La Junta de Extremadura publica las ayudas para que micropymes y autónomos inviertan en su modernización

El importe mínimo de la inversión debe ser de 1.000 euros y la inversión máxima no podrá ser superior a 25.000 euros


Fecha de publicación: 22/1/2026 9:54

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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este jueves una resolución por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes para el 2026. En concreto, son ayudas para autónomos, así como otro tipo de empresas de cualquier forma jurídica, que cuenten con una plantilla media que no sea superior a tres trabajadores. Se subvenciona la adquisición de maquinaria y herramientas dirigidas a la producción y transformación del producto manufacturado que estén orientadas a la automatización y optimización de los procesos productivos, que mejoren la calidad, el control y la trazabilidad y que presenten un marcado componente tecnológico e innovador. También los gastos de transporte, instalación, montaje y formación relativos a las inversiones proyectadas, siempre que no superen el 20% del coste total del proyecto. Para ello, la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, destina un presupuesto de 2.000.000 euros. Las ayudas consistirán en una subvención a fondo perdido de hasta el 50% de la inversión subvencionable. El importe mínimo de la inversión proyectada debe ser de 1.000 euros y la inversión máxima no podrá ser superior a 25.000 euros. ACTIVIDADES EXCLUIDAS No se subvenciona la adquisición de equipamientos informáticos de carácter básico, tales como ordenadores, portátiles, servidores, impresoras o similares. Tampoco las inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria, la maquinaria y equipamiento de segundo uso, ni la maquinaría de menos de 1.000 euros. Además, quedan excluidas las actividades de comercio minorista y de artesanía; los sectores de acuicultura, pesca o la producción primaria de productos agrícolas; las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas, actividades financieras y a la fabricación, transformación y la comercialización de tabaco o de productos para la industria tabaquera. El plazo de presentación de solicitudes es de cuatro meses, del 23 de enero al 22 de mayo de 2026. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico en https://www.juntaex.es/w/0684424.

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