Declaración de utilidad pública de establecimientos de beneficio minero

Solicitud de declaración de utilidad pública de establecimientos de beneficio minero, con objeto de obtener los beneficios de la expropiación forzosa de los terrenos necesarios para el emplazamiento de trabajos, instalaciones y servicios asociados.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
13/10/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    Declarar de utilidad pública los establecimientos de beneficio minero, con objeto de obtener los beneficios de la expropiación forzosa de los terrenos necesarios para el emplazamiento de trabajos, instalaciones y servicios asociados.
  • Destinatarios

    Titulares de establecimientos de beneficio minero radicados en Extremadura.

  • Requisitos

    Ser titular de un establecimiento de beneficio minero.

    Presentar la Solicitud de declaración de utilidad pública en modelo oficial ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

  • Documentación

    Solicitud de declaración de utilidad pública ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas, acompañada de  una relación concreta e individualizada, en la que se describan, en todos sus aspectos, material y jurídico, los bienes o derechos que el solicitante considere de necesaria expropiación.

    • Solicitud de declaración de utilidad pública ante el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera correspondiente de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
    • Relación concreta e individualizada, en la que se describan, en todos sus aspectos, material y jurídico, los bienes o derechos que el solicitante considere de necesaria expropiación.
    • Planos detallados del establecimiento de beneficio minero, con representación de los terrenos cuya expropiación se pretende.
  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Industria, Energía y Minas
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Badajoz
    Avenida Miguel de Fabra, 4
    06071, Badajoz
    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Cáceres
    Avenida Clara Campoamor, 2
    10071, Cáceres

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