Acuerdos del Consejo de Gobierno

8 de junio de 2022


  • PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

    Decreto por el que se declara urgente la ocupación de un local arrendado para rehabilitar el Convento de las Concepcionistas, en Mérida

    El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se declara urgente la ocupación, por el Ayuntamiento de Mérida, del derecho de arrendamiento sobre un local comercial necesario para ejecutar la obra de rehabilitación del antiguo Convento de las Hermanas Concepcionistas. Según el informe técnico aportado por el Ayuntamiento emeritense, es preciso declarar la urgente ocupación del local comercial arrendado, habida cuenta de la necesidad de iniciar las obras de demolición de dicho inmueble, consiguiendo con ello ganar un espacio público que beneficia a la ciudad, así como la mejora y embellecimiento de la zona que se conseguirá con el derribo de un edificio que adolece de valores estéticos, próximo a uno de los monumentos más relevantes de la ciudad como es el Arco de Trajano. Se plantea recuperar el convento como espacio público, respetando aquellas construcciones que tienen interés arquitectónico y forman parte de la identidad de este lugar.

  • CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

    Decreto que regula la selección, provisión de puestos y movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único

    El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que actualiza la regulación, en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, de los sistemas de acceso, provisión de puestos de trabajo, comisión de servicio y movilidad de las distintas categorías de la policía local de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El objetivo es obtener una uniformidad de criterios básicos en estos procesos que convocan los ayuntamientos, respetando la autonomía local. Asimismo, esta norma contempla la figura del Tribunal Único como órgano de selección, que es el resultado de la colaboración interadministrativa en la gestión de los procesos selectivos. De esta forma, la Junta de Extremadura podrá asumir la convocatoria conjunta de todas las plazas vacantes de policía local de los municipios que estén interesados mediante convenio de colaboración entre ambas administraciones. El decreto recoge en diferentes anexos el temario de las distintas categorías profesionales, las marcas a superar y puntuaciones que se obtendrían si en la convocatoria existiese la obligatoriedad de superación de pruebas físicas, así como el cuadro de exclusiones médicas de las personas aspirantes a cada puesto.

    Decreto que regula las ocupaciones temporales y las autorizaciones para el acondicionamiento y mejora de vías pecuarias, así como el tránsito de vehículos motorizados no agrícolas

    El Consejo de Gobierno ha aprobado la normativa para regular las ocupaciones temporales y las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora de las vías pecuarias, así como el régimen excepcional de autorizaciones para la circulación de vehículos motorizados que no sean de carácter agrícola. La finalidad de este decreto es, por un lado, agrupar en un solo reglamento la dispersión normativa sobre las ocupaciones y autorizaciones temporales y, por otro, desarrollar aspectos de la Ley Agraria de Extremadura sobre el régimen de usos, ocupaciones y aprovechamientos en las vías pecuarias. En el apartado de ocupaciones temporales, éstas se autorizarán siempre que no alteren el tránsito ganadero ni impidan los demás usos compatibles y complementarios de las vías pecuarias como la circulación de las personas a pie, el senderismo, las actividades educativas, de medio ambiente, recreativas y de esparcimiento. En este sentido se ha introducido un cambio en la sección de autorizaciones de `cultivos agrícolas anuales¿, que pasa a denominarse `cultivos agrícolas¿, ya que se ha comprobado que las concesiones de ocupación de vías pecuarias con cultivos anuales (como arroz o maíz) impiden el tránsito ganadero y los usos complementarios de la vía. Una incorporación importante también en el terreno de las ocupaciones temporales es la autorización de `cultivos sin cosecha y mejora de pastos¿, por el que se invita a la participación de asociaciones, colegios y colectivos interesados en la defensa de las vías pecuarias para promover, mediante convenios o acuerdos, la conservación de especies asociadas a zonas agrícolas. Asimismo se regula el aprovechamiento de pastos por ganados estantes, al considerarla una actividad compatible con el fin principal de las vías pecuarias en determinadas épocas del año cuando el tránsito ganadero es menor. En las ocupaciones temporales se recoge además la necesidad de la emisión de un informe del órgano ambiental para aquellas autorizaciones de ocupación cuya actividad principal esté sujeta a intervención administrativa medioambiental. El apartado de las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora de las vías pecuarias, contempla la suscripción de convenios y acuerdos con entidades, organismos o asociaciones de carácter público, así como con personas físicas y jurídicas privadas para compartir la responsabilidad de la conservación de las vías pecuarias, ya que éstas son también corredores ecológicos y vías de comunicación para actividades socioculturales. En cuanto a las autorizaciones para la circulación de ciclomotores y vehículos a motor de carácter no agrícola en rutas, se concederá el permiso siempre que no incluyan pruebas de velocidad o habilidad. Quedan exentos de este permiso los trabajadores de explotaciones agrarias con acceso por vía pecuaria, los empleados públicos en tareas propias de la Administración y los practicantes de actividades cinegéticas reguladas.

    Decreto por el que se modifican los límites de la Reserva Regional de Caza `La Sierra¿

    El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que modifica los límites de la Reserva Regional de Caza denominada `La Sierra¿, situada en el sector occidental de la Sierra de Gredos, para adecuarla a la realidad vigente. Las reservas de caza son núcleos que presentan excepcionales posibilidades cinegéticas que se crean con la finalidad de promover, conservar, fomentar y proteger determinadas especies cinegéticas y sus hábitats, subordinando su posible aprovechamiento a dicha finalidad y, en su caso, a la crianza para repoblar de forma natural otros terrenos cinegéticos. En la actualidad, la Reserva cuenta con la misma superficie desde su creación (13.010 hectáreas), pues no ha sido modificada desde entonces. Sin embargo, los actuales avances empleados en la más reciente cartografía catastral y ortofotos utilizadas, arrojan una superficie real de 13.963,55 hectáreas. Esta discordancia en la superficie de la Reserva, junto con la modificación por la ampliación de los terrenos colindantes que se pretenden incluir, hacen necesario determinar los nuevos límites y regularizar su cabida actual. Los nuevos terrenos que se incluyen en la Reserva corresponden a quince parcelas que ocupan 98,063 hectáreas y están ubicadas en el término municipal de Losar de la Vera, por lo que, con esta ampliación, `La Sierra¿ pasa a tener una superficie total de 14.061,61 hectáreas. De esta manera, los nuevos límites enmarcan la Reserva Regional en las comarcas cacereñas de La Vera y del Valle del Jerte, en los términos municipales de Guijo de Santa Bárbara, Tornavacas, Jarandilla de la Vera, Losar de la Vera y Viandar de la Vera.

    Decreto que regula autorizaciones extraordinarias para celebrar espectáculos públicos y actividades recreativas singulares o excepcionales no reglamentadas

    El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que tiene por objeto la regulación de la autorización para celebrar espectáculos públicos y actividades recreativas no amparadas por licencia municipal, declaración responsable o comunicación de inicio de la misma; y para los espectáculos y actividades singulares, excepcionales o no reglamentadas o que por sus características no pudieran acogerse a la reglamentación vigente. De acuerdo con lo establecido en el decreto, la naturaleza extraordinaria de la autorización derivará de su carácter puntual, si se trata de un único espectáculo público o actividad recreativa esporádica, no habitual, que se desarrolle en una única sesión o en un conjunto homogéneo o ciclo de espectáculos públicos y actividades recreativas. Asimismo, se indica que tendrán la consideración de único evento, y por tanto, sólo requerirán la obtención de una única autorización, aquellos que tengan una duración máxima de 24 horas, así como los conjuntos de espectáculos públicos y actividades recreativas, festivales, ciclos culturales o asimilados que, teniendo una misma naturaleza y perteneciendo a una actividad prevista en un programa que lo detalle, se desarrolle dentro de un periodo máximo de 7 días consecutivos en un mismo establecimiento o espacio. Podrán solicitar la autorización regulada en este decreto las personas titulares de la licencia municipal o título que habilite la puesta en funcionamiento en locales o establecimientos permanentes en los cuales se pretendan celebrar los espectáculos públicos y actividades recreativas extraordinarias, incluso las deportivas. Asimismo, podrán solicitar dicha autorización las entidades, instituciones, asociaciones y titulares de empresas prestadoras de este tipo de espectáculos públicos y actividades recreativas, distintas de quien ostente la titularidad del establecimiento, que acrediten la cesión del uso del establecimiento o local donde se pretenda celebrar el evento.

    Decreto que establece el catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas de Extremadura, así como las tipologías de locales, espacios o instalaciones donde se desarrollan

    El Consejo de Gobierno ha aprobado, mediante decreto, el catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como el de establecimientos públicos, instalaciones y espacios abiertos al público en los que éstos se desarrollan, especificando la clasificación, denominación y definición de los mismos. En cuanto a las modalidades de espectáculos públicos y actividades recreativas, éstos podrán celebrarse con carácter permanente, ocasional, extraordinario, singular, excepcional o no reglamentado. Se consideran de carácter permanente aquellos que tengan lugar con carácter habitual en locales, recintos o establecimientos habilitados específicamente para los mismos, con licencia municipal de apertura y funcionamiento, comunicación previa, declaración responsable o título habilitante. Los de carácter ocasional son aquellos que se celebren o desarrollen durante periodos iguales o inferiores a seis meses en establecimientos públicos fijos o eventuales, espacios abiertos de vías públicas y zonas de dominio público sin establecimiento que los albergue. Tendrán carácter de extraordinario, singular, excepcional o no reglamentado aquellos espectáculos y actividades recreativas que se vayan a realizar con carácter ocasional o puntual en establecimientos sin licencia o reglamentación específica. La norma también recoge las modalidades de establecimientos públicos, fijos o portátiles o desmontable, que a su vez podrán ser cerrados o abiertos, cubiertos, al aire libre, independientes ¿cuando se pueda acceder desde la vía pública-, o agrupados ¿si se trata de un conjunto de establecimientos con acceso común-.

  • CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL

    Decretos por los que se procede al cese y al nombramiento del director general de COMPUTAEX

    El Consejo de Gobierno ha aprobado los decretos por los que se procede al cese de José Luis González Sánchez como director general de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), y al nombramiento de Juan Manuel Murillo Rodríguez para ese mismo cargo. Juan Manuel Murillo es licenciado y doctor ingeniero en Informática, y ha desarrollado la mayor parte de su carrera docente e investigadora en la Universidad de Extremadura, en la que es catedrático en el departamento de Ingeniería de Sistemas Informáticos y Telemáticos. (Área de Lenguajes y Sistemas Informáticos). Además, ha formado parte de diversos órganos de gestión y comisiones de la Universidad de Extremadura, donde también ha desempeñado el cargo de vicerrector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Desde 2018 es director del Secretariado de Transferencia y Relación Empresarial de la Uex.

  • CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

    Autorización para contratar el suministro de sistemas digitales interactivos en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos

    El Consejo de Gobierno ha autorizado la contratación del suministro de sistemas digitales interactivos en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma, por un importe de 15.091.769 euros que se financiarán con cargo a fondos Next Generation UE. La finalidad del contrato es la adquisición de dispositivos para la confección de aulas digitales interactivas y, de este modo, contar con los medios necesarios para la enseñanza en cualquier modalidad (presencial, a distancia y mixta) en centros educativos no universitarios. Todo ello forma parte del conjunto de acciones que contribuyen de forma eficaz a promover el impulso de la educación y el conocimiento, la formación continua y el desarrollo de capacidades. El procedimiento de licitación incluye el suministro de paneles digitales, ordenadores portátiles, tabletas, gafas RV y elementos digitales complementarios. Esta adquisición se lleva a cabo en virtud del acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las comunidades autónomas y destinados al programa para la digitalización del sistema educativo, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

    Convocatoria de subvenciones para la financiación de las actividades formativas complementarias en centros concertados para el curso 2022-23

    El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de las ayudas destinadas a la financiación de las actividades formativas complementarias en centros privados concertados y sostenidos con fondos públicos de educación infantil, primaria y específicos de educación especial, para el curso académico 2022/2023, con un presupuesto de 808.078,99 euros. Las ayudas se destinarán a atender el pago de las nóminas y seguridad social del personal encargado del desarrollo de las actividades formativas complementarias. La cuantía de la subvención estará determinada por el coste necesario para la realización de estas actividades en función de lo establecido por analogía en el V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta de Extremadura, por lo que los profesionales serán clasificados en la categoría de Monitor de Actividades Formativas Complementarias, perteneciente al grupo IV, incluyendo nóminas y costes de Seguridad Social. Asimismo, se subvencionarán los gastos de funcionamiento mediante el pago a cada centro de 100 euros por monitor y curso. La oferta de actividades incluye: fomento de la lectura, estudio dirigido/refuerzo de las destrezas instrumentales, teatro, ajedrez, idioma francés, idioma inglés, idioma portugués, tecnologías de la información y la comunicación, psicomotricidad, iniciativa emprendedora, inteligencia emocional y plástica/manualidades. En localidades de menos de 10.000 habitantes se ofertará, además, música y educación física y deportiva.

  • CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA

    Decreto por el que se regulan las bases del programa de ayuda a las actuaciones a nivel de barrio, en el marco del Real Decreto 853/2021

    El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de Ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura, en el marco del Real Decreto 853/2021 de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Al mismo tiempo se autoriza la convocatoria única de estas ayudas por un importe de 6.438.185,33 euros. El programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio tiene como objetivo financiar la realización de obras de rehabilitación en edificios de uso predominantemente residencial y viviendas, incluidas las unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP). Serán destinatarios últimos de las ayudas los ayuntamientos de los municipios de menos de 50.000 habitantes, que asumirán la responsabilidad de la ejecución integral en el entorno delimitado para la actuación. Se considerarán actuaciones subvencionables la mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial para vivienda, siempre que se obtenga una reducción al menos del 30% del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética. También se incluyen las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico en el ámbito delimitado por el ERRP y complementarias al desarrollo de las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en los edificios residenciales. Además, se subvencionará la prestación de servicios de oficina de rehabilitación (ventanilla única) que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el ERRP.

  • CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

    Declaración del castillo de Eljas como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento

    El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se declara el castillo de Eljas como Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento. El castillo de Eljas fue declarado Monumento Histórico-Artístico en el año 1976, sin que se determinara su entorno de protección. No obstante, este castillo aparece inscrito en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte con categoría de Monumento. De acuerdo con lo previsto en la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, ¿todos los bienes inmuebles y muebles que hubiesen sido declarados de interés cultural en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley pasarán a tener la consideración de Bienes de Interés Cultural¿. Sin embargo, según lo establecido en la misma ley, se ha de proceder a delimitar el entorno de protección cuando un inmueble declarado no lo tuviere. Asimismo, resulta preciso efectuar la adaptación de aquella figura a la necesidad de protección del castillo de Eljas bajo la nueva categoría de Monumento. La fortaleza de Eljas es un elemento singular y de valor histórico y patrimonial relevante. En su dilatada historia militar ha sido escenario de acontecimientos históricos de crucial importancia tanto para Eljas como para la comarca de Sierra de Gata: sede de la encomienda alcantarina, fortaleza disputada durante la guerra civil castellana en el siglo XV, y escenario bélico de primer orden durante la guerra con Portugal, entre otros. Como testigos de ese pasado permanecen entre el caserío las dos torres del patio nuevo, magníficos ejemplos de la arquitectura militar y palaciega del siglo XVI pero, además, la fortaleza mantiene muchos otros elementos de interés, camuflados por los usos que recibe actualmente, además de otros restos presumiblemente conservados en el subsuelo. Por todo ello debe conservarse y protegerse para su legado, en las mejores condiciones, a las generaciones futuras.

  • CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LA SOSTENIBILIDAD

    Declaración de urgencia de la ocupación de terrenos para la ejecución de obras de mejora de abastecimiento a Helechosa de los Montes

    El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se declara la urgencia en la ocupación de terrenos para la ejecución de las obras de mejora del abastecimiento de agua a Helechosa de los Montes. Esta obra se incluye en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado con los fondos Next Generation EU. El sistema de abastecimiento a esta localidad se realiza desde una captación superficial situada en el paraje conocido como ¿Peña Zorra¿, a través de una conducción que finaliza en dos depósitos. Tanto la captación como los depósitos presentan importantes deficiencias que provocan pérdidas de agua y cortes de suministro. Para solucionar estas deficiencias se actuará en la adecuación de la captación, la sustitución de la conducción hasta el depósito y la construcción de uno nuevo de 250m3. Todo ello permitiría asegurar tanto la cantidad como la calidad del suministro. Disponer de los terrenos en el menor plazo posible permitirá comenzar antes la obra y, por consiguiente, un adelanto de los beneficios medioambientales, sociales y económicos.

    Convenio con Agencia Andaluza de la Energía para la cesión de aplicativos informáticos para la tramitación de ayudas en materia de ahorro, eficiencia energética y energías renovables

    El Consejo de Gobierno ha autorizado la firma de un convenio de colaboración entre la Agencia Andaluza de la Energía de la Junta de Andalucía y la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad para la cesión de los aplicativos informáticos para la tramitación de ayudas en materia de ahorro, eficiencia energética y energías renovables. Mediante este convenio, la Junta de Andalucía cede el uso de los códigos fuentes de los Aplicativos Informáticos para la Tramitación de Ayudas a la Junta de Extremadura para su implantación y utilización en el ámbito de las competencias propias de la Consejería para la Transición Ecológica y la Sostenibilidad.

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