Cambio de titularidad, cese temporal o cese definitivo de funcionamiento de establecimientos, instalaciones y productos sujetos a requisitos de seguridad industrial no sometidos a autorización administrativa

Comunicación de cambio de titularidad, cese temporal o cese definitivo de funcionamiento de establecimientos, instalaciones y productos sujetos a requisitos de seguridad industrial no sometidos a autorización administrativa.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
7/3/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante 24 horas del día, todos los días del año (24h- 7días).

  • Finalidad

    Comunicar: -Cambio de titularidad. -Cese temporal de funcionamiento. -Cese definitivo de funcionamiento. De una, varias o todas las instalaciones de un establecimiento, edificio o emplazamiento. No es aplicable a los cambios de titularidad de viviendas.

  • Destinatarios

    Titulares de establecimientos industriales, instalaciones y productos sometidos al cumplimiento de requisitos en materia de seguridad industrial que según el régimen administrativo vigente, que no requieren de autorización administrativa para su ejecución y puesta en servicio.

    No es aplicable a los cambios de titularidad de viviendas.

  • Requisitos

    Acreditar la titularidad del establecimiento industrial, las instalaciones o los productos industriales.

    En caso de cambio de titularidad de funcionamiento:

    Haber realizado previamente las inspecciones reglamentarias y haber obtenido previamente de los documentos acreditativos de tal actuación. Disponer, según su caso, de los certificados, actas, boletines de inspección o revisión periódica y boletines de reconocimiento de las instalaciones y productos afectados.

    En caso de cese temporal de funcionamiento:

    Declarar los establecimientos, las instalaciones o productos afectados, conocer la duración prevista declarar los motivos del cese temporal.

    En caso de cese definitivo de funcionamiento, disponer de la documentación específica, que afecta a este tipo de instalaciones:

    Almacenamientos de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos.

    Almacenamientos de productos petrolíferos líquidos.

    Almacenamientos de productos químicos.

  • Documentación

    0-Modelo de comunicación debidamente cumplimentado, acompañado de la documentación correspondiente. La hemos clasificado en dos tipos, documentación de tipo administrativo y técnico:

    1.-CAMBIO DE TITULARIDAD.

    -Documentos de tipo administrativo: Identidad, representación, cambio de titularidad y tasas.

    NIF/NIE del nuevo titular (1).

    NIF/NIE del representante del nuevo titular (1) (Caso de presentación de la comunicación en vía presencial).

    Poder de representación del firmante o documento acreditativo de la representación, otorgado por el interesado a favor del firmante de la Comunicación (3).

    Documento de autorización de entrega o retirada presencial de documentación, opcional (Caso de presentación de la comunicación en vía presencial).

    Escritura, acuerdo, acta o documento de constitución, fundación o creación, según establezca la legislación específica aplicable, en el caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, inscritos previamente en el registro, en caso de que dicha legislación así lo exija (2).

    Documento público o privado, que acrediten y justifiquen la adquisición de la condición de nuevo titular, a la persona identificada en el apartado 1 (Escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, etc.).

    Justificante de abono de las tasas oficiales modelo 050 (Si no se facilitan los datos del apartado 8).

    (1) Deberá acompañarlo a la comunicación en caso de haber manifestado su oposición expresa, marcando el en el apartado 9 a que al órgano instructor consulte y recabe de otros organismos públicos la obtención de dichos documentos o datos.

    (2) Derecho de no aportar documentos ante la administración si ya hubieran sido presentados. Tenga en cuenta, antes de hacer uso de e4ste derecho a través del apartado 10, que deberá disponer de los datos para poder identificar el Órgano administrativo al que se entregó y la fecha de presentación, así como cerciorarse de su validez.

    (3) No deberá aportarse en caso de que la presentación de la Comunicación se realice por vía telemática y medios electrónicos, a través de la Sede Electrónica Corporativa de la Junta de Extremadura. Debe encontrarse registrado en el Registro de Representantes de la Sede Electrónica o Registro Electrónico de Apoderamientos de la administración del Estado.

    -Documentos de tipo técnico: Certificados, actas, boletines de inspección o revisión periódica y boletines de reconocimiento de las instalaciones y productos afectados por el cambio de titularidad, indicando la fecha de presentación en la comunicación:

    Certificado de inspección periódica de instalaciones de baja tensión.

    Boletín de reconocimiento de instalación eléctrica de baja tensión (Instalaciones no sometidas a inspección periódica).

    Certificado de inspección periódica / revisión periódica de instalaciones de alta tensión.

    Certificado de inspección periódica de ascensor.

    Certificado de revisión periódica cuatrimestral de grúa torre para obra.

    Certificado de inspección periódica bianual de grúa torre para obra.

    Certificado de revisión periódica de almacenamiento de productos químicos.

    Certificado de inspección periódica pentanual de almacenamiento de productos químicos.

    Certificado de revisión periódica de centro de almacenamiento y distribución de envases de GLP.

    Certificado de revisión periódica de instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos.

    Certificado de prueba de presión periódica de instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos

    Certificado de revisión periódica de plantas satélite de gas natural licuado

    Certificado de revisión periódica de estaciones de servicio para vehículos a gas

    Certificado de revisión periódica de instalaciones de envases de GLP para uso propio

    Certificado de revisión periódica de Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos

    Certificado de revisión periódica de almacenamiento PPL para su consumo en la propia instalación MI-IP03

    Certificado de inspección periódica de almacenamiento PPL para su consumo en la propia instalación (Instalación con

    proyecto) MI-IP03

    Certificado de revisión periódica de almacenamiento PPL para suministro a vehículos MIE IP-04

    Certificado de inspección periódica de almacenamiento PPL para suministro a vehículos (Instalación con proyecto) MIE IP-04

    Acta de inspección periódica de instalación de protección contra incendios en establecimientos industriales

    Certificado de inspección periódica de Nivel A, Nivel B y Nivel C de equipos a presión

    Boletín de revisión periódica de instalaciones frigoríficas

    Acta de inspección periódica de instalaciones frigoríficas

    Acta de inspección

    Otros documentos

    Nota: Los boletines de reconocimiento presentados, tendrán una validez mínima de 5 años, a contar desde la fecha de su emisión (Art 22.1 Orden de 20 de julio de 2017 (DOE número 149 de 3 de Agosto de 2017).

    2.-CESE TEMPORAL DE FUNCIONAMIENTO.

    Se indicarán los establecimientos, las instalaciones o productos: Indicado el tiempo previsto del cese temporal estimado con la duración: Desde, hasta. Y declarando los motivos del cese temporal.

    3.-CESES DEFINITIVOS DE FUNCIONAMIENTO, DOCUMENTACION ESPECÍFICA.

    Para los casos que correspondan:

    Almacenamientos de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos.

    Certificado de inertización o desgasificación del depósito/s, emitido por empresa instaladora.

    Almacenamientos de productos petrolíferos líquidos:

    • Certificado de Fuera de Servicio del depósito o tanque, según el modelo establecido en el Anexo II, de la Instrucción Técnica Complementaria.
    • MI-IP 06, emitido por la empresa reparadora que ha realizado las actuaciones.
    • Documento de control y seguimiento de residuos peligrosos, emitido por el gestor de residuos.

    Almacenamientos de productos químicos:

    • Documentación que acredita que la instalación ha quedado en situación de seguridad.
    • Memoria, firmada por técnico competente o por el titular de la instalación, en la que se describa la situación final de seguridad de la instalación.
    • Certificado de Fuera de Servicio en el que describa la situación final del recipiente/deposito emitido por técnico competente u organismo de control habilitado.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Industria, Energía y Minas
    • Efecto silencio administrativo: Estimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas, cuando resolvió el Servicio correspondiente. 

      Recurso de alzada ante la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, cuando resolvió la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

  • Más información

    La vía de presentación de la comunicación es a elección del interesado: telemática/ electrónica (se recomienda debido al elevado número de documentos que arrastra) ó presencial.

    Podrá efectuarlo a través de la Sede Electrónica Corporativa, de la Junta de Extremadura, o en las oficinas destinadas para tal fin.

    Estarán obligados, a la presentación por medios electrónicos de la solicitud, las siguientes personas y entidades, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    a) Las personas jurídicas.

    b) Las entidades sin personalidad jurídica, entre ellas las comunidades de propietarios.

    c) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

     

    Representantes: Si va a tramitar representando a un titular ha de disponer y acreditar debidamente tal representación. Si es de forma presencial, deberá suscribir la firma o rubrica debidamente el poder correspondiente.

    Si es de forma telemática deberá tener en cuenta:

    Manual de representación voluntaria (representado)

    Manual de representación voluntaria (representante)

    Le sugerimos que en el campo "Texto" del buscador teclee "seguridad industrial no sometidos a autorización". Al pulsar "Buscar" sólo aparecerá en pantalla el enlace de entrada al procedimiento de cambio de titularidad, cese temporal o definitivo (si en lugar del texto que se ha sugerido inserta otro que incluya sólo algunas de las palabras indicadas, la búsqueda puede ofrecer un mayor número de resultados).

    Dirección postal de las oficinas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas para presentación de la comunicación vía presencial:

    • Paseo de Roma, S/N, Módulo D 1ª Planta - MÉRIDA.
    • Avda. Miguel de Fabra, nº4 - BADAJOZ.
    • Plaza de España nº 5 - VILLANUEVA DE LA SERENA.
    • Plaza V Centenario s/n - ZAFRA.
    • Avda. Clara Campoamor, 2 (Edificio de Servicios Múltiples 3ª Planta) - CÁCERES.
    • Avda. Dolores Ibárruri s/n - Edificio Administrativo de Servicios Múltiples - PLASENCIA

    Este procedimiento acompaña al de PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS, INSTALACIONES Y PRODUCTOS INDUSTRIALES SUJETOS A NORMAS REGLAMENTARIAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL NO SOMETIDOS A AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA (5625) y le es complementario.

    Información adicional en el portal Web http://industriaextremadura.juntaex.es

     

     

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Paseo de Roma,
    06800, Mérida
    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Badajoz
    Avenida Miguel de Fabra, 4
    06071, Badajoz
    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Cáceres
    Avenida Clara Campoamor, 2
    10071, Cáceres

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