Enajenación de ganado porcino raza Duroc mediante subasta abierta - Juntaex.es
Enajenación de ganado porcino raza Duroc mediante subasta abierta - Juntaex.es
Enajenación de ganado porcino raza Duroc mediante subasta abierta
Enajenación de ganado porcino raza Duroc mediante subasta abierta
Actual (long): 1773236307629 - Mar 11, 2026 1:38:27 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1771542000000 - Feb 19, 2026 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1773615540000 - Mar 15, 2026 10:59:00 PM
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 3208694
-
Plazo de presentación
Desde: 20/02/2026 Hasta: 15/03/2026La solicitud previa deberá remitirse al correo electrónico subastas.censyra@juntaex.es antes de las 23:59 del día 15 de marzo de 2026.
-
Finalidad
Difusión de la mejora genética, a través de la enajenación de machos inscritos en los Libros Genealógicos de la especie porcina Duroc. -
Destinatarios
Ganaderos con una explotación inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
-
Requisitos
- La explotación deberá estar inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) establecido y regulado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo.
- Las explotaciones destinatarias deberán poseer la calificación sanitaria de Indemnes de la Enfermedad de Aujeszky (A3), conforme al Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky; y no estarán calificadas de PRRS, ni podrán pertenecer a la clasificación de cebo, transición de lechones o autoconsumo, conforme al artículo 8 (anexo VI) del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, y dispondrán de la capacidad suficiente para recepcionar los animales que pretenda enajenar.
-
Documentación
Obligatoriamente el solicitante debe estar en posesión del documento oficial de identidad o número de identificación fiscal. En caso de actuar mediante representación, se deberá presentar en el acto de subasta el documento original de la autorización de la representación.
En caso de persona jurídica, deberá aportar junto con la solicitud copia de Escrituras o documento de constitución cuando participe por primera vez o en caso de modificación de datos.
La explotación deberá estar inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) establecido y regulado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, circunstancia que se confirmará en la declaración responsable (documento A o documento B) y se comprobará de oficio para las explotaciones de Extremadura, salvo que conste su oposición en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado.
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Producción Agrícola y Ganadera
- Plazo para resolver: No tiene
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
-
Más información
-
Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Servicio de Producción Agrícola y Ganadera
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
