Bastanteo de poderes de representantes de personas físicas o jurídicas para retirar garantías depositadas en la Caja de Depósito de la Junta de Extremadura.

Bastanteo de poderes de representantes de personas físicas o jurídicas para retirar garantías depositadas en la Caja de Depósito de la Junta de Extremadura.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
23/5/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Poder retirar garantias financieras (avales) o seguros de caución depositados en la Caja de Depósitos de la Junta de Extremadura o en sus sucursales por parte de los representantes de una persona física o jurídica, dando así cumplimiento a lo previsto en el art. 19 del Decreto 25/94, de 22 de febrero.

     La solicitud de bastanteo en todos los casos deberá especificar el objeto y  finalidad del mismo y se realizará preferentemente de forma telemática. 

  • Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas.

    PYMEs y resto de empresas

     

  • Requisitos

    Que se haya expedido poder notarial suficiente, con expresión de las facultades y condiciones en que deben ejercer la representación conferida por el avalado (persona física o jurídica)

  • Documentación

    Documento original o copia ante Notario de las escrituras de poder del representate de la empresa que vaya a retirar la garantía depositada en la Caja de depósitos de la Junta de Extremadura.

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Jefatura del Área de Asistencia Letrada
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Más información

  • Órgano gestor

    Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública
    Abogacía General de la Junta de Extremadura
    Jefatura del Área de Asistencia Letrada
    Avenida Valhondo, S/N
    06800, Mérida

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