Visita y uso del Centro de Educación Ambiental en Cuacos de Yuste

Utilización del Centro de Educación Ambiental en Cuacos de Yuste

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
14/10/2025
Actual (long): 1762037663603 - Nov 1, 2025 10:54:23 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Lea los requisitos y trámite

Código SIA: 213431

  • Plazo de presentación

    Con una antelación mínima de 45 días naturales y máxima de 90 días naturales, sobre la fecha prevista para el inicio de la actividad.

  • Finalidad

    Establecer las condiciones para la utilización, y/o visita del Centro de Educación Ambiental en Cuacos de Yuste adscritas a la Dirección General competente en materia de Educación Ambiental.
  • Destinatarios

    • Beneficiarios potenciales:
      • Podrán solicitar la utilización y/o visita de las instalaciones los centros docentes, otras consejerías, ONG, asociaciones de emigrantes extremeños, particulares y cualquier otro colectivo, organismo o institución pública, sin ánimo de lucro, interesada en el medio ambiente.
    • Colectivos prioritarios:
      • Tendrán preferencia las solicitudes presentadas por organismos, instituciones, y colectivos que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma Extremadura.
  • Requisitos

    • Condiciones de uso.

    1. Las instalaciones se ofrecen para uso educativo a la entidad ocupante en las condiciones que se detallan:

    I) Será por cuenta de la Consejería, el consumo de agua, electricidad y gas.
    II) En cambio, será por cuenta de la entidad solicitante, el material de actividades específicas, el equipo técnico (Director, Monitores, Médicos, Enfermera/o, etc.) y el seguro de los asistentes.

    2. No se admitirán solicitudes para actividades que persigan fines de lucro.

    • Normas de uso.

    1. Los usuarios del Centro de Educación Ambiental en Cuacos de Yuste quedan obligados a aceptar las normas de uso establecidas, así como las condiciones expresadas en el contrato de uso temporal.
    2. La responsabilidad que pudiera derivarse de los actos que se realicen en las instalaciones, recaerá individual o colectivamente sobre las personas físicas o jurídicas que los efectuasen.
    3. Los desperfectos que pudieran ocasionarse por el uso indebido de las instalaciones son responsabilidad directa de los autorizados, debiendo hacerse cargo de los gastos ocasionados. 
    4. Corresponde a la Dirección General competente en Educación Ambiental organizar los servicios de inspección y seguimiento de las actividades, cuando lo estime oportuno, con objeto de comprobar si éstas se corresponden con el proyecto presentado inicialmente.
    De no ser así, se podrá proceder a la expulsión inmediata del referido colectivo.

  • Cuantía

    La parte de cuota correspondiente a gastos de manutención, a cobrar a cada uno de los participantes por la entidad solicitante, deberá ser ajustada al precio público estipulado.

  • Documentación

    DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

    1.- Modelo de Solicitud, acompañado de la siguiente documentación

    a) Fotocopia del D.N.I. del representante y acreditación de la representación.

    b) Un proyecto detallado de la actividad, con mención de objetivos, actividades, perfiles y número de los participantes, fechas y horarios, recursos materiales y humanos, debiendo acreditar suficientemente la titulación o especialización de los educadores, así como del equipo técnico responsable de la actividad.

    c) Un presupuesto de la actividad y su financiación, con indicación expresa, en su caso, de la cuota a cobrar a los participantes.

    2. Al finalizar la actividad, las entidades ocupantes de las instalaciones, deberán presentar ante la Dirección General competente en Educación Ambiental una Memoria Final del proyecto realizado, en un plazo no superior a 15 días contados a partir de la finalización de la estancia, con el siguiente contenido mínimo:

    I) Metodología, instrumentos y actuaciones realizadas.
    II) Resultados obtenidos, cuantificados y valorados con indicación de las desviaciones sobre los objetivos previstos.
    III) Conclusiones.
    ANEXO: Ejemplar de los programas, carteles, fotografías y demás material gráfico, escrito, sonoro y/o visual donde conste expresamente la colaboración de la Consejería competente en Educación Ambiental de la Junta de Extremadura.

    3. Las entidades que no hubieran presentado la Memoria Final en el plazo establecido, quedarán excluidas de posteriores concesiones de uso de las instalaciones.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
  • Más información

    * OFERTA DE INSTALACIONES Y CALENDARIO:

    Centro de Educación Ambiental de Cuacos de Yuste puede albergar hasta 54 personas. Consta de cocina, sala de usos múltiples, comedor, dormitorios con literas (baño incluido), oficinas, aulas para talleres, gallinero, vivero, ...
    El Centro se ubica en una finca de 48 hectáreas, en la que se han habilitado y señalizado una serie de senderos de fácil recorrido que permiten visitar el robledal, el bosque de ribera y el castañar, pudiendo disfrutar de todos los recursos que nos ofrecen en cualquier época del año.
    Calendario: Todo el año.

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible

    Dirección General de Sostenibilidad

    Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida