Plan de Alerta Sanitaria Veterinaria en Extremadura 2025 - Juntaex.es
Plan de Alerta Sanitaria Veterinaria en Extremadura 2025 - Juntaex.es
PASVEX
Plan de Alerta Sanitaria Veterinaria en Extremadura 2025
Oportunidad
Ante el riesgo de aparición en España de enfermedades de categoría A (enfermedades de la Lista UE), es decir, enfermedades que no estén presentes normalmente en la Unión y en relación por la cual deban tomarse medidas de erradicación inmediatas tan pronto como se detecte su existencia (Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018), así como cualquier otra enfermedad decidida a nivel nacional y aquellos eventos que supongan riesgos emergentes, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha establecido un Plan Coordinado Estatal de Alerta Sanitaria Veterinaria que permite tener establecidos los protocolos de organización y actuación de forma previa a la aparición de alguna de estas epizootias, con el objetivo de minimizar su impacto sanitario, económico, comercial y social. Las competencias en materia de ganadería de las comunidades autónomas (CCAA), sus características estructurales y funcionales, las peculiaridades de la estructura productiva y zootécnica de su sector ganadero, de su sanidad y bienestar animal, su ubicación geográfica y sus características orográficas, su medio ambiente y, por su puesto, sus relaciones comerciales en lo que respecta a la ganadería y los movimientos de personas a través de ellas, justifican que cada comunidad autónoma aprueba su propio plan de alerta en el que, teniendo como base el Plan Coordinado Estatal de Alerta Sanitaria Veterinaria, se establezcan protocolos de organización y actuaciones regionales y se valoren riesgos adicionales para la entrada y dispersión de las enfermedades de la lista UE. Por todo lo anterior, mediante este documento se aprueba el Plan de Alerta Sanitaria Veterinaria en Extremadura (en adelante, PASVEX)
Elaboración
Se aprueba el Plan de Alerta Sanitaria Veterinaria en Extremadura (en adelante, PASVEX), cuyo objetivo es establecer la base legal, los recursos humanos, materiales y financieros, las autoridades competentes, cadena de mando, servicios de intervención rápida, órganos de decisión y de ejecución, los recursos necesarios en caso de emergencia, la actuación ante el peor escenario posible, las instrucciones para combatir un brote, los laboratorios de diagnóstico, los criterios de formación, información y sensibilización respecto de las enfermedades de la Lista UE, las medidas en bienestar animal, riesgos laborales y finalmente, las condiciones sobre las que se revisaría este documento. Por otra parte, es necesario establecer parámetros para valorar el riesgo de introducción y transmisión de enfermedades de la lista UE, particularizando en las especies de más peso en el sistema productivo de Extremadura: bovino, ovino, caprino, porcino, aves de producción y équidos, y una revisión sobre presencia de vectores transmisores de enfermedades infecciosas y sobre el transporte de ganado en general, parámetros que por otra parte también se aplicarían en el caso de enfermedades de la Lista UE que afectaran a especies menos significativas en la producción ganadera de Extremadura.
Alcance
Toda persona, física o jurídica, pública o privada, que quede por normativa obligada a la notificación de una sospecha de enfermedad grave o de rápida difusión (enfermedades de la lista UE), incluyendo operadores y profesionales que tengan conocimiento de la sospecha, como ganaderos/as, veterinarios/as, laboratorios, transportistas, etc., con especial importancia para los profesionales veterinarios y servicios veterinarios oficiales.
Índice
Introducción Sección 1. Base legal y bases de datos en la gestión de programas sanitarios. Sección 2. Recursos humanos, materiales y financieros sección 3. Autoridades competentes y estructura orgánica Sección 4. Cadena de mando. Sospecha-confirmación. Gabinete de crisis autonómico sección 5. Criterios técnicos de ejecución de programas de erradicación Sección 6. Laboratorios de diagnóstico. Sección 7. Formación, información y sensibilidad. Simulacros Sección 8. Vaciados sanitarios y bienestar animal Sección 9. Retirada y eliminación de cadáveres y otros productos. Sección 10. Riesgos laborales Sección 11. Medidas generales de bioseguridad en explotaciones ganaderas Sección 12. Criterios de riesgo y vigilancia epidemiológica Sección 13. Revisión del plan de alerta Anexos
Datos de interés
