Extremadura regulará la prohibición del uso de móviles como pide la comunidad educativa y no como propone el Ministerio


Fecha de publicación: 31/1/2024 17:54

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La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de Extremadura regulará la prohibición del uso y exhibición de teléfonos móviles según la postura de consenso alcanzada con toda la comunidad educativa extremeña, y no como propone el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. De esta forma, Extremadura se aleja de la postura anunciada este miércoles por el Ministerio que dirige Pilar Alegría, que plantea que en Infantil y Primaria el alumnado no asista con teléfonos móviles al centro, y en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional no esté permitido su uso, solo durante la jornada escolar. Así lo ha manifestado la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en la reunión convocada por el Ministerio para debatir sobre la regulación del uso de dispositivos móviles en los centros educativos, una regulación cuyas competencias tienen las comunidades autónomas. Extremadura va a regular la prohibición del uso de todo tipo de dispositivos móviles, incluidos los relojes inteligentes, en centros educativos de la comunidad autónoma para todos los niveles educativos (infantil, primaria, ESO, bachillerato y FP), en todo el recinto del centro y durante toda la jornada escolar, incluyendo también actividades formativas extraescolares y servicios complementarios como comedor y aula matinal. De esta forma, el Gobierno extremeño muestra su apoyo a la opinión del 95 por ciento de la comunidad educativa de la región, docentes, padres y madres, alumnos y sindicatos, con los que se han mantenido diferentes encuentros durante el último mes y medio. En todos los casos se han mostrado favorables a prohibir ese uso, tal y como adelantó la consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, María Mercedes Vaquera, este miércoles en la sede de Presidencia. La Consejería de Educación extremeña sí permitirá que los teléfonos móviles se utilicen en los centros educativos con fines educativos supervisados o cuando la utilización individual de los mismos sea necesaria por razones de salud debidamente justificadas.

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