Ayuda destinada a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados

Solicitud de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2022/2023.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
14/8/2023
  • Plazo de presentación

    Desde: 26/07/2022 Hasta: 27/09/2022

    CONVOCATORIA CERRADA PARA CURSO 2022-2023

    Las solicitudes de las ayudas se presentarán por el o la representante legal de la entidad titular del centro educativo en el correspondiente Proyecto de necesidades (anexo III), rellenando éste a través de la Plataforma Rayuela, una vez digitalizadas en dicha plataforma todas las solicitudes recibidas de las familias y se Dirigirán a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, en el plazo de treinta días hábiles contados desde la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

  • Finalidad

    Financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2022/2023, con la finalidad de garantizar el acceso gratuito a los libros de texto y material escolar mediante un sistema de préstamo de libros de texto y material escolar.
  • Destinatarios

    Centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2022/2023, con la finalidad de  arantizar el acceso gratuito a los libros de texto y material escolar mediante un sistema de préstamo de libros de texto y material escolar.

  • Requisitos

    Para la determinación del alumnado usuario de libros de texto y material escolar, los Consejos
    Escolares de los centros solicitantes utilizarán los siguientes criterios:

    1. Pertenecer a unidades familiares que tengan la condición de familia numerosa .
    2. Pertenecer a unidades familias cuya renta computable no supere los umbrales de rentas

    computables máximos que se especifican a continuación. Para ello se tendrá en cuenta
    la renta de la unidad familiar correspondiente al año 2021:

    • Familias de 1 miembro:......................................................... 8.422 euros.
    • Familias de 2 miembros:...................................................... 12.632 euros.
    • Familias de 3 miembros:...................................................... 16.843 euros.
    • Familias de 4 miembros:...................................................... 21.054 euros.
    • Familias de 5 miembros:...................................................... 24.423 euros.
    • Familias de 6 miembros:...................................................... 27.791 euros.
    • Familias de 7 miembros:...................................................... 31.160 euros.
    • Familias de 8 miembros:...................................................... 34.529 euros.
    • A partir del octavo miembro, se añadirán 3.369 euros por cada nuevo miembro computable.
  • Cuantía

    1. Las cuantías máximas a librar a cada centro educativo por el concepto de libros de texto se calcularán en función de las necesidades previstas por el centro en su proyecto de necesidades, anexo III, teniendo en cuenta el número total de alumnos/as prestatarios/as que no vayan a ver atendidas sus necesidades a trasvés del banco de libros del centro educativo.


    2. Con carácter previo a la determinación de las necesidades cada centro educativo procederá a la actualización del banco de libros mediante la presentación del Anexo V de la presente resolución.

    3. Tal como se establece en la Disposición adicional única de la Orden de 4 de julio de 2022, , la cuantía establecida por alumno o alumna prestatario será de un 120 euros para educación primaria y 150 euros para educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y educación especial.
    4. Las cuantías máximas a conceder a cada centro educativo por el concepto de material escolar se calcularán teniendo en cuenta el número total de alumnos/as prestatarios/as del centro matriculados en segundo ciclo de Educación Infantil. La cuantía establecida por alumno/ prestatario/a será de 30 euros.

  • Documentación

    ANEXO I. SOLICITUD DE LAS FAMILIAS (Rellenarán esta solicitud todos los alumnos y alumnas solicitantes)

    ANEXO II AUTORIZACIÓN Y DATOS FAMILIARES

    ANEXO III PROYECTO DE NECESIDADES(se rellena por el centro escolar)

    ANEXO IV. CERTIFICACIÓN DE ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR POR CENTROS CONCERTADOS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, F.P. BÁSICA Y EDUCACIÓN ESPECIAL.(se rellena por el centro escolar))

    ANEXO V ACTUALIZACIÓN DEL BANCO DE LIBROS(se rellena por el centro escolar)

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: Sí
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso potestativo de reposición

      Recurso contencioso-administrativo 

  • Más información

    ENTIDADES BENEFICIARIAS: centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial y que impartan las enseñanzas que se relacionan para cada una de las modalidades de ayuda, cumplan los requisitos establecidos para ser titulares de las ayudas, los cuales, podrán manifestar de manera voluntaria y expresa su voluntad de incorporarse al sistema de préstamo de libros de texto y material escolar asumiendo las obligaciones inherentes al mismo.

    1. Modalidad A. Libros de texto: Enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial. 
    2. Modalidad B. Material escolar: Enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación y Empleo
    Secretaría General de Educación
    Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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