Conciertos educativos - Juntaex.es
Conciertos educativos - Juntaex.es
Conciertos educativos
Régimen de Conciertos educativos para la renovación, suscripción y/o modificación de los conciertos educativos
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1750975200000 - Jun 26, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1752184740000 - Jul 10, 2025 9:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 27/06/2025 Hasta: 10/07/2025Diez días hábiles a partir de la fecha de publicación.
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Finalidad
Convocar el procedimiento de renovación, suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2025/2026. -
Destinatarios
Centros concertados.
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Requisitos
Para poder acogerse al régimen de conciertos, los centros privados deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Todos los centros docentes deberán reunir unos requisitos mínimos para impartir las enseñanzas con garantía de calidad. Los requisitos mínimos se referirán a los siguientes aspectos:
- Titulación académica del profesorado
- Relación numérica alumno-profesor
- Instalaciones docentes y deportivas
- Número de puestos escolares.
- Además, debe estar debidamente autorizados para impartir las enseñanzas que constituyen el objeto del concierto y se sometan a las normas establecidas en el título IV de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y asuman las obligaciones derivadas del concierto en los términos legalmente establecidos.
- No obstante, lo anterior podrá concederse excepcionalmente concierto a unidades que se encuentren en trámite de autorización, condicionado, en todo caso, a la efectiva obtención de la autorización antes del inicio del curso académico 2025/2026.
- Los centros privados de nueva creación que vayan a impartir enseñanzas comprendidas en la educación básica y deseen acogerse al régimen de conciertos lo solicitarán al iniciarse el procedimiento de autorización administrativa. De no solicitarlo en tal momento, no podrán acogerse a dicho régimen hasta que hayan transcurrido cinco años desde la fecha de su autorización. Las Delegaciones Provinciales de Educación correspondientes, informarán a los centros privados de nueva creación, sobre los requisitos necesarios para poder acogerse al régimen de conciertos.
- Todos los centros docentes deberán reunir unos requisitos mínimos para impartir las enseñanzas con garantía de calidad. Los requisitos mínimos se referirán a los siguientes aspectos:
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Cuantía
Los importes que se derivan de la aplicación de la orden para el sostenimiento de los centros concertados durante el curso 2025/2026 se imputarán a los siguientesf programas:
- Programa 222A: Educación Infantil y Primaria: Para la consecución de los fines pretendidos en los niveles educativos de Educación Infantil (3 - 6 años) y Educación Primaria, se destinará la cantidad máxima de 14.942.223,83€, para los meses de septiembre a diciembre de 2025, con cargo a la posición presupuestaria 130020000/G/222A/47000/GAG0000001/20000664. Con relación a los dos primeros cuatrimestres del año 2026, se destinará la cantidad de 33.386.239,21€, realizándose el ajuste derivado de la aplicación de los módulos económicos aprobados para dicho ejercicio.
- Programa 222B: Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional: Para la consecución de los fines pretendidos en los niveles educativos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, se destinará la cantidad máxima de 12.189.318,58€, para los meses de septiembre a diciembre de 2025, con cargo a la posición presupuestaria 130020000/G/222B/47000/GAG0000001/20200192. Con relación a los dos primeros cuatrimestres del año 2026, se destinará la cantidad de 27.391.508,42€, realizándose el ajuste derivado de la aplicación de los módulos económicos aprobados para dicho ejercicio.
- Programa 222C: Educación Especial, Enseñanzas Artísticas e Idiomas: Para la consecución de los fines pretendidos en el nivel educativo de Educación Especial, se destinará la cantidad máxima de 2.687.692,71€, para los meses de septiembre a diciembre de 2025, con cargo a la posición presupuestaria 130020000/G/222C/47000/ GAG0000001/20000669. Con relación a los dos primeros cuatrimestres del año 2026, se destinará la cantidad de 5.802.436,08€, realizándose el ajuste derivado de la aplicación de los módulos económicos aprobados para dicho ejercicio.
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Documentación
Los centros deberán acompañar, junto con la solicitud (en formato pdf), la siguiente documentación de forma obligatoria:
- Memoria explicativa que deberá especificar:
- Alumnado matriculado en enseñanzas concertadas en el curso 2025/2026 indicando su distribución por niveles y unidades. En el caso de centros que imparten Ciclos Formativos, se indicará, además, la distribución del alumnado en los distintos ciclos formativos y familias profesionales. En el caso de Educación Especial, se indicará la distribución según sus características debidamente evaluadas por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
- En caso de solicitar concierto de apoyo educativo, relación nominal y sucinta caracterización individualizada del alumnado con necesidades educativas especiales o de compensación educativa, según se trate. El alumnado que se incluya como de necesidades educativas especiales deberá estar debidamente evaluado por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
- Términos en que se satisfacen necesidades de escolarización, de acuerdo con la demanda existente en el municipio donde se ubique el centro o, en su caso, en la comarca correspondiente y, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15.2 del Decreto 34/2025, de 30 de abril, y en el artículo 14.2 del Decreto 60/2023, de 24 de mayo, así como en la Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se determina la relación media de alumnado/profesor por unidad escolar en los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2025/2026.
- Condiciones socioeconómicas de la población escolar atendida por el centro.
- En su caso, experiencias pedagógicas realizadas en el centro, autorizadas por la Consejería competente en materia de educación, e interés de estas para la calidad de la enseñanza y para el sistema educativo, siempre que estén expresamente
contempladas en el proyecto educativo del centro. - Cualquier otra información que permita valorar la actividad del centro (servicios complementarios, actividades complementarias y extraescolares y otras circunstancias).
- Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de que el centro se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, o autorización expresa en el modelo de solicitud a que el órgano gestor recabe de oficio esos datos.
- Certificaciones expedidas por la Hacienda autonómica y por la Tesorería General de la Seguridad Social que acrediten que el centro se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización expresa en el modelo de solicitud a que el órgano gestor recabe de oficio esos datos.
- Declaración responsable de la persona solicitante de que el centro no recibe ayudas o subvenciones de ningún ente público o privado para la misma finalidad, así como que no se perciben de las madres y los padres o tutores legales del alumnado cantidades que supongan, directa o indirectamente, una contrapartida económica por impartir las enseñanzas en el nivel educativo objeto del concierto, salvo en el supuesto de conciertos en régimen singular formalizados en los niveles de Bachillerato y Formación Profesional de Ciclos Formativos de Grado Superior, del Grado D del Sistema de Formación Profesional.
- Declaración responsable de la persona solicitante del concierto de no haber recaído resolución administrativa o judicial firme de percepción indebida de cantidades o, en su caso, acreditación documental de reintegro de estas.
- Documento de Alta de Terceros, para los centros que soliciten la suscripción por primera vez.
- Cuando la titularidad de un centro que desee suscribir por primera vez un concierto educativo corresponda con una cooperativa, se acompañará declaración expresando que los Estatutos no contienen cláusulas que impidan el cumplimiento de las obligaciones propias de los centros acogidos al régimen de conciertos educativos; a dicha declaración se acompañará una copia de los Estatutos y de la inscripción registral de la cooperativa.
- De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor recabará de oficio los datos y documentos necesarios elaborados por cualquier Administración pública y concretamente los exigidos en la presente convocatoria, salvo que la persona solicitante se oponga expresamente en el modelo. Si la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración Pública, la persona, empresa o entidad solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura.
- Declaración responsable de la persona solicitante del concierto de no reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 apartados 5, y 6 del Decreto 39/2025, de 30 de abril.
- Memoria explicativa que deberá especificar:
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Solicitud y Anexos
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
No procede recurso.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Secretaría General de Educación y Formación Profesional
Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos
Avenida Valhondo,
06800, Mérida