Subvención para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 - Juntaex.es
Subvención para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 - Juntaex.es
Subvención para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0
Solicitud de ayudas para inversiones destinadas a la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero,
dentro del Plan de Impulso de la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y la Ganadería (III) en el marco del PRTR.
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1679436000000 - Mar 21, 2023 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1682114340000 - Apr 21, 2023 9:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 22/03/2023 Hasta: 21/04/2023- La solicitud se realizará mediante el Anexo I que se cumplimentará a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática ARADO). Una vez cumplimentada, para el registro de la solicitud por vía telemática se deberá disponer de firma electrónica, la cual podrá obtenerse en la página http://www.cert.fnmt.es/.
- La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio proporcionará a las personas interesadas las claves personalizadas de acceso al sistema informático de presentación de solicitudes, e igualmente a través de las Oficinas Comarcales Agrarias se facilitará la acreditación informática a los representantes de las personas destinatarias de estas ayudas que van a colaborar con las mismas en la formulación de la solicitud.
- Una vez cumplimentada la solicitud se presentará por registro telemático a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática ARADO)
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Finalidad
Establecer la convocatoria para el ejercicio 2023 de las ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del PRTR, para el Programa de apoyo para la aplicación de agriucltura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero. -
Destinatarios
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas.
- Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios y figuren inscritas en el epígrafe 911, 912 o 851 del Impuesto de Actividades Económicas.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia que integren un mínimo de cinco titulares de explotación, así como las organizaciones o asociaciones de productores reconocida por la autoridad competente, que realicen una inversiones colectivas.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
En todo caso, tanto los solicitantes como destinatarios deben tener la consideración de pymes.
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Requisitos
Requisitos para obtener la subvención.
1. Sin perjuicio de lo previsto en el punto anterior, donde se establecen los requisitos por programa y que aparecen recogidos junto a la definición de beneficiarios, en todo caso, las personas solicitantes y beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y no encontrarse sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Las empresas en crisis, según la definición contemplada en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, no pueden beneficiarse de las ayudas, excepto aquellas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
2. Asimismo, las beneficiarias deberán cumplir, al menos, las siguientes obligaciones:
- Remitir al órgano concedente la información que permita al mismo medir la contribución de la actividad subvencionada al correspondiente indicador, en función de lo previsto en el capítulo IV del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre.
- Declarar la obtención de otras ayudas para la financiación de la misma actividad subvencionada.
- Las específicas obligaciones de información en relación a la financiación por la Unión Europea de la actividad subvencionada.
- Llevar una contabilidad específica de las actuaciones objeto de subvención para garantizar la adecuada justificación de la subvención concedida y pagada.
- Las entidades beneficiarias deberán contribuir a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
- Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las siguientes obligaciones en materia de empleo, sin perjuicio de las eventuales limitaciones al respecto relacionadas con el régimen de normativa de ayudas de Estado que sea de aplicación:
1º Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
2º Prestar las actividades objeto de la subvención desde centros de trabajo situados en España.
3º Contribuir a la creación y mantenimiento en España de todo el empleo necesario para la prestación de la actividad objeto de la subvención, que se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de este requisito tendrá que justificarse documentalmente
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Cuantía
Cuantía en inversiones en agricultura de precisión y tecnología 4.0
1. La intensidad de la ayuda será del 35% de los costes elegibles.
Este límite se incrementará en 20 puntos porcentuales, en el caso de las inversiones colectivas o de beneficiarios que tengan la condición de jóvenes agricultores.
2. No se concederán ayudas a los proyectos solicitados cuando la cuantía del mismo no supere un importe mínimo de 5.000 euros. La cuantía máxima de la ayuda será de 300.000 euros.
3. Estas ayudas estarán sometidas a los requisitos y límites establecidos en el capítulo I y artículo 14 del Reglamento (UE) nº 702/2014, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
FUENTE DE FINANCIACIÓN
Las ayudas de los distintos programas de apoyo aprobados en esta Convocatoria, se concederán con cargo a los créditos consignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los proyectos de gasto que se detallan a continuación, por las cuantías iniciales y anualidades siguientes:
- Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero.
Código de Proyecto de Gasto 20220055 Medida 4. Agricultura de precisión y tecnologías 4.0
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- Año 2023: 495.115,00 €
- Año 2024: 2.148.783,27 €
- Año 2025: 3.356.101,73 €
No obstante lo anterior, cuando las solicitudes recibidas en esta convocatoria superen la cuantía de estos fondos inicialmente asignados, podrán establecerse para las no concedidas listas de espera o de reserva, que se financiaran, en su caso, con los créditos provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a través de las generaciones o incorporaciones de crédito correspondientes, sin necesidad de una nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.10 de la Ley 3/2021 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
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Documentación
- Tres presupuestos o facturas proforma suficientemente detalladas y auténticas, de empresas reales e independientes, con precios descompuestos de las inversiones solicitadas.
- Si la solicitante es una entidad con personalidad jurídica: Relación actualizada de quienes integran la persona jurídica, desagregados por sexo, firmada por quien ostente la representación legal de la misma, y autorización de sus integrantes a que la Administración recabe de oficio: renta, vida laboral, DNI, capacitación, deudas: certificados de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y la Seguridad Social, a tenor y con los condicionamientos en cuanto a oposición y autorización expresa establecidos en el Art. 23 de las presentes bases reguladoras.
- Si la solicitante es una agrupación sin personalidad jurídica: Relación de sus integrantes, desagregados por sexo, haciendo constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar a cada uno, que tendrán igualmente la consideración de persona beneficiaria, siéndoles inherentes las obligaciones y compromisos a tal condición, y autorización de dichos miembros a que la Administración recabe de oficio: renta, vida laboral, DNI, capacitación, deudas: certificados de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y la Seguridad Social, a tenor y con los condicionamientos en cuanto a oposición y autorización expresa establecidos en el Art. 23 de las presentes bases reguladoras.
- Memoria descriptiva de cada una de proyectos solicitados. Según los modelos ANEXO VI, ANEXO VII o ANEXO VIII.
- Declaración responsablemente sobre ausencia de conflicto de intereses (DACI). Según Anexo III.
- Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) Anexo IV
- Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) Anexo V
- Para inversiones del Programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola) dentro de la actuación 1 según el artículo 15, punto 1, apartados c) y d) de las bases reguladoras:
1º Acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor.
2º Proyecto o memoria técnica de diseño (según proceda para la actuación) que se haya aportado al órgano competente para la obtención del acta de puesta en servicio y/o Certificado de la instalación térmica.
3º Para las calderas de menos de 1 MW la solicitud se acompañará de una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento (UE) 2015/1189 de la Comisión, de 28 de abril de 2015. ¿
4º Una declaración por parte del beneficiario comprometiéndose a mantener, durante un plazo de 5 años, un registro documental suficiente que permita acreditar que el combustible empleado en el equipo dispone de un certificado otorgado por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-2, de la clase 1 de la norma UNE-EN-ISO 17225-4, de la clase A1 de la norma 164003 o de la clase A1 de la norma 164004.
- Para inversiones del Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganaderos, Certificado del fabricante o comercializador de la máquina, donde se recoja que ha comprobado la compatibilidad de las máquinas a adaptar existentes en la explotación, o la compatibilidad con otros equipos si se trata de equipos auxiliares.
Las personas solicitantes con personalidad jurídica acreditarán la condición de PYME mediante certificado de tamaño empresarial emitido por Cámara de Comercio u otro organismo público.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:Enlace externo a solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Política Agraria Comunitaria
Servicio de Ayudas Estructurales
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
