Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Extremadura - Juntaex.es
Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Extremadura - Juntaex.es
Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Extremadura
Solicitud de inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Extremadura.
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Regular los requisitos necesarios para obtener la calificación y posterior inscripción como Centro Especial de Empleo en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como registro administrativo en el que obligatoriamente deben inscribirse y calificarse aquellos Centros Especiales de Empleo cuya sede y actividad se desarrolle en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
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Destinatarios
Centros Especiales de Empleo.
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Requisitos
- Podrán ser calificados como centros especiales de empleo aquellas entidades constituidas por persona física o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, así como comunidades de bienes o sociedades civiles o cualesquiera otras de carácter público o privado que, con arreglo a las disposiciones vigentes, tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresario.
- La calificación y reconocimiento de los Centros Especiales de Empleo requerirá autorización administrativa que será otorgada por el Servicio Extremeño Público de Empleo de la Consejería de Educación y Empleo, u órgano que le sustituyere con competencias en materia de integración laboral de personas con discapacidad, previa solicitud de la entidad interesada y acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente. La calificación de una entidad como Centro Especial de Empleo implicará su inscripción, de oficio, en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de su titular, con estructura y organización ajustada a la de las empresas ordinarias e independiente y diferenciada de las actividades de su titular.
- Realizar actividades productivas de bienes y servicios, participando regularmente en operaciones de mercado.
- Recoger como finalidad principal la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Asimismo, debe recoger como fin, que estas entidades son un medio de tránsito, del mayor número de personas trabajadoras con discapacidad, al mercado ordinario.
- Justificar, mediante el oportuno estudio económico, las posibilidades de viabilidad y subsistencia del centro especial de empleo, en orden al cumplimiento de sus fines. El estudio debe especificar, de manera detallada, el concreto centro de trabajo o, en su caso, centros de trabajo, a los que se refiere, así como la composición y distribución de la plantilla adscrita al mismo.
- Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Estar constituida su plantilla por al menos en un 70 por ciento, por trabajadores con discapacidad.
- Cuando las personas trabajadoras con discapacidad lo precisen, se deberá incluir en su plantilla el personal técnico o de apoyo, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
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Documentación
La solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación:
- Acreditación de la personalidad jurídica o capacidad jurídica de la entidad solicitante: Escritura de constitución de la sociedad, Estatutos de la asociación, así como la acreditación de la inscripción de las mismas en los correspondientes registros públicos. Si se trata de sociedad civil o comunidad de bienes, copia del documento de constitución y posibles modificaciones de la misma, en formato electrónico (pdf).
- En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en la solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en la solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación.
- Memoria debidamente firmada por el representante Legal.
- Referencia detallada de la ubicación del centro o centros de trabajo, concretando los inmuebles, terrenos o locales donde se desarrollan o van a desarrollar las actividades y acreditando su titularidad legal. En caso de existir arrendamiento, cesión de uso, donación o cualesquiera derechos reales sobre dichos inmuebles, terrenos o locales a favor de la entidad solicitante de la calificación, se deberá acreditar fehaciente e indubitadamente la existencia del derecho real legalmente constituido a favor del centro especial de empleo (pdf).
Para garantizar la eficacia de la inscripción registral, el Centro Especial de Empleo deberá acreditar en el plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución de calificación del Centro Especial de Empleo, la puesta en funcionamiento del mismo, aportando la documentación siguiente a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura(https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO):
- Autorizaciones y licencias de los organismos competentes que resulten necesarias para la apertura y funcionamiento de la empresa o centro, de la actividad o actividades a desarrollar y por cada centro de trabajo de que se trate (pdf).
- Comunicación de apertura del centro o centros de trabajo a Inspección de Trabajo y Seguridad Social (pdf).
- Alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas y Código CNAE de la actividad o actividades económicas a las que se dedica o va a dedicarse el Centro Especial de Empleo cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio, en formato electrónico (pdf).
- Alta de la entidad en la Tesorería General de la Seguridad Social indicando los códigos de cuenta de cotización principal y secundarios que tiene atribuidos. cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio, en formato electrónico (pdf).
- Certificado en el que conste el porcentaje de discapacidad actualizado o documento equivalente en el supuesto de personas con discapacidad, en el caso de que no se autorice a su consulta, mediante la presentación del ¿Anexo de autorización del trabajador o trabajadora para el acceso a datos personales¿. Si las personas trabajadoras con discapacidad no prestan su consentimiento o existen dificultades técnicas que impidan a la Administración obtener la información quedará obligado a presentarlas.
- Copia de la comunicación del contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo de las personas trabajadoras contratadas por el Centro Especial de Empleo. cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio, en formato electrónico (pdf).
- ¿Anexo de autorización del trabajador o trabajadora para el acceso a datos personales¿, firmado por cada uno de las personas trabajadoras con discapacidad que forman parte de la plantilla del Centro Especial de Empleo, disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, así como en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es.
- Informe original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la entidad desde la fecha de la resolución de calificación como Centro Especial de Empleo cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio, en formato electrónico (pdf).
- Cuando las entidades calificadas como Centro Especial de Empleo contraten la prestación de servicios de ajuste personal y social a entidades sin ánimo de lucro especificadas en el artículo 3 se presentará copia de dicho contrato.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Empleo
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
Dirección General de Empleo
Servicio de Fomento del Empleo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida