Ayuda para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida - JUNTAEX
Ayuda para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida - JUNTAEX
Ayuda para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida
Solicitud de ayudas para la realización de programas educativos no formales de aprendizaje a lo largo de la vida dirigido a personas adultas para el curso 2023/2024.
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Plazo de presentación
Desde: 21/04/2023 Hasta: 03/05/2023 -
Finalidad
Estas ayudas tienen por finalidad colaborar en la oferta a las personas adultas de programas educativos no formales de aprendizaje, por parte de las corporaciones locales, bien directamente o a través de las mancomunidades de municipios, así como de las entidades privadas sin ánimo de lucro. -
Destinatarios
Son beneficiarios de estas ayudas,las siguientes entidades:
a) Las corporaciones locales de la Comunidad Autonóma de Extremadura.
b) Las mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Las entidades privadas sin ánimo de lucro.
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Requisitos
1. Todas las entidades beneficiarias deberán cumplir con los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiario, según lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Todas las entidades beneficiarias deberán disponer de las infraestructuras y equipamientos necesarios para el desarrollo de los programas.
3. Las mancomunidades podrán presentar solicitud de ayudas para efectuar los programas en el ámbito territorial de todos o parte de los municipios que la conforman.
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Cuantía
1. Para la modalidad A: Orientada a la formación en competencias básicas, al acceso a niveles del sistema educativo y a la preparación de pruebas para la obtención directa de titulaciones dirigidas a personas adultas, las entidades recibirán una ayuda de 2.550 euros por programa.
2. Las ayudas estarán financiadas por fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial, o hasta la cuantía correspondiente cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables,siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir nueva convocatoria.
4. Para la consecución de los fines propuestos en la convocatoria se destinará la cantidad total de 724.200 euros.
5. La ayuda cocnedida se abonará directamente a la entidad beneficiaria en un único pago,mediante trasnferencia, en la cuenta bancaria indicada en la solicitud,sin necesidad de presentar garantías por razón de pagp anticipado.
6. Son gastos imputables al programa únicamente los relativos al coste de personal del equipo educativo del programa, que incluyen tanto las retribuciones de los formadores como la correspondiente cuota de la Seguridad Social
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Documentación
La solicitud deberá presentarse acompañada de la sigueinte documentación:
1. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias,para aquellas entidades que en la solicitud de ayuda no autoricen expresamente al órgano gestor a consultar los datos con la Agencia Estatal de Administración tributaria.
2. Las entidades que recibna otras ayudas, declaración responsable en la que se haga constar esta circunstancia.
3. Las mancomunidades acompañarán escrito de cada municipio, que exprese su conformidad con el desarrollo de los programas en su ámbito territorial
4. Las entidades privadas sin ánimo de lucro, que soliciten ayuda por primera vez aportarán en su caso:
a) Copia auténtica de sus Estatutos.
b) Copia auténtica de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidades solicitante.
c) Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal de la entidad solicitante.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Enseñanza de Personas Adultas y a Distancia
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación y Empleo
Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo
Servicio de Enseñanza de Personas Adultas y a Distancia
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
