Enajenación de ganado porcino raza Duroc mediante subasta abierta

Enajenación de ganado porcino raza Duroc mediante subasta abierta

En plazo

Fecha de actualización
:
10/3/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1773236307629 - Mar 11, 2026 1:38:27 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1771542000000 - Feb 19, 2026 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1773615540000 - Mar 15, 2026 10:59:00 PM
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 3208694

  • Plazo de presentación

    Desde: 20/02/2026 Hasta: 15/03/2026

    La solicitud previa deberá remitirse al correo electrónico subastas.censyra@juntaex.es antes de las 23:59 del día 15 de marzo de 2026.

  • Finalidad

    Difusión de la mejora genética, a través de la enajenación de machos inscritos en los Libros Genealógicos de la especie porcina Duroc.
  • Destinatarios

    Ganaderos con una explotación inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).

  • Requisitos

    1. La explotación deberá estar inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) establecido y regulado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo.
    2. Las explotaciones destinatarias deberán poseer la calificación sanitaria de Indemnes de la Enfermedad de Aujeszky (A3), conforme al Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky; y no estarán calificadas de PRRS, ni podrán pertenecer a la clasificación de cebo, transición de lechones o autoconsumo, conforme al artículo 8 (anexo VI) del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, y dispondrán de la capacidad suficiente para recepcionar los animales que pretenda enajenar.
  • Documentación

    Obligatoriamente el solicitante debe estar en posesión del documento oficial de identidad o número de identificación fiscal. En caso de actuar mediante representación, se deberá presentar en el acto de subasta el documento original de la autorización de la representación.

    En caso de persona jurídica, deberá aportar junto con la solicitud copia de Escrituras o documento de constitución cuando participe por primera vez o en caso de modificación de datos.

    La explotación deberá estar inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) establecido y regulado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, circunstancia que se confirmará en la declaración responsable (documento A o documento B) y se comprobará de oficio para las explotaciones de Extremadura, salvo que conste su oposición en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Producción Agrícola y Ganadera
    • Plazo para resolver: No tiene
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible

    Dirección General de Agricultura y Ganadería

    Servicio de Producción Agrícola y Ganadera

    Avenida Luis Ramallo,

    06800, Mérida