Decreto 97/2018, de 26 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género


Fecha de actualización
:
2/6/2022

Necesidades y oportunidades

Estas ayudas no solo intentan paliar las deficitarias situaciones económicas a las que muchas veces deben hacer frente estas mujeres, sino que van dirigidas a atender específicamente las necesidades concretas recogidas en el Plan de Intervención personal de cada una de ellas. No hay que olvidar que en muchas ocasiones las mujeres que han sufrido violencia tienen que asumir el papel de sustentadoras únicas de la unidad familiar sin tener formación ni experiencia profesional que les facilite la incorporación al mercado laboral. Se pretende con estas ayudas beneficiar a uno de los grupos de población más vulnerables y con mayores riesgos de estar sometidas a situaciones de pobreza o exclusión social. Asimismo, teniendo en cuenta el colectivo al que van destinadas las presentes ayudas, es necesario el establecimiento de unos mecanismos ágiles y urgentes, que permitan la rápida percepción de las ayudas por parte de las beneficiarias, incluyéndose la posibilidad de pagos anticipados y la exención de garantías, y removiendo cualquier otro tipo de obstáculo que pueda perjudicar la eficacia en la gestión. Por ello, entre otras medidas, es necesario acudir al procedimiento de concesión directa y convocatoria abierta en el que se implementen medidas para la simplificación de trámites administrativos y se reduzcan los plazos de resolución.

Objetivo

Es objeto del presente decreto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la finalidad de facilitar su proceso de recuperación psicosocial y apoyar el inicio de una vida independiente que le permita superar el círculo de la violencia.

Procedimiento de elaboración

Las ayudas reguladas en el presente decreto se rigen por lo establecido en las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, sin perjuicio de su carácter supletorio en el resto de sus disposiciones; por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y por lo dispuesto en las demás normas concordantes en materia de subvenciones públicas.

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Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX)

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