Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energías renovables, cogeneración y residuos

Solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energías renovables, cogeneración y residuos

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
30/11/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Autorizar la construcción y explotación de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  • Destinatarios

    Titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que no superen los 50 MW de potencia instalada, incluidas en algunas de las categorías establecidas por el R.D. 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

  • Requisitos

    Solicitud previa del interesado en modelo oficial. Dicha solicitud, en el caso de instalaciones con tensiones iguales o superiores a 1 kV, será informada a otras administraciones públicas afectadas, para que presten su conformidad u oposición a la autorización solicitada, y sometida al tramite de información pública, previo a su autorización.

  • Cuantía

    Abono de tasas reguladas en Orden anual de tarifas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Documentación

    1.- Autorización de explotación de instalaciones de producción de energía eléctrica de potencia nominal menor o igual a 100 kW:

    A) Antes de la ejecución de la instalación, el titular o su representante deberá presentar:

    -Solicitud de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo de la Orden de 29 de enero de 2007, cumplimentada y firmada.

    -Acreditación de la obtención de los permisos de acceso y conexión a las redes de distribución.

    -Memoria técnica de diseño o proyecto visado de la instalación en función de la potencia nominal de la misma, que deberá contener como mínimo los puntos descritos en el apartado 14.2.1. del artículo 14 de la Orden de 29 de enero de 2007, e indicar la referencia catastral y las coordenadas UTM del emplazamiento.

    -Documentación acreditativa de la capacidad legal, técnica y económica del solicitante, en los siguientes términos:

    ·Capacidad legal. Deberán tener personalidad física o jurídica propia, quedando excluidas las uniones temporales de empresas. En el caso de una sociedad mercantil la acreditación se hará mediante las escrituras de constitución, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, y los estatutos sociales, en los que deberá constar como uno de los objetos de la sociedad la producción y venta de energía eléctrica.

    ·Capacidad técnica. El solicitante deberá presentar un contrato de construcción, operación y mantenimiento de la obra proyectada con una empresa de experiencia acreditada en el sector, o bien acreditar que se encuentra en posesión de dicha experiencia. Para las instalaciones en baja tensión deberá ser una empresa con autorización como instalador en baja tensión para la categoría especialista en instalaciones generadoras.

    ·Capacidad económica. El solicitante deberá acreditar que dispone de fondos para construir la instalación, bien con fondos propios, capital social escriturado y desembolsado del 30% del presupuesto de la instalación como mínimo o, en su defecto, con un contrato de apertura de crédito con una entidad financiera o documento similar, que acredite la viabilidad económico-financiera del proyecto.

    -Relación concreta e individualizada en la que se describan, en los aspectos material y jurídico, todos los bienes o derechos afectados por la instalación, acompañándose a la misma la documentación que acredite que se dispone de los mismos.

    Dicho listado incluirá las distintas Administraciones públicas afectadas, cuando la instalación pueda afectar a bienes de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales, o a obras y servicios atribuidos a sus respectivas competencias. En este caso, además, se aportarán las autorizaciones, permisos e informes emitidos por éstas, así como la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas.

    - Documentos en materia ambiental:

    ·En su caso, pronunciamiento del Órgano competente en materia de Medio Ambiente.

    ·En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas por el Órgano competente en materia de Medio Ambiente.

    ·En su caso, autorización de vertidos.

    -Licencia municipal de obras que deberá incorporar documento acreditativo de la obtención por parte del promotor de la previa y preceptiva calificación urbanística, en el sentido de que su emplazamiento y características no resultan incompatibles con la legislación territorial y urbanística.

    -Justificante abono de las tasas correspondientes a implantación de instalaciones eléctricas, en aplicación de la normativa vigente en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    B) Para la obtención de la autorización de explotación:

    -Solicitud de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo de la Orden de 29 de enero de 2007, cumplimentada y firmada.

    - Si la instalación de acuerdo con su potencia ha requerido proyecto, certificado de dirección y fin de obra, suscrito por técnico competente, que acredite que la instalación se ajusta al proyecto presentado y cumple la reglamentación y normativa de aplicación.

    - Certificado de instalación eléctrica de baja tensión por quintuplicado, según anexo V de la Resolución de 10 de marzo de 2010. Deberá adjuntar copia compulsada del Certificado de Instalador Autorizado de Baja Tensión o, en su caso, de la declaración responsable.

    - Informe favorable de inspección inicial emitido por Organismo de Control Acreditado, si aplica.

    - Declaración CE de conformidad de los equipos que lo requieran de acuerdo con su normativa específica, emitida por el fabricante de los mismos.

    - Documentación complementaria, que acredite el cumplimiento de las normas de seguridad industrial, de acuerdo con los reglamentos que sean de aplicación.

    - Instancia de presentación del Plan de Emergencia Interior (Plan de Autoprotección) en la Dirección General competente en la materia.

    - Hojas de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales; según Real Decreto 559/2010 de 7 de mayo.

    2.- Puesta en funcionamiento de instalaciones de producción de energía eléctrica de potencia nominal superior a 100 kW:

    A) Para el inicio de la información pública:

    - Solicitud de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo de la Orden de 29 de enero de 2007, cumplimentada y firmada.

    - Anteproyecto de la instalación, suscrito por técnico titulado competente que, al menos, deberá contener:

    a) Memoria en la que se consignen, como mínimo, las especificaciones siguientes: Ubicación de la instalación o, cuando se trate de infraestructuras auxiliares, asociadas a ésta, origen, recorrido y fin de la misma; objeto de la instalación, características principales de la misma.

    b) Planos de la instalación a escala adecuada (mínima 1:50.000), que permitan identificar el trazado, afecciones y los elementos importantes de la instalación.

    c) Presupuesto estimado de la misma.

    - En su caso, documentación requerida para la realización del trámite de evaluación y autorización ambiental que corresponda, de acuerdo con lo especificado en la ley Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y posteriores decretos de desarrollo.

    - Documentación acreditativa de la capacidad legal, técnica y económica del solicitante, en los siguientes términos:

    · Capacidad legal. Deberán tener personalidad física o jurídica propia, quedando excluidas las uniones temporales de empresas. En el caso de una sociedad mercantil la acreditación se hará mediante las escrituras de constitución, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, y los estatutos sociales, en los que deberá constar como uno de los objetos de la sociedad la producción y venta de energía eléctrica.

    · Capacidad técnica. El solicitante deberá presentar un contrato de construcción, operación y mantenimiento de la obra proyectada con una empresa de experiencia acreditada en el sector, o bien acreditar que se encuentra en posesión de dicha experiencia. Para las instalaciones en baja tensión deberá ser una empresa con autorización como instalador en baja tensión para la categoría especialista en instalaciones generadoras.

    · Capacidad económica. El solicitante deberá acreditar que dispone de fondos para construir la instalación, bien con fondos propios, capital social escriturado y desembolsado del 30% del presupuesto de la instalación como mínimo o, en su defecto, con un contrato de apertura de crédito con una entidad financiera o documento similar, que acredite la viabilidad económico-financiera del proyecto.

    - Relación concreta e individualizada en la que se describan, en los aspectos material y jurídico, todos los bienes o derechos afectados por la instalación acompañada, en caso de disponer de los mismos, de la documentación que lo acredite.

    Dicho listado incluirá las distintas administraciones públicas afectadas, cuando la instalación pueda afectar a bienes de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales, o a obras y servicios atribuidos a sus respectivas competencias, que deberán ser identificadas expresamente por el titular de la instalación mediante la declaración jurada que se acompañará al efecto.

    - Separatas de anteproyecto para las administraciones públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general con bienes o servicios a su cargo afectadas por la instalación.

    B) Para la obtención de la autorización administrativa previa:

    - En su caso, pronunciamiento del Órgano competente en materia de Medio Ambiente.

    - Documento en el que el titular de la instalación manifieste expresamente su conformidad con los informes que, en su caso, hubieran emitido los Organismos a los que les fueron remitidas las distintas separatas.

    - Acreditación de la obtención de los permisos de acceso y conexión a las redes de distribución o transporte.

    - Justificante abono de las tasas correspondientes a implantación de instalaciones eléctricas, en aplicación de la normativa vigente en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    C) Para la obtención de la autorización administrativa de construcción:

    - Solicitud de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo de la Orden de 29 de enero de 2007, cumplimentada y firmada.

    - Proyecto de la instalación, suscrito por técnico titulado competente que, al menos, deberá contener:

    a) Cálculos y demás datos y especificaciones ordenados en la reglamentación aplicable.

    b) Planos de la instalación a escala adecuada (mínima 1:50.000), que permitan identificar el trazado, afecciones y los elementos importantes de la instalación.

    c) Pliego de condiciones.

    d) Presupuesto detallado de la instalación.

    e) Estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud, según proceda.

    Junto con el proyecto de la instalación el titular deberá presentar una declaración responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicación.

    - Relación concreta e individualizada en la que se describan, en los aspectos material y jurídico, todos los bienes o derechos afectados por la instalación acompañada, en caso de disponer de los mismos, de la documentación que lo acredite.

    Dicho listado incluirá las distintas administraciones públicas afectadas, cuando la instalación pueda afectar a bienes de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales, o a obras y servicios atribuidos a sus respectivas competencias, que deberán ser identificadas expresamente por el titular de la instalación mediante la declaración jurada que se acompañará al efecto.

    - Separatas de proyecto para las administraciones públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general con bienes o servicios a su cargo afectadas por la instalación. El titular de la instalación deberá manifestar expresamente su conformidad con los condicionados que, en su caso, hubieran emitido los Organismos a los que les fueron remitidas las distintas separatas.

    - Licencia municipal de obras que deberá incorporar documento acreditativo de la obtención por parte del promotor de la previa y preceptiva calificación urbanística, en el sentido de que su emplazamiento y características no resulten incompatibles con la legislación territorial y urbanística.

    D) Para la obtención de la autorización de explotación:

    - Solicitud de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo de la Orden de 29 de enero de 2007, cumplimentada y firmada.

    - Certificado de instalación eléctrica de baja tensión por quintuplicado, según anexo V de la Resolución de 10 de marzo de 2010. Deberá adjuntar copia compulsada del Certificado de Instalador Autorizado de Baja Tensión o, en su caso, de la declaración responsable.

    -Certificado de dirección y fin de obra, suscrito por técnico competente, que acredite que la instalación se ajusta al proyecto presentado y cumple la reglamentación y normativa de aplicación.

    - Declaración CE de conformidad de los equipos que lo requieran de acuerdo con su normativa específica, emitida por el fabricante de los mismos.

    - Documentación complementaria que acredite el cumplimiento de las normas de seguridad industrial, de acuerdo con los Reglamentos que les sean de aplicación.

    - Hojas de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales; según Real Decreto 559/2010 de 7 de mayo.

    - Instancia de presentación del Plan de Emergencia Interior (Plan de Autoprotección) en Órgano competente en Política Territorial y Administración Local.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Generación y Eficiencia Energética
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Generación y Eficiencia Energética
    Paseo de Roma,
    06800, Mérida

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