Ayudas de accesibilidad en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada (Programa 2)

Ayudas a las actuaciones de accesibilidad en edificios existentes y establecimientos de titularidad pública o privada

En plazo

Fecha de actualización
:
7/10/2025
Actual (long): 1759925042448 - Oct 8, 2025 12:04:02 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1759874400000 - Oct 7, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1767823140000 - Jan 7, 2026 9:59:00 PM
Icono de información

Lea los requisitos y trámite

Código SIA: 3143325

  • Plazo de presentación

    Desde: 08/10/2025 Hasta: 07/01/2026
  • Finalidad

    Mejoras de accesibilidad en accesos e interiores de los edificios existentes de titularidad pública o privada. Quedan excluidos los edificios de uso residencial, salvo los que ubiquen establecimientos que ofrezcan servicios para el público en general.
  • Destinatarios

    Podrán ser destinatarios de las ayudas:

    1. Los municipios y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    2. Empresas privadas que cuenten con centro de trabajo y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura
    3. Entidades con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Requisitos

    De acuerdo con lo señalado en el artículo 5, apartado 2.2 del decreto por el que se establecen las bases reguladoras y en consonancia con lo regulado en el artículo 2 del mismo, podrán ser entidades beneficiarias:

    1. Los municipios y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    2. Empresas privadas que cuenten con centro de trabajo y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    3. Entidades con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Cuantía

    1. El importe del crédito destinado a esta convocatoria es de dos millones seiscientos noventa mil euros (2.690.000 euros) financiado con fondos Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente ampliación presupuestaria y programa de financiación: 110080000/G/262A/CAG0000001/20120187, ¿Accesibilidad en edificios y espacios públicos ¿presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los ejercicios 2025, 2026 y 2027.

    2.  Este crédito presupuestario se distribuirá entre las distintas anualidades y aplicaciones económicas de la siguiente forma:

    Aplicación económica                                     2025                      2026                      2027

    11008    262A      760                                         270.000                100.000                270.000               

    11008    262A     770                                              -                       600.000                700.000               

    11008    262A     780                                               -                       350.000                400.000

    3. Se consideran subvencionables los costes de ejecución de la actuación. No se consideran costes subvencionables los correspondientes a los servicios de redacción de la documentación técnica y dirección técnica de ejecución, los gastos de gestión, licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

    La intensidad de la ayuda será la siguiente, según las actuaciones enumeradas en el apartado 3 de este artículo:

    a) Instalación de ascensores accesibles, intensidad del 80%, hasta un límite de 60.000€.

    b) Adecuación de accesos a los edificios, a las normas de accesibilidad, intensidad del 80%, hasta un límite de 6.000€

    c) Adecuación de itinerarios de circulación en el interior de los edificios a las normas de accesibilidad, intensidad del 80% hasta un límite de 6.000€

    d) Adecuación o ejecución de aseos a las normas de accesibilidad, intensidad del 80%, hasta un límite de 3.000€

    e) Adecuación o ejecución de aseos para personas con ostomía, intensidad del 100%, hasta un límite de 6.000€

    En el caso de que la solicitud objeto de este programa contenga varios tipos de actuaciones, la cuantía de la ayuda será la suma de las cuantías correspondientes a cada tipo.

  • Documentación

    Se deberán aportar los siguientes documentos:

    1. Presupuesto del gasto de la actuación (obligatorio).
    2. Documentación técnica, en soporte informático, necesaria para la ejecución de la actuación y suscrita por persona facultativa competente según el caso, que deberá incorporar como contenido mínimo en materia de accesibilidad (obligatorio):
      1. La memoria descriptiva, que contendrá una justificación pormenorizada del cumplimiento de las determinaciones exigibles en materia de accesibilidad de la actuación, de forma que pueda verificarse su cumplimiento. En el caso de que no sea posible garantizar el cumplimiento de alguna de las condiciones de accesibilidad, la memoria incluirá, expresamente, justificación técnica de los condicionantes que lo impiden, así como las soluciones alternativas para garantizar el mayor grado de adecuación a los parámetros incumplidos, sin que ello exima del cumplimiento del resto de condiciones exigibles.
      2. En la documentación gráfica, se incluirá la necesaria para representar y definir los espacios, servicios y dotaciones con relevancia en la consecución de las condiciones de accesibilidad. Como mínimo contará con los planos acotados que representen las áreas e itinerarios peatonales accesibles (acotando anchos de paso, giros, pendientes de rampas, espacios de maniobra y acercamiento, etc), así como los elementos accesibles (espacios reservados, productos de apoyo, mobiliario y señalización accesible, etc), según corresponda.
      3. El presupuesto de la actuación contendrá los costes de accesibilidad
    3. Documentación fotográfica suficiente para definir con todo detalle el ámbito de actuación y sus condiciones de accesibilidad (obligatorio).
    4. Informe de la Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura (en adelante OTAEX) sobre la idoneidad de la solución propuesta para llevar a cabo la actuación subvencionable (obligatorio).
    5. Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, hacienda autonómica y con la Seguridad Social, en el que caso de que la persona interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con el artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (opcional).
    6. Escritura de constitución de las personas jurídicas, según la normativa que les resulte de aplicación o declaración expresa en su solicitud que se encuentran debidamente constituidas. (solo en caso de que en el apartado 4 se seleccione: empresa o entidad sin ánimo de lucro). (opcional)
    7. Documento acreditativo del poder del representante legal y documento de identificación personal (opcional).
    8. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad del colegio profesional, según el tipo de solicitante (opcional).
    9. Declaración detallada referente a todas las demás ayudas de minimis recibidas durante cualquier periodo de tres años anteriores (fecha a fecha) y que estén sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión y a otros reglamentos de minimis (opcional).
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Accesibilidad y Centros
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales

    Dirección General de Accesibilidad y Centros

    Servicio de Accesibilidad y Centros

    Avenida de las Américas, 2

    06800, Mérida