Licencia interautonómica de caza - JUNTAEX
Licencia interautonómica de caza - JUNTAEX
Licencia interautonómica de caza
Solicitud de la licencia de caza que permite cazar en todas las Comunidades Autónomas adheridas al convenio.

Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Permitir cazar con una misma licencia en todas las Comunidades Autónomas adheridas al convenio.
Con esta licencia se evitará que los ciudadanos tengan que repetir los trámites y gestiones administrativas en cada comunidad autónoma. Con una misma licencia se podrá cazar en todo el territorio de las comunidades autónomas que suscriban o se adhieran al convenio.
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Destinatarios
Cazadores/as.
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Requisitos
- Ser ciudadano español o extranjero residente en España.
- Abonar la tasa exigida.
- No encontrarse inhabilitado para la obtención de licencia de caza por sanción administrativa firme en cualquiera de las comunidades autónomas signatarias o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal.
- Acreditar la posesión de licencia de caza en cualquier comunidad autónoma que tenga implantado el examen del cazador o sistema de acceso equivalente con fecha anterior a la firma del convenio (14 de octubre de 2015).
- Para la habilitación de nuevos cazadores será necesario superar el examen del cazador u otro sistema de acceso equivalente que haya establecido cada comunidad autónoma.
- Ser mayor de edad.
- Las personas menores de edad, mayores de 14 años, podrán obtener la licencia de caza si presentan autorización escrita para ello de la persona que les represente legalmente (autorización incluida en la solicitud presencial). En la solicitud deben figurar los datos del tutor legal o representante.
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Cuantía
- Cuantía 2022: 70 euros.
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Documentación
Documentación obligatoria:
- Solicitud.
- Resguardo de abono de la tasa (Modelo 50). Código: 12073-2. Enlace al Portal Tributario para el abono de Tasas:http://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050
- Las personas mayores de 14 años y menores de 18 deberán aportar autorización escrita de la persona que les represente (madre, padre o tutor legal). Esta autorización está incluida en el modelo normalizado de solicitud presencial.
- En caso de oponerse a la consulta de datos, deberá aportar copia del DNI o NIE y certificado de empadronamiento, en su caso.
- Declaración responsable: La acreditación previa de requisitos para la obtención de la licencia interautonómica de caza se realizará mediante declaración responsable en la que se hará constar que el solicitante ha realizado el examen del cazador o prueba equivalente o que no es un cazador nuevo. En caso de menores de edad la declaración responsable debe realizarla el tutor legal o representante.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura (modificada por Ley 12/2014, de 19 de diciembre, y por Ley 9/2019, de 5 de abril). -Texto consolidado-
- Decreto 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética. (D.O.E. Nº 55, de 21-03-2016)
- Convenio de colaboración entre las Administraciones de las Comunidades Autónomas de Asturias, Comunitat Valenciana, Aragón, Extremadura, Madrid, Comunidad de Castilla y León y la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, para el establecimiento de las licencias interautonómicas de caza y de pesca en aguas continentales para todos sus territorios
- Adhesión de la Comunidad Autónoma de Galicia al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las comunidades autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid y Comunitat Valenciana, para el establecimiento de las licencias interautonómicas de caza y de pesca en aguas continentales para su ámbito territorial
- Adhesión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las comunidades autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid y Comunitat Valenciana, para el establecimiento de las licencias interautonómicas de caza y de pesca en aguas continentales para su ámbito territorial
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada en el plazo de un mes.
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Más información
La tramitación se lleva a cabo en el Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas, Negociado de Licencias de Caza y Pesca:
Avda. Luis Ramallo, s/n 06800 Mérida.
Más información en la página web de la Consejería competente en materia de caza: http://extremambiente.juntaex.es/
Las comunidades autónomas que han suscrito el convenio son las siguientes: Aragón, Principado de Asturias, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia y Comunidad Valenciana.
La licencia interautonómica es el documento único que permite la práctica de la caza en todo el territorio de las comunidades autónomas que han suscrito o se han adherido al Convenio de Colaboración suscrito en Madrid el 14 de octubre de 2015 para el establecimiento de las licencias interautonómicas de caza y de pesca en aguas continentales.
En cada Comunidad Autónoma será aplicable la normativa propia.
La licencia interautonómica de caza es única para todas las modalidades.
El plazo de validez será de un año, contado a partir del día de su expedición.
Otra Información:
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
Dirección General de Política Forestal
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida