Ayudas posdoctorales COFUND 2024

Solicitud de ayudas del Proyecto 101128265-TALENT4IBERIA para la contratación de personal investigador posdoctoral en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.

En plazo

Fecha de actualización
:
1/5/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 01/05/2024 Hasta: 01/06/2024

    El plazo de presentación de solicitudes y la documentación que deberá acompañarlas será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria en el DOE (https://doe.juntaex.es/).

  • Finalidad

    Las ayudas del proyecto 101128265-TALENT4IBERIA están destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+I en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01. La finalidad de las ayudas será la realización de tareas de investigación, orientadas a mejorar el potencial creativo e innovador del personal investigador posdoctoral, mediante un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional a través de la formación avanzada y movilidad internacional, interdisciplinar e intersectorial, que conduzca a la consolidación de su experiencia profesional.
  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los siguientes agentes SECTI:

    a) Universidad de Extremadura (UEX).

    b) Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).

    c) Fundación para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología-Parque Científico Tecnológico de Extremadura (FUNDECYT-PCTEX), para desarrollar su actividad en el Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento de Energía (CIIAE) hasta su constitución, conforme a lo previsto en convenio suscrito mediante Resolución de 14 de junio de 2022 (DOE, número 118, 21 de junio de 2022).

  • Requisitos

    El personal investigador posdoctoral interesado en obtener un contrato con uno de los agentes SECTI solicitante deberá cumplir para su admisión en el proceso selectivo con los siguientes requisitos:

    a) Estar en posesión del título de doctor/a, en el momento de presentación de la solicitud. Se entenderá como fecha de obtención de este la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.

    En caso de título extranjero, deberá estar acreditado o en su defecto haber solicitado el correspondiente certificado de equivalencia expedido por el Rector de la UEX y en él se hará constar el título extranjero poseído por la persona interesada y la universidad de procedencia, conforme a lo previsto en la Resolución de 24 de marzo de 2017 de la Gerencia de la UEX.

    b) El personal investigador posdoctoral deberá cumplir con la regla de movilidad (MR) de no haber residido o realizado su actividad principal en España, tanto laboral como de estudios, durante más de 1 año en los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

    Para dicho cómputo, se tendrán en cuenta periodos inferiores, siempre que la totalidad no supere el año. El plazo se acreditará con la aportación de cualquier documentación justificativa de las estancias realizadas, mediante contratos de trabajo, matrícula de estudios o equivalentes.

    No se tendrá en cuenta para el cómputo los periodos de vacaciones, las estancias breves y el periodo como persona refugiada, según lo dispuesto en la Convención de Ginebra.

    c) El personal investigador posdoctoral candidato no podrá formar parte de la plantilla laboral de los agentes SECTI beneficiarios.

    d) La propuesta de investigación deberá versar dentro del área de tecnologías verdes, en alguna de las líneas que se determinan en el ANEXO I del decreto. En caso contrario, se desestimará la solicitud de la ayuda.

  • Cuantía

    El importe de las ayudas es de DOS MILLONES, CIENTO OCHENTA MIL SEISCIENTOS VEINTE EUROS (2.180.620,00€) que se imputarán al proyecto de gasto 20240142 denominado AYUDAS POSDOCTORALES COFUND con fuente de financiación PC00020016.

    Las actuaciones comprendidas en el decreto serán cofinanciadas al 50% por el Programa HORIZON-MSCA-2022-COFUND-01 Proyecto 101128265 Talent4Iberia, y el importe restante por los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Documentación

    La documentación requerida para optar a la ayuda, que deberá aportarse junto con la solicitud, será la siguiente:

    a) Título oficial de doctor/a. En caso de persona candidata extranjera, se deberá aportar, además el correspondiente certificado de equivalencia o en su defecto la solicitud de este, conforme a lo previsto en el artículo 4 de este decreto.

    b) Propuesta de investigación, según el modelo normalizado disponible en la plataforma SECTI, https://secti-idi.juntaex.es/SECTI/publico/descargas.jsf, en español o en inglés, con una extensión máxima de 5 páginas, firmada por la persona candidata, que describirá el proyecto de investigación a desarrollar durante el periodo de ejecución de la ayuda concedida.

    c) Documento PDF del CVN del personal investigador posdoctoral candidato, en español o en inglés, generado a través de la página web https://cvn.fecyt.es/editor/.

    d) Declaración responsable de la veracidad de los méritos curriculares presentados a través del CVN.

    e) Declaración responsable de no haber disfrutado de un contrato de acceso de personal investigador doctor o bajo la extinta modalidad de contrato de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. En su caso, acreditar el periodo de disfrute de dicho contrato mediante documento justificativo adjunto a la solicitud.

    Las declaraciones responsables indicadas en los apartados d) y e), se presentarán mediante modelos normalizados disponibles en la plataforma SECTI, https://secti-idi.juntaex.es/SECTI/publico/descargas.jsf  y deberán estar firmadas por el personal investigador postdoctoral candidato.

    f) Certificado que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33%, si la hubiera.

    g) Documento justificativos del cumplimento de la regla de movilidad (MR): registros municipales, contratos de trabajos, contrato de alquiler, estudios presenciales o cualquier documento que acredite no haber residido en España, según lo dispuesto en el artículo 4.

    h) Documento que acredite que la persona candidata ha tenido alguna circunstancia que haya limitado su carrera investigadora por interrupciones por tiempo de trabajo en la industria u otros sectores, así como por licencias parentales, enfermedades y servicios militares obligatorio, así como el tiempo de duración de esta circunstancia, si la hubiera, así como todas aquellas circunstancias previstas en el artículo 22d) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

    En el caso de los apartados f), g) y h), si la documentación expedida fuera en un idioma distinto de las lenguas oficiales de España o del inglés, deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al español, acreditada por un traductor jurado autorizado o inscrito en España.

    En caso de no autorizar expresamente al órgano gestor para recabarlo de oficio, el agente SECTI solicitante deberá aportar, junto con la solicitud de esta ayuda, certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden: &ltp style="margin-bottom:8px; text-align:justify">La resolución no pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la LAPCAP, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
    Servicio de Recursos de la Investigación Científica Pública
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida

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