contrato objeto de subvención durante el período mínimo de seis meses a jornada completa, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación y designar a una persona para tutorizar a la persona contratada.
Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo, así como comunicar al mismo las incidencias y variaciones que se produzcan en relación con aquéllas.