Visita y uso de los centros de educación ambiental y las aulas de la naturaleza

Solicitud para la utilización de los centros de educación ambiental y las aulas de la naturaleza.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
15/2/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Con una antelación mínima de 45 días naturales y máxima de 90 días naturales, sobre la fecha prevista para el inicio de la actividad.

  • Finalidad

    Establecer las condiciones para la utilización, y/o visita de los Centros de Educación Ambiental y las Aulas de la Naturaleza adscritas a la Dirección General competente en materia de medio ambiente.
  • Destinatarios

    • Beneficiarios potenciales:
      • Podrán solicitar la utilización y/o visita de las instalaciones contempladas en la Orden de 4-01-06 los centros docentes, otras consejerías, ONG, asociaciones de emigrantes extremeños, particulares y cualquier otro colectivo, organismo o institución pública, sin ánimo de lucro, interesada en el medio ambiente.
    • Colectivos prioritarios:
      • Tendrán preferencia las solicitudes presentadas por organismos, instituciones, y colectivos que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma Extremadura.
  • Requisitos

    • Condiciones de uso.

    1. Las instalaciones contempladas en la Orden de 4 de enero de 2006 se ofrecen para uso educativo a la entidad ocupante en las condiciones que se detallan:
    I) Será por cuenta de la Consejería, el consumo de agua, electricidad y gas.
    II) En cambio, será por cuenta de la entidad solicitante, el material de actividades específicas, el equipo técnico (Director, Monitores, Médicos, Enfermera/o, etc.) y el seguro de los asistentes.
    III) La parte de cuota correspondiente a gastos de manutención, a cobrar a cada uno de los participantes por la entidad solicitante, deberá ser ajustada al precio público estipulado por el Ayuntamiento en el cual se ubique el Centro de Educación Ambiental o Aula de la Naturaleza.
    2. No se admitirán solicitudes para actividades que persigan fines de lucro.

    • Normas de uso.

    1. Los usuarios de los Centros de Educación Ambiental y Aulas de la Naturaleza quedan obligados a aceptar las normas de uso establecidas, así como las condiciones expresadas en el contrato de uso temporal.
    2. La responsabilidad que pudiera derivarse de los actos que se realicen en las instalaciones, recaerá individual o colectivamente sobre las personas físicas o jurídicas que los efectuasen.
    3. Los desperfectos que pudieran ocasionarse por el uso indebido de las instalaciones son responsabilidad directa de los autorizados, debiendo hacerse cargo de los gastos ocasionados. En caso de no ser así, por parte de la Dirección General del Medio Ambiente se procederá a retener y ejecutar la fianza hasta el importe de los daños ocasionados.
    4. Corresponde a la Dirección General de Medio Ambiente organizar los servicios de inspección y seguimiento de las actividades, cuando lo estime oportuno, con objeto de comprobar si éstas se corresponden con el proyecto presentado inicialmente.
    De no ser así, se podrá proceder a la expulsión inmediata del referido colectivo.

  • Cuantía

    * OFERTA DE INSTALACIONES Y CALENDARIO:

    . 1. Centro de Educación Ambiental de Cuacos de Yuste
    El CEA de Cuacos de Yuste puede albergar hasta 54 personas. Consta de cocina, sala de usos múltiples, comedor, dormitorios con literas (baño incluido), oficinas, aulas para talleres, gallinero, vivero, ...
    El Centro se ubica en una finca de 48 hectáreas, en la que se han habilitado y señalizado una serie de senderos de fácil recorrido que permiten visitar el robledal, el bosque de ribera y el castañar, pudiendo disfrutar de todos los recursos que nos ofrecen en cualquier época del año.
    Calendario: Todo el año.
    2. Aula de Naturaleza de Cadalso
    El Aula de Naturaleza de Cadalso ofrece un recinto cerrado para acampada, porche con mesas para comedor, sala de usos múltiples, aseos y una habitación botiquín.
    El alojamiento se realizará en tiendas de campaña, con un máximo de 40 personas.
    Calendario: Del 15 de marzo al 15 de septiembre.
    3. Aula de Naturaleza de Pinofranqueado
    El Aula de Naturaleza de Pinofranqueado ofrece un recinto cerrado para acampada, porche con mesas para comedor, sala de usos múltiples, aseos y una habitación botiquín.
    El alojamiento se realizará en tiendas de campaña, máximo de 60 personas.
    Calendario: Del 15 de marzo al 15 de septiembre.
    4.- Centro de Educación Ambiental de Almendralejo
    El Centro de Educación Ambiental - Las Aguas- de Almendralejo puede albergar hasta 16 personas. Consta de cocina, sala de usos múltiples, sala de reuniones, comedor, dormitorios con literas, baños, oficinas, taller y sala de interpretación sobre el Cernícalo primilla.
    El Centro se encuentra ubicado a las afueras de la localidad, carretera a Fuente del Maestre, Km 2, en el antiguo depósito del agua.
    * FIANZA:
    1. La entidad organizadora depositará en concepto de fianza la cantidad de 6 Euros por persona, con un mínimo de 200 Euros.
    2. El afianzamiento se realizará a través del modelo 50. Abono de tasas mediante Modelo 50, disponible on-line (incluido el pago) en el Portal Tributario: http://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050

    3. Una vez comprobado por los responsables de la instalación la ausencia de desperfectos y entregada la memoria contemplada en el artículo décimo de la Orden de 04-01-06, se procederá a la devolución de la fianza.

  • Documentación

    1.- Modelo de Solicitud, acompañado de la siguiente documentación

    a) Fotocopia del D.N.I. del representante y acreditación de la representación.

    b) Un proyecto detallado de la actividad, con mención de objetivos, actividades, perfiles y número de los participantes, fechas y horarios, recursos materiales y humanos, debiendo acreditar suficientemente la titulación o especialización de los educadores, así como del equipo técnico responsable de la actividad.
    c) Un presupuesto de la actividad y su financiación, con indicación expresa, en su caso, de la cuota a cobrar a los participantes.

    2. Al finalizar la actividad, las entidades ocupantes de las instalaciones, deberán presentar ante la Dirección General de Medio Ambiente una Memoria Final del proyecto realizado, en un plazo no superior a 15 días contados a partir de la finalización de la estancia, con el siguiente contenido mínimo:

    I) Metodología, instrumentos y actuaciones realizadas.
    II) Resultados obtenidos, cuantificados y valorados con indicación de las desviaciones sobre los objetivos previstos.
    III) Conclusiones.
    ANEXO: Ejemplar de los programas, carteles, fotografías y demás material gráfico, escrito, sonoro y/o visual donde conste expresamente la colaboración de la Consejería de Agricultura, D. Rural, M. Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.

    3. Las entidades que no hubieran presentado la Memoria Final en el plazo establecido, quedarán excluidas de posteriores concesiones de uso de las instalaciones, además de perder el derecho a solicitar la devolución de la fianza contemplada en el artículo noveno de la Orden de 4-1-06.

  • Solicitud y Anexos

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    Avenida Valhondo, s/n
    06800, Mérida

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