Subvenciones destinadas a fomentar la seguridad y salud en el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad en las empresas

Subvenciones destinadas a fomentar la adaptación de los puestos de trabajo ocupados por personas trabajadoras con discapacidad en las empresas

En plazo

Fecha de actualización
:
26/1/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1770433954453 - Feb 7, 2026 3:12:34 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1769468400000 - Jan 26, 2026 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1771282740000 - Feb 16, 2026 10:59:00 PM
Icono de información

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Código SIA: 3156789

  • Plazo de presentación

    Desde: 27/01/2026 Hasta: 16/02/2026

    El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación  de la convocatoria de la subvención en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
     

  • Finalidad

    Fomentar la adaptación de los puestos de trabajo ocupados por personas trabajadoras con discapacidad
  • Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas y agrupaciones de personas físicas y jurídicas, con ánimo de lucro, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, siempre que tengan trabajadores/as por cuenta ajena mediante contrato indefinido, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y realicen las inversiones destinadas a la adaptación de los puestos y/o entorno del trabajo o dotación de equipos de protección específicos en relación a su discapacidad para evitar accidentes laborales a la persona trabajadora con discapacidad o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo, en centros de trabajo situados en Extremadura. 

    Comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos y puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención.

  • Requisitos

    Requisitos para obtener la condición de beneficiario.

    Las personas solicitantes deberán reunir, en la fecha de publicación de la convocatoria en el DOE, los siguientes requisitos para acceder a la subvención:

    a) Las empresas y agrupaciones de empresas deberán tener personalidad jurídica y no encontrarse en proceso de disolución. Las personas físicas tendrán que ser personas trabajadoras autónomas que tengan contratados trabajadores/as por cuenta ajena.

    b) Las comunidades de bienes u otras agrupaciones sin personalidad jurídica, deberán hacer constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos. Deberá nombrarse un/a representante o apoderado/a único/a de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario/a, corresponden a la agrupación.

    c) Ejercer una actividad económica, así como tener centros de trabajo fijos o móviles en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura o realizar trabajos como contratista de obras de construcción en Extremadura.

    d) Estar inscritos/as en el correspondiente registro público de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa aplicable.

    e) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como cumplir, con carácter general, las obligaciones previstas en el artículo 13 de la referida Ley.

    f) Tener contratados trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con un mínimo de, al menos, un trabajador/a y en un número no superior a 50 en todo el territorio nacional, en la fecha de la publicación de cada convocatoria. 

    g) No haber sido sancionada, con carácter firme, por infracciones muy graves, en materia de prevención de riesgos laborales durante los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de cada convocatoria de las subvenciones.

    h) Disponer de organización preventiva adecuada a la legislación vigente sobre prevención de riesgos laborales, que incluya todas las disciplinas o especialidades preventivas: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo.

    i) Solicitar la ayuda para un trabajador o trabajadora con discapacidad que lleve en alta en la empresa durante, al menos, 2 años.

    Actuaciones subvencionables.

    Las actuaciones subvencionables serán el conjunto de necesidades que conlleven la adaptación del puesto, y/o lugar y entorno de trabajo de una persona trabajadora con discapacidad: adaptación de equipos de trabajo, equipos específicos, herramientas, adaptadores mecánicos, materiales constructivos, soluciones constructivas y adaptaciones del edificio y entorno.
     

  • Cuantía

    La cuantía de las subvenciones será del 50% del coste de la inversión subvencionable, con un límite de 20.000 euros por beneficiario/a, para la totalidad de las inversiones subvencionables realizadas y justificadas.

  • Documentación

    Documentación obligatoria

    La solicitud para la obtención de la subvención se formalizará mediante el modelo normalizado que se adjunta como anexo I y deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    a) Datos identificativos del solicitante.

    b) Declaración responsable de las subvenciones u otras ayudas públicas de cualquier régimen de mínimis recibidas en los tres últimos ejercicios. Para ello deberán formalizar el anexo II. 

    c) Memoria, cumplimentando el modelo recogido en el Anexo III, donde se recojan los siguientes aspectos:

    1º. Descripción de los equipos de trabajo, medios o instalaciones cuya adquisición fundamenta la solicitud de la subvención. 

    2º. Justificación de la inversión prevista en base a las mejoras de condiciones de seguridad y salud laboral producidas como consecuencia de la inversión para las personas trabajadoras con discapacidad. 

    3º. Importe pormenorizado e individualizado de las inversiones para las que se solicita la subvención, sin incluir el IVA. 

    d) Acreditación de la Organización Preventiva establecida en la empresa en todas las disciplinas o especialidades o, en su caso, de la persona que asuma la actividad preventiva.

    e) Estudio de adaptación del puesto de trabajo objeto de la subvención; este estudio podrá ser realizado por Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa o bien por entidad especializada con competencias en estudios de adaptación de puestos de trabajo. El estudio de adaptación del puesto deberá contar con: 

    1. Descripción de la empresa / centro de trabajo objeto de la subvención. 

    2. Evaluación del puesto de trabajo de la persona trabajadora con discapacidad, en el que se describan aspectos como: 

    - Datos generales, entre otros, formación requerida, localización del puesto, equipos de trabajo utilizados, desplazamientos y jornada laboral. 

    - Descripción de las tareas realizadas en el puesto de trabajo. 

    - Demandas del puesto de trabajo. 

    - Entorno del trabajo. 

    - Dimensiones del puesto. 

    - Accesibilidad al puesto. 

    3. Evaluación de la persona trabajador/a con discapacidad: entre otros, información general del trabajador/a, capacidad del sujeto, tolerancia al entorno a las dimensiones del sujeto. 

    4. Desajustes preventivos entre el puesto de trabajo y la persona trabajadora con discapacidad que lo ocupa. 

    5. Riesgos del puesto de trabajo, indicando los genéricos y los relacionados con las  características de discapacidad del trabajador/a que los ocupa. 

    6. Valoración donde se incluyan los cambios con las indicaciones preventivas y medidas de adaptación del puesto al trabajador con discapacidad. 

    f) Copia del contrato de trabajo del trabajador/a o trabajadores/as para los que se solicita la ayuda,  en la que se acredite su antigüedad en la empresa.

    g) Declaración responsable del/la representante legal de la empresa sobre las sanciones firmes y la siniestralidad laboral de la entidad solicitante, en los dos años inmediatamente anteriores a la  fecha de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

    h) Alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura. 

     

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Economía, Empleo y Transformación Digital
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital

    Dirección General de Trabajo

    Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida