Licencia de caza

Licencia de caza

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
11/8/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1789054771462 - Sep 10, 2026 3:39:31 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 213130

  • Plazo de presentación

    Abierto todo el año.

  • Finalidad

    Obtener la licencia de caza de Extremadura.
  • Destinatarios

    Personas que deseen practicar la caza en Extremadura.

  • Requisitos

    1. Ser mayor de edad. Las personas menores de edad que sean mayores de 14 años podrán solicitar la licencia de caza presentando autorización escrita de la persona que les represente legalmente (se incluye en la solicitud).

    2. Encontrarse inscrito en el Registro de Cazadores de Extremadura o contar con documento equivalente al carné de cazador en una comunidad autónoma o país homologado.

    3. No hallarse inhabilitado para el ejercicio de la caza por sentencia judicial firme o resolución sancionadora ejecutiva.

  • Documentación

    Documentación obligatoria:

    1. DNI o equivalente (en caso de oposición a la consulta de datos personales)

    2. Licencia o carné de cazador de una comunidad autónoma o país homologado (para acreditar los requisitos de aptitud en caso de no estar inscrito en el Registro de Cazadores de Extremadura).

    3. Autorización de representante legal (menores de edad mayores de 14 años).

    4. Solicitud en modelo oficial. 

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada

  • Más información

    Puede obtenerse la licencia de forma telemática a través de ARADO.

    La licencia de caza es nominal, intransferible y obligatoria para el ejercicio de la caza en Extremadura, salvo lo dispuesto para los casos de tutela de cazadores no inscritos en el registro de cazadores a través de una Organización Profesional de Caza o para su participación en pruebas deportivas oficiales.

    Tipos de licencias:

    1. Clase A: caza mayor

    2. Clase B: caza menor

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural

    Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural

    Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)

    Avenida Luis Ramallo,

    06800, Mérida