Subvención dirigida a entidades promotoras del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo

Solicitud de subvención dirigida a entidades promotoras del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo (UPD).

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
25/10/2023
  • Plazo de presentación

    Desde: 23/10/2023 Hasta: 07/11/2023

  • Finalidad

    Las Unidades de Promoción y Desarrollo se configuran como módulos que colaboran en el diseño, seguimiento y evaluación de los programas de formación para el empleo, especialmente de los de alternancia con el empleo, que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Destinatarios

    Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, las Diputaciones Provinciales, sus organismos autónomos y dependientes o asimilados a las mismas cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

  • Requisitos

    La duración máxima prevista de los proyectos de la presente convocatoria no será superior a 12 meses. Una vez transcurrido el plazo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria, se entenderá finalizado el proyecto.

    No obstante, en el caso de que la resolución inicial fuera por un periodo inferior a dos años, se podrá prorrogar el proyecto de la Unidad de Promoción y Desarrollo, hasta agotar la duración máxima de dos años, mediante nueva resolución del órgano concedente, siempre que conste solicitud de la entidad promotora, en la que se justifiquen las causas que motivan la citada prórroga y pueda aprobarse según el artículo 53.2 del Decreto 96/2016, de 5 de julio.

  • Cuantía

     

    El importe de las subvenciones  para el desarrollo del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo serán financiados con cargo al proyecto de gasto 20080252 Oportunidades de empleo y formación (B), con fuente de financiación Transferencias del Estado , con la siguiente distribución por ejercicios presupuestarios:

     
    AÑO 2023: 180.000 €
     
    AÑO 2024: 144.000 €
     
    AÑO 2025: 36.000 €

     

     

    La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas, podrá aumentarse hasta un 20 % de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, y previa publicación del anuncio recogido en el artículo 39.3 de la citada Ley de Subvenciones.
  • Documentación

    Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicada en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente firmados y presentados según lo expuesto.

    A la solicitud se acompañará la siguiente documental, así como cualquier otra documentación que la entidad considere necesaria para la concesión de la subvención:

    A) Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representación, publicada, en su caso, en el diario oficial correspondiente o certificación del Secretario de la entidad o documentación identificativa de la personalidad de los solicitantes y acreditativa de poder suficiente y subsistente para actuar en nombre y representación de la entidad promotora, en el caso de que el solicitante manifieste oposición a que se incorpore de oficio mediante la correspondiente consulta.

    B) Copia de la tarjeta fiscal de la entidad promotora y del NIF del representante, en el caso de que el solicitante se haya opuesto en la solicitud a que el órgano gestor pueda consultar estos datos de oficio, , de acuerdo con los datos de identificación que obren en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el Ministerios prestador del Sistema de Verificación y Consulta de Datos de identidad (SVDI).

    C) Acreditación que implique competencias en materia de promoción de empleo de la entidad promotora, en caso de organismos autónomos u otras entidades con competencia en materia de empleo dependientes o asimiladas a dichas entidades locales y cuya titularidad correspondan íntegramente a los mismos.

    D) Certificación acreditativa de la financiación de aquella parte del proyecto que no financie el Servicio Extremeño Público de Empleo, teniendo en cuenta:

    • No se consignará un importe concreto ya que la financiación resultará del desarrollo real del proyecto, pues éste es estimativo.
    • La certificación recaerá en el órgano competente de la entidad promotora.

    E) Alta de terceros (en el caso de no estar dado de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura).

    F) En el supuesto de oponerse expresamente a que el órgano gestor consulte de oficio, certificado acreditativo de no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Formación para el Empleo
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    Dirección General de Formación para el Empleo
    Servicios de Programas Mixtos de Formación y Empleo
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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