Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura


Fecha de actualización
:
15/11/2022

Necesidades y oportunidades

La importancia de que los extremeños y las extremeñas dispongan de una nueva ley de bibliotecas radica en la necesidad de desarrollar una normativa adaptada a la realidad actual de las bibliotecas, que permita el desarrollo de la sociedad en su conjunto, convirtiendo estos espacios en un instrumento clave para la igualdad y la pluralidad, y en un recurso accesible e inclusivo para la ciudadanía. Las bibliotecas son un espacio social que facilita la integración ciudadana, ya que sus servicios contribuyen al ejercicio de derechos básicos como el acceso a la información, la educación y la cultura, que tienen un carácter universal. Su gratuidad, su enfoque compensatorio de dificultades y su presencia en el centro de pueblos y ciudades las hace ser un recurso de cohesión social, de aprendizaje permanente y de generación de oportunidades.

Objetivo

Las bibliotecas son centros culturales de primer orden, que dan cabida a todos los colectivos sociales, garantizan el acceso libre y gratuito a la información, impulsan la adquisición de competencias digitales de la población y promueven la construcción del pensamiento crítico de la comunidad. Son, más que nunca, motores del cambio y precisan de un marco legal actualizado. El objetivo de esta norma ha sido modificar la legislación estableciendo las bases y la estructura necesarias para la planificación, organización, funcionamiento y coordinación del Sistema Bibliotecario de Extremadura, garantizando el derecho de acceso a la cultura y al conocimiento de todas las personas en condiciones de igualdad. Además, con esta norma se crea la Red de Bibliotecas de Extremadura y se regula el funcionamiento y el procedimiento de incorporación a la misma.

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Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes

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