Ayudas destinadas a la mejora, conservación y mantenimiento de los caminos rurales públicos

Ayudas destinadas a la mejora, conservación y mantenimiento de los caminos rurales públicos de titularidad municipal en Extremadura

Próximamente

Fecha de actualización
:
20/1/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1768941656659 - Jan 20, 2026 8:40:56 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1768950000000 - Jan 20, 2026 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1771714740000 - Feb 21, 2026 10:59:00 PM
Icono de información

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Código SIA: 3225858

  • Plazo de presentación

    Desde: 21/01/2026 Hasta: 21/02/2026
  • Finalidad

    Ayudas destinadas a la mejora, conservación y mantenimiento de los caminos rurales públicos de titularidad municipal de Extremadura persigue las siguientes finalidades: mejora de la accesibilidad en las zonas rurales; apoyo a la competitividad agraria y forestal; conservación de infraestructuras básicas; refuerzo de la capacidad operativa de los municipio; y/o especial respuesta ante daños accidentales o climatológicos.
  • Destinatarios

    Línea I: Ayudas para la adquisición de maquinaria nueva: mancomunidades integrales y municipios que sean titulares de parques de maquinaria destinados a la conservación y mantenimiento de los caminos rurales que discurren por los términos municipales que les afectan. 

    Línea II: Ayudas para la reparación y restauración de caminos rurales públicos dañados: municipios con menos de cinco mil habitantes y entidades locales menores, respecto a los caminos rurales públicos de titularidad municipal que discurran por su territorio.

  • Requisitos

      Las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. No hallarse incurso en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiaria a tenor de lo previsto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, la Hacienda autonómica y las Seguridad Social. 
  • Cuantía

    Línea I: Ayudas para la adquisición de maquinaria La ayuda consistirá en una subvención del siguiente importe:

    • 75% del importe de la inversión aprobada como subvencionable, cuando sea de cuantía igual o inferior a cincuenta mil euros (50.000€).
    • 50% del importe de la inversión aprobada como subvencionable, cuando tenga un valor comprendido entre cincuenta mil euros con un céntimo (50.000,01€) y ciento cincuenta mil euros (150.000,00€).
    • 25% del importe de la inversión aprobada como subvencionable, cuando tenga un valor comprendido entre ciento cincuenta y un mil euros con un céntimo (150.00,01€) y trescientos mil euros (300.00,00€).

    La inversión subvenciona le será determinada en cada caso por la Administración Autonómica de manera justificada en el informe técnico, que se elaborará al efecto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de este texto.

    El importe máximo de la inversión objeto de la subvención se establece en trescientos mil euros (300.000,00€) por destinatario.

    Línea II: Ayudas para la reparación de caminos deteriorados: La ayuda consistirá en una subvención con importe máximo de cuarenta mil euros (40.000,00€).

    Fuente de financiación: Fondos Feader, Administración General del Estado y Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Documentación

    La documentación que tienen que aportar los interesados es obligatoria.

    Para Línea I: Ayudas para la adquisición de maquinaria se deberá aportar la documentación siguiente:

    1. Solicitud de la subvención, según modelo normalizado que figura en el Anexo I, dirigida a la Dirección General de la Consejería con competencias en infraestructuras rurales.
    2. Memoria descriptiva del inventario de maquinaria de obras públicas del que la entidad local o la mancomunidad es propietaria a la fecha de presentación de la solicitud o de las obras de reparación y/o restauración
    3. Certificación expedida por el Sr. Secretario de la Corporación o Mancomunidad, con el VºBº del Sr. Alcalde o Presidente, de que las inversiones propuestas para la concesión de la ayuda no se encuentran realizadas.
    4. Declaración responsable de la solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de beneficiario al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones relacionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    5. Factura proforma de la maquinaria a adquirir. 

    Para Línea II: Ayudas para la reparación de caminos deteriorados  se deberá aportar la documentación siguiente:

    1. Solicitud de la subvención, según modelo normalizado que figura en el Anexo I, dirigida a la Dirección General de la Consejería competente en materia de infraestructuras rurales.
    2. Memoria descriptiva de los deterioros y daños sufridos por los caminos rurales de las entidades beneficiarias, que hayan supuesto una merma, dificultad o imposibilidad para su tránsito ordinario, suscrita por técnico competente.
    3. Memoria específica sobre la actuación o actuaciones que sean necesarias realizar y para las que se solicitan las ayudas establecidas en este Decreto, acompañada de la valoración económica (presupuestos y facturas proforma), suscrita por técnico competente.
    4. Certificación expedida por el Sr. Secretario de la Corporación o Mancomunidad, con el VºBº del Sr. Alcalde o Presidente, de que las inversiones propuestas para la concesión de la ayuda no se encuentran realizadas.
    5. Declaración responsable de la solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de beneficiario al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones relacionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Gestión Forestal y Mundo Rural
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

    Dirección General de Infraestructuras Rurales

    Servicio de Infraestructuras Rurales

    Avenida Luis Ramallo, S/N

    06800, Mérida