Ayuda para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida - Juntaex.es
Ayuda para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida - Juntaex.es
Ayuda para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida
Ayudas para la realización de programas educativos no formales de aprendizaje a lo largo de la vida dirigido a personas adultas
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1748988000000 - Jun 3, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1750197540000 - Jun 17, 2025 9:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 04/06/2025 Hasta: 17/06/2025El plazo de presentación de solicitudes es de diez dás hábiles tal y como viene recogido en el resuelvo undécimo
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Finalidad
Estas ayudas tienen por finalidad colaborar en la oferta a las personas adultas de programas educativos no formales de aprendizaje, por parte de las corporaciones locales, bien directamente o a través de las mancomunidades de municipios, así como de las entidades privadas sin ánimo de lucro. -
Destinatarios
Podrán obtener la condición de beneficiarios las siguientes entidades:
a) Las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Las mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Las entidades privadas sin ánimo de lucro que entre sus fines figuren la educación o la formación de personas adultas, dispongan de personalidad jurídica, estén legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Requisitos
Requisitos de las entidades beneficiarias:
1. Todas las entidades beneficiaras deberán cumplir con los requisitos establecidos para obte ner la condición de beneficiario, según lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Todas las entidades beneficiaras deberán disponer de las infraestructuras y equipamientos necesarios para el desarrollo de los programas.
3. Las mancomunidades podrán presentar solicitud de ayudas para efectuar los programas en el ámbito territorial de todos o parte de los municipios que la conforman, previa conformi dad de los municipios interesados. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán presentar solicitud simultáneamente de forma independiente.
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Cuantía
1. Para este curso, se establece una sola modalidad de programas educativos:
Modalidad A: Orientada a la formación en competencias básicas, al acceso a niveles del sistema educativo y a la preparación de pruebas para la obtención directa de titulaciones dirigidas a personas adultas. Los programas educativos asociados a esta modalidad son los establecidos en el anexo I de la resolución.
2. Las ayudas estarán financiadas con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. De conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la conce sión de las mismas sin necesidad de abrir nueva convocatoria.
4. Para la consecución de los fines propuestos en la convocatoria se destinará la cantidad total de 744.600 euros con las siguientes características:
a) Para desarrollar programas educativos pertenecientes a la modalidad A, por parte de corporaciones locales, se destinan 586.500 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222E/46000/CAG0000001/200601
b) Para desarrollar programas educativos pertenecientes a la modalidad A, por mancomu nidades de municipios, se destinan 135.150 euros con cargo a la aplicación presupues taria 130030000/G/222E/46000/ CAG0000001/20060113.
c) Para desarrollar programas educativos pertenecientes a la modalidad A, por entidades privadas sin ánimo de lucro, se destinan 22.950 euros con cargo a la aplicación presu puestaria 130030000/G/222E/48000/ CAG0000001/200601
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Documentación
La documentación tendrá carácter obligatorio
La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
1. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda Autonómica y con la Seguridad Social para aquellas entidades que en la solicitud de ayuda no autoricen expresamente al órgano gestor a consultar los datos.
2. Las entidades que reciban otras ayudas para el desarrollo de los programas solicitados deberán presentar declaración responsable en la que se haga constar esta circunstancia, la cuantía de la misma, el organismo que la otorga y que el importe total, incluyendo la totalidad de las aportaciones, no supera el coste de realización de la actividad.
3. Las Mancomunidades acompañarán escrito de cada municipio, que se formalizará según el anexo IV de la presente resolución, que exprese su conformidad con el desarrollo de los programas en su ámbito territorial y renunciando a solicitarlo de forma independiente. Asimismo, en el caso de impartirse alguno de los programas solicitados en su municipio deberá hacer constar que dispone de las instalaciones adecuadas para su desarrollo.
4. Las entidades privadas sin ánimo de lucro, que soliciten la ayuda por primera vez o hayan modificado su situación respecto a la última documentación presentada, aportarán en su caso:
a) Copia auténtica de sus Estatutos, excepto cuando la entidad solicitante adopte la forma jurídica de asociación y se encuentre inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en cuyo caso serán consultados de oficio, salvo que se deniegue en la solicitud el consentimiento para que el órgano gestor realice dicha consulta.
b) Copia auténtica de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad solicitante, para el caso de entidades que en el modelo de solicitud no hayan concedido la autorización per tinente al órgano gestor para que pueda consultar este documento en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal de la entidad solicitante, para actuar en nombre y representación de la misma.
5. Aquellas entidades que deseen acreditar la eficacia de los programas subvencionados en el curso anterior deberán aportar copia auténtica de la certificación académica acreditativa de obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria o de la superación de las Pruebas de acceso de Grado Medio o Superior o de la superación de competencias claves para cursar certificados de profesionalidad de nivel 2 o 3 del alumnado alegado.
6. En el supuesto anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) El órgano gestor, previa autorización del alumnado implicado recabará los méritos académicos alegados de los registros automatizados de la plataforma educativa Rayuela, cuando tal información esté disponible en los citados registros.
b) Si las titulaciones alegadas no hubieran sido obtenidas en Extremadura, podrá sustituirse por el código de autorización a terceros en vigor para consultar títulos en el Registro Nacional de Títulos académicos y profesionales no universitarios gestionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, mediante acceso telemático.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Decreto 51/2015 de 30 de marzo establece las bases reguladoras de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la comunidad Autonóma de Extremadura (DOE Nº 64 de 6 de abril)
- RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2025/2026
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
