Decreto 136/2009, de 12 de junio, por el que se regula la certificación de eficiencia energética de edificios en la Comunidad Autónoma de Extremadura


Fecha de actualización
:
30/5/2022

Necesidades y oportunidades

La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrá promover programas de fomento de la eficiencia energética de los edificios, cuya finalidad esencial será propiciar la mejora de la calidad de las actuaciones de las personas y entidades involucradas en el proceso edificatorio y de ejecución de instalaciones de los edificios con influencia en la eficiencia energética de los mismos, de las cuales depende el cumplimiento de lo establecido en la legislación aplicable en la materia. El Decreto establece las herramientas y requisitos administrativos necesarios para la práctica de la inscripción registral de los certificados de eficiencia energética, lo que unido a los procedimientos ya regulados para la inscripción de las instalaciones térmicas de los edificios, permitirá disponer de los elementos adecuados para cualquier actuación que deba ser llevada a efecto por la Administración, en especial en lo relativo a las labores de control e inspección para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigibles sobre eficiencia y ahorro energético del edificio y sus instalaciones.

Objetivo

Este Decreto tiene por objeto establecer las disposiciones reguladoras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la calificación y certificación energética de los edificios, permitiendo la adecuada aplicación de lo dispuesto en la legislación aprobada en la materia, y estableciendo las bases para el control de su cumplimiento. Así mismo este Decreto tiene por objeto regular el Registro de Eficiencia Energética de Edificios, y fijar las condiciones básicas para la ordenación de las actuaciones relativas a la certificación de eficiencia energética, incluyendo la intervención de agentes externos a la Administración para el ejercicio de las funciones de control e inspección.

Procedimiento de elaboración

La Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura, publicada en mayo de 2001, anticipándose a las disposiciones aprobadas posteriormente que conforman en la actualidad el marco regulador de la eficiencia y el ahorro energético en los edificios, previó la utilización de certificados energéticos para acreditar las medidas de ahorro de energía aplicadas en los inmuebles destinados al uso de vivienda, de manera que la información sobre medidas de ahorro energético estuviera a disposición de los compradores en las ofertas de venta. El Real Decreto 47/2007 ha sido la disposición aprobada para la regulación de la certificación de eficiencia energética de las nuevas edificaciones, en el cual, como herramienta de acreditación de las medidas de ahorro energético aplicadas, se regula el alcance y contenido de los certificados de eficiencia energética.

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Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

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